Presentación sobre la hacienda municipal y los ingresos del municipio
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Language: es
Added: Jul 29, 2015
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Miguel Ángel Morffe Peraza [email protected][email protected] @ miguelmorffe Politicaspublicasenvenezuela.blogspot.com La Hacienda Pública Municipal; Ingresos municipales
“Todos podemos ser parte del movimiento sustentable, el primer requisito: Una nueva mentalidad , luego una sensibilidad especial y siempre tener la disposición de transmitir una actitud positiva ” Anónimo
La Hacienda Pública es el conjunto de bienes activos y pasivos del Estado con su debida administración , y es la encargada de velar por los intereses y bienes de cada estado o municipio , a través de la planificación, dirección y control de las actividades conexas e inherentes a la misma Art. 1 LOHP La Hacienda Pública Municipal
La Hacienda Pública Municipal La Hacienda Pública Municipal está constituida por los bienes, ingresos y obligaciones que forman su activo y pasivo, así como los demás bienes y rentas cuya administración corresponda al ente municipal Art. 124 de la LOPPM
La Hacienda Pública Municipal
La Hacienda Pública Municipal Principio de Previsión Presupuestaria Principio de Equilibrio Presupuestario Principios Constitucionales: Art. 314 y 311 de la CRBV “No se hará ningún gasto que no haya sido previsto en la Ley de Presupuesto” “Los ingresos ordinarios deben ser suficientes para cubrir los gastos ordinarios”
La Hacienda Pública Municipal Principios Legales
La Hacienda Pública Municipal La diversidad de funciones que realiza el Municipio para obtener ingresos y realizar gastos, constituye, en su conjunto, lo que se conoce como Administración Financiera del Municipio , que puede definirse como el conjunto de principios, normas, organismos, recursos, sistemas y procedimientos que intervienen en las operaciones de programación y gestión necesarios para captar los fondos públicos y aplicarlos para la concreción de los objetivos y metas del Municipio, en la forma más eficiente posible
La Hacienda Pública Municipal El sistema de control interno también forma parte de la administración financiera del Municipio y estará coordinado con el sistema de control externo ejercido por la Contraloría Municipal y la Contraloría General de la República.
La Hacienda Pública Municipal La administración financiera del Municipio cumple dos propósitos. El primero consiste en generar la información necesaria para la toma de decisiones óptimas sobre el uso de los recursos municipales. Esto se logra, en buena medida, mediante el desarrollo de un sistema contable eficiente. Un segundo propósito , es la planificación de la ejecución de los ingresos que percibe el ente local, y que se concretiza a través del proceso de gestión presupuestaria y el buen manejo de la tesorería.
La Hacienda Pública Municipal Responsabilidad de la Hacienda Pública Municipal. Art. 130 de la LOPPM El alcalde o alcaldesa, los concejales o concejalas, el contralor o contralora, el síndico o síndica y demás funcionarios y trabajadores municipales serán responsables patrimonialmente ante el Municipio por los daños que le causaren por incumplimiento de sus deberes o por negligencia o impericia en el desempeño de sus funciones.
La Hacienda Pública Municipal Cualquier vecino del Municipio podrá exigir a las autoridades municipales competentes el ejercicio de las acciones correspondientes. Cuando la autoridad competente no las ejerza, el o los vecinos interesados podrán accionar legalmente, sin perjuicio de la intervención del Fiscal del Ministerio Público a fin de que se inicie la averiguación a que hubiere lugar
La Hacienda Pública Municipal Ingresos que conforman la Hacienda Pública Municipal
La Hacienda Pública Municipal Son ingresos ordinarios del Municipio, de acuerdo con el artículo 137 de la LOPPM: 1 . Los procedentes de la administración de su patrimonio, incluido el producto de sus ejidos y bienes. 2. Las tasas por el uso de sus bienes o servicios; las tasas administrativas por licencias o autorizaciones; los impuestos sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 3. El impuesto territorial rural o sobre predios rurales y otros ramos tributarios nacionales o estadales, conforme a las leyes de creación de dichos tributos. 4. Los derivados del Situado Constitucional y otras transferencias o subvenciones nacionales o estadales. 5. El producto de las multas y sanciones en el ámbito de sus competencias y las demás que le sean atribuidas. 6. Los dividendos o intereses por suscripción de capital. 7. Los provenientes del Fondo de Compensación Interterritorial. 8. Los demás que determine la Ley.
La Hacienda Pública Municipal E l Situado Constitucional Art. 139 de la LOPPM . El Situado Constitucional es el ingreso que le corresponde a los municipios en cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 167 de la Constitución de la República, el cual comprende :
La Hacienda Pública Municipal E l Situado Constitucional
La Hacienda Pública Municipal E l Situado Constitucional 23 estados federales y 1 Distrito Capital
La Hacienda Pública Municipal E l Situado Constitucional 29 municipios
La Hacienda Pública Municipal E l Situado Constitucional Distribución del Situado entre los municipios de cada estado
La Hacienda Pública Municipal Son ingresos extraordinarios del Municipio, de acuerdo con el artículo 139 de la LOPPM: 1. El producto del precio de venta de los ejidos y demás bienes muebles e inmuebles municipales. 2. Los bienes que se donaren o legaren a su favor. 3. Las contribuciones especiales. 4. Los aportes especiales que le acuerden organismos nacionales o estadales. 5. El producto de los empréstitos y demás operaciones de crédito público, contratados de conformidad con la ley.
La Hacienda Pública Municipal En cuanto respecta a los ingresos extraordinarios , la LOPPM establece una norma de gran importancia sobre su uso, por parte del Municipio, en el artículo 140 , según la cual: Los ingresos públicos extraordinarios sólo podrán destinarse a inversión en obras o servicios que aseguren la recuperación de la inversión o el incremento efectivo del patrimonio del Municipio. Excepcionalmente y sólo en caso de emergencia por catástrofe o calamidad pública , podrán destinarse para atenderla; este destino requerirá la autorización del Concejo Municipal.
La Hacienda Pública Municipal Ley que crea Contribución E special por Precios E xtraordinarios y Precios E xorbitantes en el mercado internacional de hidrocarburos
La Hacienda Pública Municipal E l Municipio como agente económico productivo Las Empresas del Estado son personas jurídicas de derecho público constituidas de acuerdo a las normas de derecho privado, en las cuales la República, los estados, los distritos metropolitanos y los municipios, o alguno de los entes descentralizados funcionalmente a los que se refiere el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, solos o conjuntamente , tengan una participación mayor al cincuenta por ciento del capital social. Art. 102 de la LOAP
La Hacienda Pública Municipal E l Municipio como agente económico productivo La creación de las empresas del Estado será autorizada por la Presidenta o el Presidente de la República en Consejo de Ministros, las gobernadoras o gobernadores, las alcaldesas o alcaldes, según corresponda, mediante decreto de conformidad con la ley. Art. 103 de la LOAP
La Hacienda Pública Municipal E l Municipio como agente económico productivo Los municipios están en la obligación de estimular la creación de empresas de economía social, tales como cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas. Asimismo, promoverán la constitución de empresas autogestionarias y cogestionarias , para facilitar la participación de los trabajadores y de las comunidades y garantizar la participación ciudadana en la gestión municipal . Art. 70 de la LOPPM
La Hacienda Pública Municipal E l Municipio como agente económico productivo Fuentes externas de financiamiento al municipio