Grupo 8. EL CODIGO DE ETICA EN LA FUNCION PUBLICA.pptx

DayanaSullon 14 views 18 slides Sep 02, 2025
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código de etica


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INTEGRANTES: - FAJARDO GALLARDO ROGER - IMAN PEZO LUIS DAVID - RIOS RAMIREZ ANGELLO RODRIGO - SULLON AMARINGO DAYANA - WONG ZARATE FERNANDO - ZUMAETA VIGO SERGIO LUIS GRUPO 8: EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y SU REGLAMENTO APLICABLE A LA FUNCIÓN PÚBLICA CURSO : REGIMEN JURIDICO DE LA FUNCION PUBLICA LOCAL DOCENTE : Mgr. ARISTO WILBERT MERCADO ARBIETO

JUSTIFICACION DEL TEMA La ética en la función pública constituye un pilar fundamental para el fortalecimiento del Estado y el ejercicio transparente del poder . En un país como el Perú , marcado por múltiples escándalos de corrupción , pérdida de confianza institucional y debilidades en la gestión pública , resulta imprescindible consolidar mecanismos normativos que orienten la conducta de los servidores públicos y garanticen una administración íntegra , eficiente y al servicio de la ciudadanía . En este contexto , la Ley N.º 27815, que aprueba el Código de Ética de la Función Pública , y su Reglamento aprobado por el D.S. N.º 033-2005-PCM, se erigen como instrumentos clave para regular los principios , deberes , prohibiciones , sanciones e incentivos que rigen la conducta de quienes ejercen cargos en el Estado. No obstante, a pesar de su vigencia y obligatoriedad , persisten brechas significativas entre lo que establece la norma y su aplicación real en las entidades públicas .

La ética pública puede definirse como el conjunto de principios , valores y normas que orientan la conducta de quienes ejercen funciones en el Estado, con el objetivo de garantizar una actuación íntegra , responsable y transparente en beneficio del interés general. La Ley N.º 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública , fue promulgada el 12 de agosto de 2002 como respuesta a una necesidad histórica del Estado peruano de institucionalizar principios éticos que sirvieran de guía para todos los servidores públicos , en todos los niveles y regímenes del aparato estatal . Su reglamento fue aprobado por el Decreto Supremo N.º 033-2005-PCM, publicado el 18 de abril de 2005. El Código fue concebido no solo como una herramienta sancionadora , sino también como un instrumento formativo y preventivo , cuyo cumplimiento debía ser promovido por los órganos de alta dirección de cada entidad , con campañas educativas e incentivos para los empleados públicos que actúan conforme a la ética . MARCO TEORICO FUNDAMENTOS CONCEPTUALES HISTORIA NORMATIVA Y ESPÍRITU DEL LEGISLADOR

01 02 Ley N.º 27815 D.S. N.º 033-2005-PCM MARCO NORMATIVO El Código de Ética se articula principalmente en dos cuerpos normativos: Este marco normativo se relaciona directamente con otras normas del ordenamiento jurídico nacional: Constitución Política del Perú, artículos 44 (fines del Estado) y 51 (supremacía normativa). Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N.º 28175, Ley Marco del Empleo Público. Ley N.º 30057, Ley del Servicio Civil, en lo que respecta a mérito, desempeño y sanciones.

PRINCIPIOS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (ARTÍCULO 6 DE LA LEY N.º 27815) Respeto Eficiencia Idoneidad Probidad Los principios éticos son los valores fundamentales que deben orientar de manera permanente la conducta de los empleados públicos en todas las instancias de la Administración Pública . Veracidad Lealtad y obediencia Justicia y equidad Lealtad al Estado de Derecho

♥ Neutralidad ♥ Transparencia ♥ Discreción ♥ Ejercicio adecuado del cargo ♥ Uso adecuado de los bienes del Estado ♥ Responsabilidad DEBERES ÉTICOS DEL SERVIDOR PÚBLICO (ARTÍCULO 7 DE LA LEY N.º 27815) Los deberes éticos son obligaciones concretas que deben guiar la conducta funcional diaria de todo servidor público.

