INTRODUCCIÓN
AL DERECHO
Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión
Ingeniería de Sistemas y Computación
Mg. Ing. Nilton César ROBLES ESPINOZA [email protected]
Primera Semana
2017
CONCEPTO DE DERECHO
Según Guillermo Cabanellas:
Derecho viene de “directus” que equivale a directo,
derivado de “dirigere” que significa enderezar o alinear.
Luego consultamos el diccionario académico y observamos
acepciones como: adjetivo, como adverbio y como
sustantivo.
Se estudiara el Derecho como: el conjunto de normas que
regulan la vida humana en sociedad.
Con la premisa de que se trata de las normas que regulan
las relaciones sociales entre humanos, porque no se puede
considerar el derecho sin sociedad humana.
DISTINTOS USOS DE LA PALABRA DERECHO:
La palabra Derecho tiene tres ACEPCIONES:
•a) Lo recto, lo justo, lo mío; esta es la acepción
originaria del Derecho, que parece haber sido
derivada de una raíz aria que significa lo recto.
•b) Ley o conjunto de leyes; en este sentido se
dice: Derecho Venezolano, francés, etc., este es
el sentido objetivo del Derecho.
•c) Facultad racional de hacer u omitir algo; este
es el sentido subjetivo del Derecho; en efecto,
toda facultad en su carácter de accidente,
necesita de un sujeto en quien residir.
Diferentes CONCEPCIONES del Derecho:
lusnaturalista, Iuspositivista.
•"Derecho Natural es el conjunto de
normas jurídicas que tienen su
fundamento en la naturaleza humana,
esto es, de juicios de la razón práctica que
enuncian un deber de justicia“,
Diccionario Jurídico de la Universidad Nacional
Autónoma de México.
Diferentes concepciones del Derecho:
lusnaturalista, iuspositivista.
•El Derecho Positivo es el sistema de normas jurídicas
o la suma de estas normas jurídicas que informa y
regula efectivamente la vida de un pueblo en un
determinado momento histórico.
•Según Del Vecchio, el Derecho Positivo es el Derecho
que es, y que se opone al Derecho Natural que es el
Derecho que debe ser. El Derecho Positivo puede estar
constituido por actos legislativos, que consisten en leyes
escritas y promulgadas, tanto como por la costumbre
CIENCIAS QUE ESTUDIAN EL DERECHO
•Teoría General del Derecho. Busca conclusiones
jurídicas de lo particular a lo general.
•Filosofía del derecho. Estudia los fenómenos jurídicos
en sus principios primeros, universales, llegando más
allá de los límites que presente el Derecho Positivo.
•Historia del Derecho. Hacer un estudio crítico de los
sistemas jurídicos del pasado.
•Sociología Jurídica. Estudia la convivencia humana en
relación con el ordenamiento jurídico.
EL DERECHO Y LA MORAL
•Derecho implica ordenación de las partes
que integran la sociedad, regulación de
las actividades del hombre en sociedad.
La moral trata de las acciones humanas
en orden a su bondad o malicia. La moral
como el derecho regulan la conducta
humana.
IMPORTANCIA
•La moral censura el delito, el derecho lo
sanciona.
•La moral es íntima y su grandeza depende
de la condición humana, su objeto es el
perfeccionamiento del individuo.
•El derecho es externo, comprende la
regulación de actos entre humanos, su
objeto es el ordenamiento de tipo social.
TEORIAS
•La Teoría de la Identidad entre Moral y
Derecho: están identificados y pueden
conceptuarse con los mismos principios
•La Teoría de la Dependencia Total: el
derecho forma parte de la moral, que la
moral es el todo y el derecho es una parte
íntima de esta.
TEORIAS
•Teoría de la Independencia: el derecho
solo se refiere a lo externo, mientras que
la moral y la religión ingresan en la
interioridad del ser humano. El derecho
permite actos que la moral prohíbe.
•Teoría de la Dependencia Parcial: el
derecho depende de la moral en su
fundamento, pero se aleja en los aspectos
técnicos. Posición ecléctica.
TEORIAS
•Tesis Fundamental de Distinción entre
Derecho y Religión: El derecho regula la
conducta humana desde el punto de vista
que le interesa al orden social y en
persecución del bien común; la religión
regula la conducta humana desde el punto
de vista del bien sobrenatural.
DIVISIONES DEL DERECHO
•DERECHO PÚBLICO:
Es el conjunto de normas reguladoras del orden
jurídico relativas al estado en sí, en sus relaciones
con los particulares y otros estados. (Diccionario
de derecho usual de G. Cabanellas).
