Fuentes del derecho administrativo

smith19 39,284 views 54 slides Dec 05, 2010
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Fuentes del Derecho
Administrativo
Gonzalo Sifuentes Zavala

Fuentes Formales del Derecho
Administrativo

Fuentes Formales del Derecho
Administrativo:
Conjunto de actos o procedimientos mediante
los cuales son producidas , en un proceso
histórico , las normas jurídicas integrantes
de un determinado ordenamiento:

A) Normas legales relacionadas al Derecho
Administrativo:
*Las disposiciones Constitucionales

*Los tratados y convenios internacionales
incorporados al Ordenamiento Jurídico
Nacional:

*Las leyes y disposiciones de jerarquía
equivalente

* Los Decretos Supremos y demás normas
reglamentarias de otros poderes del Estado.

*Los demás reglamentos del Poder Ejecutivo ,
los estatutos y reglamentos de las entidades ,
así como los de alcance institucional o
provenientes de los sistemas administrativos

* Las demás normas subordinadas a los
reglamentos anteriores

* Los pronunciamientos vinculantes de aquellas
entidades facultadas expresamente para
absolver consultas sobre la interpretación de
normas administrativas que apliquen en su
labor , debidamente difundidas ( estos
pronunciamientos no son normas , pero son
dictámenes administrativos especializados
que interpretan el alcance de normas
administrativas)

B) Los precedentes Vinculantes del Tribunal
Constitucional :
Mediante los cuales se interpreta las normas
de la Constitución Política del Perú , dictados
conforme al articulo VII del Titulo Preliminar
del Còdigo Procesal Constitucional ( Ley Nº
28237).

C) La Doctrina Jurisprudencial de la Corte
Suprema de Justicia de la Republica :
Dictada conforme al articulo 22º de la Ley
Orgánica del Poder Judicial , cuyo texto
Único Ordenado fue aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 017-93-JUS.

D) Las Resoluciones administrativas de observancia
obligatoria ( Precedentes Administrativos):
Son los que dictan determinadas administraciones
públicas en el respectivo ámbito de sus atribuciones
conferidas legalmente ( Tribunal Fiscal , Tribunal de
la OSCE ) , conforme se establece en el numeral 2.8
del artículo V y en el artículo VI del Título Preliminar
de la Ley del Procedimiento Administrativo General ,
Ley 27444

E) Las Disposiciones Generales :
Se encuentran reguladas en el artículo VII del
Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento
Administrativo General , Ley 27444, y son
aquellas disposiciones emitidas por las
autoridades competentes de los organismos
estatales.

Su finalidad es dirigir u orientar con carácter
general la actividad del personal subordinado
a dichas autoridades , que desempeñan sus
labores en un organismo estatal.
Se emiten mediante Circulares ,
Instrucciones y otros documentos análogos

F) La Deficiencia de Fuentes:
Si existe deficiencia de fuentes ( vacío jurídico
normativo) del Derecho administrativo , en tales
casos , acudirán a los principios del procedimiento
administrativo previstos en esta ley ; en su defecto , a
otras fuentes supletorias del derecho administrativo ; y
sólo subsidiariamente a éstas , a las normas de otros
ordenamientos que sean compatibles con su
naturaleza y finalidad , según se encuentren
establecido en el artículo VII del Título Preliminar de la
Ley del Procedimiento Administrativo General , Ley
27444

G) Los criterios de interpretación de las fuentes
del Derecho Administrativo:
Para interpretar y delimitar el campo de
aplicación del ordenamiento positivo al cual
se refieren alas fuentes del Derecho
Administrativo se utilizarán la jurisprudencia
judicial o Constitucional , los precedentes
administrativos , los pronunciamientos
administrativos vinculantes y los principios
generales del derecho administrativo.

PRINCIPIOS DEL DERECHO
ADMINISTRATIVO

PRINCIPIOS
Principio de la
Supremacía de la
Constitución.
Principio de
Legalidad

Principio de Supremacía
Constitucional
La Constituciòn es la norma suprema del
Estado la cual es la base fundamental de las
funciones del Estado y sus campos de
acciones teniendo como fin supremo el
respeto de LOS DERECHOS LOS DERECHOS
FUNDAMENTALESFUNDAMENTALES , el BIEN COMÙN , el
INTERÈS PÙBLICO y LA DEFENSA DE LA
PERSONA HUMANA Y EL RESPETO A SU
DIGNIDAD.

Principio de Legalidad o Estatalidad
de las Normas
Los actos administrativos se deben ceñir
irrestrictamente a la y normas legales
vigentes.

Principio de Racionalidad de las
Normas Jurídicas
Se refiere al PRINCIPIO DE LA JERARQUIA
DE LAS NORMAS y a la IDENTIFICACIÒN
DEL RANGO NORMATIVO , tal como lo
caracteriza el jurista español Rafael Martín
Mateo en el Capítulo VII “ Las Fuentes del
Derecho Administrativo” de su obra “ Manual
de Derecho Administrativo”

Por Principio de la Jerarquía de las
normas debe entenderse lo postulado por el
jurista alemán HANS KELSEN , respecto de
la graduación de las normas ( las normas
tienen distintos niveles de imperatividad ) y
articulación que debe existir entre ellas ( unja
norma emitida a un nivel inferior debe
respetar las normas emitidas a un nivel
superior)

La Identificación del rango normativo
alude a que las propias denominaciones de
las normas permiten su ubicación en la
estructura de las propias normas que emiten
las Administraciones Públicas

Principio de la Verdad Material
Consiste en descubrir la verdad absoluta de
los hechos que sirven de motivación a las
decisiones administrativas.