Mantener intereses de conflicto Obtener ventajas indebidas Realizar actividades de proselitismo político Hacer mal uso de información privilegiada Presionar, amenazar y/o acosar PROHIBICIONES ÉTICAS DEL SERVIDOR PÚBLICO (ARTÍCULO 8 DE LA LEY N.º 27815) Las prohibiciones éticas constituyen límites expresos al comportamiento funcional . A diferencia de los deberes , que orientan el “ deber ser ”, estas prohibiciones marcan con claridad lo que no puede hacerse bajo ningún motivo en el ejercicio de la función pública .

SANCIONES, PRESCRIPCIÓN Y CONCEPTOS CLAVE DEL RÉGIMEN ÉTICO EN LA FUNCIÓN PÚBLICA La ética en la función pública no puede entenderse como una simple exhortación moral: está revestida de obligatoriedad jurídica, y su incumplimiento genera consecuencias administrativas, disciplinarias y, en ciertos casos, penales. Infracciones éticas Conforme al artículo 10 de la Ley N.º 27815 y el artículo 6 del Reglamento, se considera infracción ética toda conducta que vulnere: ♦ Los principios éticos (como la probidad, veracidad, respeto, etc.) ♦Los deberes funcionales (neutralidad, transparencia, discreción, etc.) ♦Las prohibiciones expresas (conflicto de intereses, uso de información privilegiada, etc.)

A. Para servid ores públicos con vínculo laboral : Amonestación verbal o escrita Suspensión sin goce de haber (hasta 12 meses ) Destitución o despido , en casos de gravedad o reincidencia B. Para prestadores de servicios sin vínculo permanente ( ej . CAS, consultores , designados ) Multa económica de hasta 12 UIT Resolución contractual inmediata C. Para exservidores públicos : Multa , aun cuando ya no ejerzan el cargo al momento de la sanción Clasificación y naturaleza de las sanciones El artículo 9 del Reglamento clasifica las sanciones de forma proporcional al tipo de vínculo que tenga el servidor con la entidad y a la gravedad de la falta cometida :

Perjuic io ocasionado a los ciudadanos o a la entidad Afectación al procedimiento administrativo Nivel jerárquico y tipo de función del infractor Beneficio obtenido directa o indirectamente Reincidencia o reiterancia , como agravantes Criterios para graduar la sanción El artículo 10 del Reglamento establece criterios objetivos para aplicar sanciones proporcionales : Ejemplo: Un auxiliar que comete una falta por desconocimiento no puede ser tratado igual que un directivo que comete la misma infracción con plena conciencia. La ley exige individualizar la conducta y contextualizarla.

P rocedimiento sancionador El procedimiento debe iniciarse ante la Comisión Permanente o Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios (PAD) de la entidad . Se debe respetar el debido procedimiento : notificación , defensa , contradicción , revisión . Se aplica el D. Leg. N.º 276, el Reglamento de la Carrera Administrativa (D.S. N.º 005-90-PCM), y normas internas . P rescripción de la acción administrativa disciplinaria El plazo de prescripción es de tres (3) años , contados desde que la comisión PAD toma conocimiento del hecho . En caso de infracción continuada , el plazo se computa desde la fecha de la última conducta . El inicio del proceso interrumpe la prescripción .

Registro Nacional de Sanciones El registro debe incluir : Nombre del sancionado Tipo y duración de la sanción Motivo y fecha de ejecución Mecanismos de prevención: incentivos y difusión El artículo 9 de la Ley y los artículos 19 al 23 del Reglamento disponen que toda entidad pública debe : Difundir el Código de Ética entre sus trabajadores Establecer mecanismos de reconocimiento e incentivos Ejecutar campañas educativas sobre sanciones y valores institucionales Definiciones clave del Reglamento Ética pública Ventaja indebida Información privilegiada Proselitismo político Conflicto de intereses