CONSTITUCIONAL
ADMINISTRATIVO
FINANCIERO
PENAL
PROCESAL
INTERNACIONAL PÚBLICO
TRIBUTARIO
DIVISIONES
•DERECHO PRIVADO:
Rige los actos de los particulares cumplidos en su
propio nombre, predomina el interés individual,
frente al general del derecho Público. (Diccionario
de derecho usual de G. Cabanellas).
Se encuentra al servicio de la voluntad del
particular.
CIVIL (personas, familia, bienes, sucesiones, y
obligaciones.)
MERCANTIL
INTERNACIONAL PRIVADO
DIVISIONES
•DERECHO MIXTO
Son las que no tienen una clara ubicación en
la clasificación anterior.
Estas son:Estas son:
INFORMÁTICOINFORMÁTICO
TRABAJOTRABAJO
AGRARIO y otros.AGRARIO y otros.
LA RELACIÓN JURÍDICA
•Es la relación humana que tiene consecuencia para el
derecho positivo.
•Según Du Pasquier se define como: “ El vinculo entre
personas. Una está en el derecho de exigir de la otra el
cumplimiento de un deber jurídico”.
•Según Francesco Santoro Pasarelli, es: “Mide la
posición del poder que tiene una persona y el deber de
otra, con la tutela de un ordenamiento jurídico”.
ELEMENTOS DE LA RELACIÓN JURÍDICA
Supuesto de Hecho Consecuencia Jca.
Hecho jurídico suj. activo suj. pasivo
derecho subjetivo Deber jco.
relación jca.
objeto de derecho.
ELEMENTOS DE LA RELACIÓN
JURÍDICA
•Debe constar de diversos elementos como: los
sujetos; un objeto que constituye el contenido
de la obligación del sujeto pasivo y al propio
tiempo del Derecho del sujeto activo, y un nexo
jurídico que vincula los sujetos con relación al
objeto determinando deberes y derechos.
CARACTERISTICAS DE LA RELACIÓN
JURÍDICA
•Para que se produzca la relación jurídica es
necesario:
La existencia de una relación material,
humana;
La existencia de una norma en cuyo supuesto
encaje la relación humana, y en vista de la cual se
hagan producir efectos del derecho.
CLASES DE LA RELACIÓN JURÍDICA
•Hay relaciones jurídicas:
-Convencionales
-Extraconvencionales
-Procesal y sus derivadas
CLASES DE LA RELACIÓN JURÍDICA
Relación jurídica convencional: es aquellas cuyos
propósitos están fundamentados en los acuerdos
previos de las partes, con el auxilio de la normativa
vigente.
Ej.: la constitución de una asociación, una compañía,
etc…
CLASES DE LA RELACIÓN JURÍDICA
Relación jurídica extraconvencional: surge como
consecuencia de las actividades del hombre en
sociedad, aunque entre los afectados no haya
existido una intención previa para su existencia.
Ej.: la relación procesal de ejecución, que se hace
en forma oral y ni siquiera se comunica al
adversario, sino cuando ya viene a pertenecer al
desarrollo de la relación ejecutiva.
CLASES DE LA RELACIÓN JURÍDICA
•Relación jurídica procesal: surge entre los órganos
jurisdiccionales y la persona que hace valer el derecho
de acción para reclamar justicia. Se caracteriza porque
al activarse origina otra relaciones. Comprende las
fases de demanda, defensa y sentencia, que a su vez
puede traer la relación de ejecución.
• La relación jurídica procesal de acción, comprende la
relación surgida entre el juez y el actor de la demanda.
Al enterarse el demandado, por parte del tribunal,
surge la llamada relación de contradicción o de
defensa. En ambos casos el sujeto pasivo es el estado y
los activos, respectivamente, son las partes.
LA NORMA JURÍDICA
LA NORMA JURÍDICA
•NORMA JURÍDICA: equivale a la regla de
conducta, cuando su fin es el cumplimiento
de un precepto legal.
•El calificativo jurídico nos dice que se trata
de una norma de carácter obligatoria, con
disposiciones imperativas de derecho.
•Las normas jurídicas son aquellas que
formulan imperativamente los deberes
ordenados
CARACTERÍSTICAS DE LA NORMA JURÍDICA
Estas son las más resaltantes:
•Heteronomía.
•Imperatividad.
•Atributividad.
•Bilateralidad.
•Coercibilidad.
CARACTERÍSTICAS DE LA NORMA JURÍDICA
Estos son caracteres accidentales:
Generalidad
Abstracción.
Legitimidad.
Permanencia.
Estructura lógica de las normas jurídicas.
•Elementos de la Norma:
-Supuesto de Hecho. - simple.
- complejo.
-Consecuencia Jurídica. - simple.