Principio de Dinámica Procedimental
o Impulso de Oficio
Atribución de la autoridad para iniciar y
mantener el procedimiento hasta su
culminación , aún sin la participación del
interesado ; también se le conoce como el
principio de Impulso de Oficial o de oficio

Principio de Gratuidad
Los procedimientos administrativos son
esencialmente gratuitos , salvo los señalados
por la Ley.

Principio de Informalidad a favor del
administrado
El cumplimiento o no de las formas
procedimentales básicas por parte del
interesado , no debe ser impedimento para
darle trámite y solución a las pretensiones de
los administrados , con las observaciones y
regularizaciones correspondientes.

Principio de Información
Los interesados o sus apoderados en
cualquier momento del procedimiento tendrán
derecho a conocer el estado de su trámite ,
para lo cual la oficina correspondiente , bajo
responsabilidad brindará facilidades ( Leyes
27806 y 27927 sobre transparencia y acceso
a la información pública de fecha de febrero
del 2003)

Principio del Debido Procedimiento
Ningún administrado puede ser desviado a
otra jurisdicción si sometido a procedimiento
distinto de los establecidos por la Ley o por
normas reglamentarias.

Principio de Protección Procedimental
La Administración Pública debe brindar
ayuda , orientación y protección
procedimental al usuario o interesado que
presente desconocimiento o limitaciones en
el trámite administrativo correspondiente.

Principio de Equidad en la Prueba
Las pruebas , certificaciones o
averiguaciones de los hechos no deben
constituir carga exclusiva de la parte ; sino
que debe comprometer a la Administración
en su cumplimiento

Principio de Doble Instancia
Todo procedimiento administrativo debe ser
conocido y resuelto en dos niveles
jerárquicos sucesivos.

Principio de Predictibilidad
Ante situaciones o circunstancias
administrativas sometidas a una acción
procedimental que presenten los mismos
fundamentos de hecho y derecho , se deben
resolver ambos invocando los mismos
fundamentos que sustenten el fin del proceso
, de manera que el administrado tenga
certeza del cual será el resultado final del
proceso.

Principio de Imparcialidad
Los responsables de resolver hechos o actos
administrativos en conflicto , deben obrar con
toda imparcialidad , dentro de los
fundamentos éticos del que se encuentran
investidas . ( Ley 27815 , Ley del còdigo de
Ética de la Punción Pública , de fecha 13 de
agosto del 2002)

Fuentes Reales o materiales del
Derecho Administrativo

Fuentes Reales o materiales del
Derecho Administrativo
El conjunto de factores y circunstancias
históricas que fundamentan y motivan el
contenido lógico de esas normas.

La Costumbre:
Se considera costumbre a los actos y
procedimientos , no escritos , que los funcionarios y
servidores públicos vienen repitiendo año tras año ,
con fundamento jurídico o sin él.
El llamado Derecho Consuetudinario , cuyo origen es
la costumbre , se sostiene en cuenta en el Derecho
Administrativo

Los Grupos de Poder:
Si aplicamos estrictamente el significado de poder ,
debemos coincidir en afirmar que grupos de poder
son los partidos políticos , los sindicatos , los
colegios de profesionales , las organizaciones
sociales y de base , que ejercen algún tipo de poder ,
e, igualmente , si empleamos la misma lógica para
definir grupos de presión y de interés , encontramos
que las instituciones señaladas devienen en otras
fuentes del Derecho Administrativo.

El Conflicto:
Es difícil determinar cuándo , los cambios
graduales que sufre una sociedad , por
efecto del conflicto social , son de tal
naturaleza que puedan considerarse como un
cambio del sistema y por lo tanto afectan al
Derecho Administrativo

El Poder Político:
El poder político es la capacidad de tomar e
imponer decisiones que tiene una persona o
un grupo de personas , dentro de un
sistema , subsistema o parasistema social ,
sobre otra persona o grupo de personas , a
favor o en contra de su voluntad , y en una
relación dinámica , conflictiva y asimétrica.

La Ideología :
La sociedad establece su cohesión a través
de diversos mecanismos . Uno de ellos ,es el
proceso de educación de sus miembros con
la finalidad de transmitir un conjunto de
conocimientos que aseguran el desarrollo de
la vida material .Asimismo , inculcar
determinados valores morales y creencias
aceptadas como válidas , con el objeto de
formar conductas funcionales al sistema.

La opinión Pública
Los puntos de vista y las actitudes de los
diferentes grupos conformantes de la
sociedad , pueden ser conocidas a través de
diversos mecanismos de medición , los más
empleados son las encuestas.

La Constituciòn Política del Perú de
1993 como fuente formal y material
del Derecho Administrativo

La Constituciòn Política del Perú como
fuente formal del Derecho Administrativo
La Constituciòn es fuente formal del Derecho
Administrativo porque es una norma que
contiene mandatos determinados a cargo del
Estado y a favor de los ciudadanos y de la
sociedad.

La Constituciòn Política del Perú como
fuente material del Derecho Administrativo
La constitución es fuente material porque el
texto de lo redactado se explica en un
determinado contexto y circunstancia , que
supone una particular idiosincrasia ( una
forma de pensar y de actuar) presente en la
sociedad destinataria de dicha normatividad

La Constituciòn Política del Perú de
1993

Actividad del Estado
PRESTACIONAL
(SERVICIO PÚBLICO)
PROMOCIONAL
(FOMENTO)

Actividad Prestacional
Elementos Configuradores
de los Servicios Públicos.
Elemento Material
Objetivo o Sustancial
Elemento Formal o
Normativo
Elemento Orgánico
o Subjetivo

Actividad del Estado
SOLUCION DE
CONTROVERSIAS
CONTROL
(DE ACTS. PRIVADAS Y
PUBLICAS,
ACT. SANCIONADORA,)
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