I DIPLOMADO DE ESPECIALIZACIÓN AVANZADA.pptx

AlexanderJoseHernand 0 views 31 slides Sep 28, 2025
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DIPLOMADO


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I DIPLOMADO DE ESPECIALIZACIÓN AVANZADA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO EN EL MARCO DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL – LEY N° 30057 Hernandez&Asociados

OBJETIVOS Brindar conocimientos prácticos, respecto a la estructura que deben llevar los informes de precalificación, los Actos de Inicio del PAD, Informe de Órgano Instructor, el Acto de Sanción Disciplinario y los demás documentos a cargo de la Secretaria Técnica. Brindar un metodología practica a los (as) Abo g ado s / as que a p o y an l a la b or e n l a Sec r e t ar í a T écni c a d e l a L e y del Se r v i cio C i v i l en las Entidades Públicas . Hernandez&Asociados

MARCO LEGAL Constitución Política. Ley N° 27444 - LPAG Ley 30057 – Ley del Servicio Civil. D.S N° 040-2014-PCM. Directiva N° 002-2015-SERVIR. Hernandez&Asociados

MODULO 5 GESTION DE DOCUMENTOS A CARGO DE LA SECRETARIA TECNICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO – PAD Hernandez&Asociados

Clausula de sujeción especial Art. 40° y 41° de la Constitución Política del Perú “ La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos. ” La ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos , así como el plazo de su inhabilitación para la función pública. El TC señala que la Constitución reconoce la existencia de una carrera administrativa para los servidores públicos, pero también que el ingreso a ella y los derechos, deberes y responsabilidades serán regulados por ley (Sentencia del Expediente N° 0005-2005-AI/TC). Hernandez&Asociados

¿EN QUE CONSISTE EL DERECHO DISCIPLINARIO? El derecho disciplinario comprende el conjunto de normas, sustanciales y procesales , en virtud de las cuales el Estado asegura la obediencia, la disciplina y el comportamiento ético, la moralidad y la eficiencia de los servidores públicos , con miras a asegurar el buen funcionamiento de los diferentes servicios a su cargo. Hernandez&Asociados

Hernandez&Asociados ¿Qué es una falta disciplinaria?

Imagen de apoyo Imagen de apoyo FORMAS DE INICIAR LA INVESTIGACION DISCIPLINARIA (Art.69) 8

Una vez recibidos la denuncia o el reporte del jefe inmediato o de cualquier otro servidor civil u otros indicios de haberse cometido una falta, la Secretaría Técnica efectúa las investigaciones preliminares. Literal 13.1, del num . 13° DRLSC LA INVESTIGACION PRELIMINAR Hernandez&Asociados

LA INVESTIGACION PRELIMINAR FINES: Verificar la ocurrencia de la Conducta. Determinar si la conducta imputada existió, si es típica y esclarecer las circunstancias en que se cometió (tiempo, modo y lugar para describir la conducta). Verificar con cierta aproximación la individualización o identidad del autor (Requisito indispensable). Acopiar los medios probatorios para la recomendación del inicio del PAD o el archivamiento de la denuncia o reporte. TIENE COMO PROPÓSITO DISIPAR LAS DUDAS QUE PUEDAN EXISTIR, PARA RECOMENDAR EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO O EL ARCHIVAMIENTO DE LA NOTICIA DISCIPLINARIA . Hernandez&Asociados

CONCLUSION DE LA INVESTIGACION PRELIMINAR 30 DIAS (Art. 101 – RLSC) INVESTIGACION PRELIMINAR (evaluación de la noticia disciplinaria) ARCHIVO (esfuerzo probatorio) El hecho no existió La conducta no es constitutiva de falta disciplinaria. Atipicidad. RECOMENDACIÓN DE INICIO DEL PAD Indicios suficientes de haberse cometido la falta. PRESCRIPCION 3 años de los hechos. 1 año conocimiento de RR.HH. Hernandez&Asociados

Hernandez&Asociados ESTRUCTURA DE LA RESPONSABILIDAD CONDUCTA (activa u omisiva) CAPACIDAD Activa u omisiva propia o impropia Instantáneas Permanentes Continuadas TIPICIDAD FALTAS: GRAVES O LEVES Principio de Especialidad AFECTACION DE LA FUNCIÓN, DEBER, OBLIGACIÓN Y PROHIBICIÓN AUSENCIA DE JUSTIFICACION INFORME DE PRECALIFICACION

EL INFORME DE PRECALIFICACION Hernandez&Asociados

Hernandez&Asociados EL INFORME DE PRECALIFICACION Constituye el documento mediante el cual el Secretario Técnico, después de realizar las investigaciones preliminares, surgidos a consecuencia de un reporte o de una denuncia administrativa, sustenta fáctica y jurídicamente la recomendación del Inicio del Procedimiento administrativo a disciplinario, o el archivo de la denuncia o reporte puesto a su conocimiento. CARACTERISTICAS Constituye el futuro del

Hernandez&Asociados Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N2 30057, Ley del Servicio Civil "

INFORME DE PRECALIFICACION IDENTIFICACION DEL SERVIDOR O SERVIDORES CIVILES. HECHO O SECUENCIAS DE HECHOS. IDENTIFICA LOS HECHOS SEÑALADOS EN LA DENUNCIA O REPORTE INTERNO. INDENTIFICA LAS NORMAS VULNERADAS. SUBSUNCION DE LA CONDUCTA. FUNDAMENTA SU RECOMENDACIÓN PARA DAR EL INICIO DEL PAD O EL ARCHIVO DE LA DENUNCIA O REPORTE. Hernandez&Asociados

CASOS PRACTICOS Hernandez&Asociados

Hernandez&Asociados Ejemplo Casuístico 1: REPORTE: Servidor nombrado bajo régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, como Sub. Gerente de Recursos Humanos, habría percibido beneficios económicos previstos en los Pactos Colectivos, no obstante de que los cargos de confianza o de dirección están excluidos del derecho de sindicación, y por ende; no les resultaría aplicable los beneficios derivados de los convenio colectivos.