- compleja
-Nexo o Deber Ser.
LA ESTRUCTRURA DEL DERECHO COMO
SISTEMA DE NORMAS JURÍDICAS
•La Estructura Jerárquica del orden jurídico:
una pluralidad de normas constituye una
unidad, un sistema o un orden, cuando su
validez reposa en último análisis sobre una
norma única. Esta norma fundamental es la
fuente común de validez de todas las normas
pertenecientes a un mismo orden.
NORMA FUNDAMENTAL:
EN SENTIDO HIPOTÉTICO Y POSITIVO
•En sentido positivo:
El grado superior del derecho positivo es
la CONSTITUCIÓN, entendida que su función
esencial es la de designar los órganos
encargados de la creación de las normas
generales y determinar el contenido de
ciertas leyes futuras al prescribir o prohibir tal
o cual contenido.
NORMAS JURÍDICAS GENERALES Y NORMAS
JURÍDICAS INDIVIDUALIZADAS
•Normas Jurídicas Generales:
Tanto los preceptos constitucionales,
como los ordinarios y reglamentarios son
normas de carácter general. Las leyes
ordinarias representan un acto de aplicación
de preceptos constitucionales.
NORMAS JURÍDICAS GENERALES Y NORMAS
JURÍDICAS INDIVIDUALIZADAS
•Normas Jurídicas Individualizadas:
Se refieren a las situaciones jurídicas
concretas, a veces puede sin embargo una
norma individualizada, encontrarse
condicionada por otra del mismo tipo, como
ocurre por ejemplo con una sentencia que se
funde en un contrato.
FUENTES DEL DERECHO
Es la manera como se producen las
normas que constituyen el orden jurídico,
inquirir la fuente de una norma jurídica es
buscar el punto por el cual ha salido de las
profundidades de la vida social para aparecer
en la superficie del derecho.
FUENTES DEL DERECHO
•Principales fuentes del derecho:
1) Derecho Legislado:
La legislación es el conjunto de leyes positivas
que regulan la vida jurídica en sus diversas
manifestaciones y por las cuales se gobierna
un estado.
FUENTES DEL DERECHO
2) Naturaleza como fuente de derecho:
La costumbre: Es el uso reiterado que llega a
ser aceptado como obligación de cumplimiento
por el conglomerado social.
“La observación constante y uniforme de una
regla de conducta, por los miembros de una
comunidad social, con la convicción de que es
una necesidad jurídica”. Di Ruggiero.
FUENTES DEL DERECHO
•Derecho Consuetudinario:
Nace a través de los órganos jurisdiccionales,
para que exista obligatoriedad jurídica debe estar
presente la manifestación de la voluntad del estado.
La repetición constante y suficiente de una
determinada conducta y la convicción de los individuos
del grupo social sobre la necesidad de acatarla como
obligatoria, es necesaria para el Derecho
Consuetudinario.
FUENTES DEL DERECHO
•Clasificación de la Costumbre:
a) Costumbre “Secundum Legem”: está ajustada
a los principios establecidos por las normas del
derecho legislado. Es cuando existen costumbres
que siguen a la Ley, se adaptan a la norma legal
existente. (algunos autores niegan su carácter de
fuente ya que expresa una conducta prevista en
la Ley)
FUENTES DEL DERECHO
b) Costumbre “Praeter Legem”:
Sin estar expresada en el precepto legal
viene a regir situaciones jurídicas, llena el vacío
legislativo sin contrariar ninguna ley. Van al
margen de la ley puesto que no están con ella,
pero llevan su misma dirección. Ésta lo que
hace es que recoge la costumbre y la convierte
en ley.
FUENTES DEL DERECHO
•c) Costumbre “Contra Legem”:
Es aquella que nació y se mantiene
contraria al precepto legal. En los países de
derecho escrito se descarta como fuente de
derecho.
FUENTES DEL DERECHO
•Jurisprudencia:
Es la interpretación de la ley hecha por
los jueces.
“Conjunto de normas jurídicas que
emanan de las sentencias dictadas por los
tribunales.” Definición de Zorraquin.
“El conocimiento de las cosas divinas y
humanas, la ciencia de lo justo y de lo injusto.”
definición de Justiniano.
LA DOCTRINA CIENTÍFICA
•Se define como doctrina a los estudios de
carácter científicos que los juristas realizan
acerca del derecho, ya sea con el propósito
puramente teórico de sistematización de sus
preceptos, ya con la finalidad de interpretar
sus normas y señalar las reglas de su
aplicación.
MUCHAS GRACIAS….MUCHAS GRACIAS….
HASTA LA SIGUIENTE SESIÓNHASTA LA SIGUIENTE SESIÓN