El adecuado conocimiento, aplicación y fiscalización del Código de Ética de la Función Pública y su reglamento permite fortalecer la conducta ética de los servidores públicos, prevenir actos de corrupción y mejorar la calidad de la gestión pública. Sin embargo, su efectividad se ve limitada por deficiencias institucionales, falta de difusión normativa y escasa formación ética de los funcionarios. PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN Pregunta de investigación ¿Cómo contribuye el Código de Ética de la Función Pública y su reglamento a consolidar una cultura de integridad en la gestión pública peruana, y cuáles son los principales obstáculos para su cumplimiento efectivo? HIPOTESIS

DELIMITACIÓN TEMÁTICA Y TERRITORIAL Este trabajo se circunscribe al análisis jurídico, institucional y práctico del Código de Ética de la Función Pública (Ley N.º 27815) y su Reglamento (D.S. N.º 033-2005-PCM), con enfoque general en el ámbito nacional, pero con referencias y énfasis específicos en el contexto regional de Loreto, a fin de visibilizar realidades concretas en la aplicación de esta normativa en gobiernos subnacionales. APORTE DEL TRABAJO Este estudio busca aportar a la reflexión crítica sobre el rol de la ética en la administración pública peruana. Ofrece un análisis normativo y contextualizado del Código de Ética, identifica las debilidades en su implementación y propone recomendaciones orientadas a fortalecer la cultura de integridad en las entidades públicas. Asimismo, pretende servir como material de consulta para gestores públicos, estudiantes y ciudadanos comprometidos con una gestión honesta, transparente y eficiente.

ANÁLISIS Y DESARROLLO Desde su promulgación en 2002, el Código de Ética de la Función Pública se ha convertido en una herramienta referencial para promover el comportamiento íntegro dentro de las entidades del Estado. Su obligatoriedad para todos los niveles jerárquicos —desde funcionarios de alto rango hasta servidores de línea— pretende establecer un estándar mínimo de conducta y prevenir actos contrarios al interés público. APLICACIÓN DEL CÓDIGO EN LA PRÁCTICA RETOS EN SU IMPLEMENTACIÓN (NACIONAL Y REGIONAL) Falta de conocimiento normativo Débil cultura organizacional Limitada capacidad sancionadora Inexistencia o desactualización de protocolos internos

IMPACTO EN LA GESTIÓN PÚBLICA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA La correcta aplicación del Código de Ética contribuye directamente a: Mejorar la calidad del servicio público Reducir actos de corrupción y negligencia administrativa Elevar los niveles de confianza ciudadana hacia las entidades del Estado Fomentar una cultura de legalidad, mérito y transparencia CASOS EJEM PLARES O SANCIONES DOCUMENTADAS S egún el Registro Nacional de Sanciones a servidores civiles (RNSSC), existen múltiples sanciones impuestas a servidores públicos por infringir principios contenidos en el Código de Ética, especialmente por: Uso indebido de información privilegiada Obtención de ventajas indebidas Incurrir en conflictos de interés Maltrato a los usuarios del servicio público

El Código de Ética de la Función Pública y su reglamento constituyen el marco normativo esencial para orientar el comportamiento de los empleados públicos en el Perú, al establecer principios, deberes y prohibiciones que buscan garantizar una gestión íntegra, eficiente y transparente. CONCLUSIONES El impacto del Código en la gestión pública depende en gran medida de la voluntad institucional y política de los directivos, así como de la existencia de mecanismos operativos de denuncia, seguimiento y sanción. En muchas entidades del interior del país, como las de la región Loreto, estas condiciones aún son frágiles o inadecuadas. El espíritu del legislador al promulgar esta norma fue consolidar una cultura ética en el Estado peruano, como respuesta a una demanda ciudadana de mayor probidad y control frente a la corrupción y al uso indebido del poder en la administración pública. La ética pública no puede verse solo como una obligación normativa, sino como un valor estructural que guía el servicio a la Nación. Su cumplimiento permite recuperar la confianza de la ciudadanía, garantizar una mejor atención al administrado y promover una cultura de legalidad y respeto dentro del aparato estatal.

MUCHAS GRACIAS
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