Hernandez&Asociados Ejemplo casuístico N° 2: Servidor contratado bajo el régimen laboral N° 276 con contrato permanente, no habría venido a laboral durante al mes de octubre los días 22,23,24,25,,26,29,30,31 y durante el mes de noviembre los días 01,02,05,06,07,08,09,12, respectivamente.

Hernandez&Asociados DENUNCIA ADMINISTRATIVA

Obligatoriedad de denunciar o reportar ¿En qué consiste el trámite? En que la persona o un servidor que tiene conocimiento sobre un comportamiento que vulnere la buena marcha de la función pública, puede activar el aparato estatal para asegurar la disciplina y el comportamiento ético y la eficiencia de los servidores públicos cuando éstos incurran en las conductas descritas en las normas que regulan las faltas disciplinarias. Cuales son los requisitos necesarios: Se sugiere que el ciudadano dirija una denuncia ante la Secretaria Técnica del PAD, manifestando el nombre del servidor público que cometió la falta si lo conoce, el cargo y dependencia donde labora el implicado, haciendo en lo posible una descripción resumida, cronológica y detallada de los hechos que va a poner en conocimiento, tales como las circunstancias de tiempo modo y lugar y si posee, los documentos que tenga en su poder o los medios probatorios en que se pude nutrir el trámite (testigos, peritos, identificación de documentos, cosas, etc.), por último, quien interpone la denuncia informará sus nombres y apellidos. Finalidad del trámite: El trámite busca establecer si la conducta atribuible a un servidor público merece reproche mediante la imposición de sanciones disciplinarias. La denuncia o el reporte del jefe inmediato o de cualquier otro servidor civil u otros indicios de haberse cometido una falta , debe presentarse ante la Oficina de RR.HH., o la que haga sus veces o ante la Secretaria Técnica del PAD (literal 11.1 del numeral 11 de la Directiva N° 02-2015-SERVIR-GPGGSC) Hernandez&Asociados

Formato de denuncia Hernandez&Asociados

EL REPORTE INTERNO El reporte debe como tener como mínimo: La exposición clara y precisa de los hechos. Los medio probatorios que sustentan la presunta falta. La identificación de los presuntos responsables. Documento (oficio, carta, memorándum, dictamen u otro documentos) mediante el cual un servidor civil de la propia Entidad, habiendo advertido que otro servidor civil o servidores presuntamente hayan cometido una infracción, pone de conocimiento tales hechos a la Secretaria Técnica del PAD o la Oficina de Recursos Humanos, con la finalidad de que se investigue las conductas presuntamente ilícitas, en salvaguarde del buen funcionamiento de la administración publica. Hernandez&Asociados

ESTRUCTURA DEL INFORME DE PRECALIFICACION QUE DISPONE EL ARCHIVO DE LA DENUNCIA, REPORTE O INFORME DE CONTROL INTERNO. Anexo C1 - Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil". Hernandez&Asociados

CARTA DE RESPUESTA AL DENUNCIANTE Anexo C1 - Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil". Hernandez&Asociados

Hernandez&Asociados Ejemplo Casuístico: Denuncia administrativa interpuesta por la administrada Sra. JULIA ISABEL NARVAEZ SOTO, dirigida a los servidores públicos: Sub. Gerente de Catastro y Planeamiento Territorial y el Gerente de Desarrollo Urbano y Territorial, ello a consecuencia de que los referidos servidores habrían declarado improcedente la solicitud del procedimiento administrativo de Visación de Plano y Memoria Descriptiva e Infundada su Recurso de Apelación contra la denegatoria de su pretensión.

Hernandez&Asociados Ejemplo casuístico: El Sr. RAUL EFRAIN HUAMAN TRUJILLO, solicita sanción administrativa contra la servidora municipal Sra. SAMANTHA PAOLA MENDEZ FLORES – INSPECTORA DE TRANISTO, según refiere el administrado por abuso de autoridad y por usurpación de funciones, ello debido a que la indicada servidora le impuso una infracción de tránsito, pese a que su vehículo es particular y que en ese momento se encontraba en un trámite de negocios personales.

Hernandez&Asociados PRESCRIPCION

LA PRESCRIPCION La prescripción en materia disciplinaria es un instituto jurídico liberador, en virtud del cual por el transcurso del tiempo se extingue la acción o cesa el derecho del Estado a imponer una sanción, y tiene operancia cuando la Administración, deja vencer el plazo sin haber iniciado y concluido el proceso disciplinario respectivo, con decisión de mérito. El vencimiento de dicho lapso implica para dichas entidades la pérdida de la potestad de imponer sanciones, garantizando así la seguridad jurídica. Hernandez&Asociados

Hernandez&Asociados CASOS PRACTICOS

Hernandez&Asociados Ejemplo casuístico: OFICIO N° 00140-2019-MPB/OCI, Informe de Auditoría N° 1200-2018-CG/GRP-AC:
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