DANIELCHRISTIANVEGAE
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About This Presentation
Las formas de interpretación de los actos jurídicos
Size: 11.67 MB
Language: es
Added: Oct 20, 2025
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Slide Content
ACTO JURÍDICO INTERPRETACIÓN DEL ACTO JURÍDICO
MÓDULO I: CONCEPTO GENERALES / LOS REQUISITOS DE VALIDEZ LA INTERPRETACION DEL ACTO JUDIRICO La Interpretación en Derecho. Introducción. .
Los actos jurídicos están compuestos de manifestaciones de voluntad, y la interpretación tiene como finalidad conocer el sentido de esas manifestaciones. La voluntad que se exterioriza por medio de signos, gestos, comportamientos, debe ser objeto de entendimiento por parte del intérprete a fin de poder descifrar el contenido de lo declarado. La interpretación nos queda circunscrita al marco de los actos jurídicos, interpretar tiene como siempre como objeto de estudio la comprensión del sentido de alguna manifestación, éstas podrían ser textos legales, normas, sentencias. En ese sentido el profesor italiano Emilio Betti define la interpretación como ¨la acción en la cual el resultado o evento útil es el entendimiento¨.
La interpretación es un proceso intelectual de entendimiento que no se puede desligar de lo práctico. Los hechos predeterminan la finalidad, y ése es el primer paso que debe dar el intérprete, analizando las palabras, gestos y las conductas que desarrollan y muestran los intervinientes en el acto jurídico. A fin de obtener una cabal comprensión de la voluntad de las partes que intervienen en el acto ya sea éste unilateral, bilateral, inter vivos o mortis causa, es necesario queC ella sea objeto de interpretación. PALABRAS PARTES QUE INTERVIENEN GESTOS CONDUCTAS se analiza de INTERPRETACION (PROCESO INTELECTUAL)
MÓDULO I: CONCEPTO GENERALES / LOS REQUISITOS DE VALIDEZ La Interpretación de los Actos Jurídicos.
Las normas jurídicas de interpretación y la autonomía privada El estudio de la interpretación del acto jurídico, ha generado que se creen diversas teorías, una de ellas da prioridad al texto declarado con exclusión del análisis de la voluntad interna del agente, teoría que se conoce como interpretación subjetiva sobre la base de la declaración exteriorizada. En cambio otra postura analiza la voluntad interna y querida del agente, esta teoría lleva el nombre de interpretación objetiva, la que estudia el afuero interno del agente; así mismo se formuló también una postura mixta que conjuga ambas teorías, la que propugna que al interpretar el acto jurídico se debe analizar tanto el texto declarado como el aspecto subjetivo del agente, basándose en principios interpretativos.
La interpretación como procedimiento regulado
La interpretación como procedimiento regulado
Qué es la integración
Teoría de la interpretación subjetiva Esta teoría trata de conocer la voluntad interna y real del agente. El intérprete debe buscar lo que realmente quiere el declarante, su intención o pensamiento interno, porque el elemento sustancial que da vida el acto jurídico es la voluntad y no la simple declaración del celebrante. Se trata para algunos tratadistas de una teoría de la voluntad. Para llegar a la voluntad real del agente, el intérprete no debe considerar solamente la declaración, sino que debe valorar el contexto social, el comportamiento de las partes previo, simultáneo y posterior al de la celebración del acto jurídico, la finalidad perseguida por las partes y todas las circunstancias que conduzcan a establecer la voluntad real.
Teoría de la interpretación objetiva Sostiene esta teoría, que el objetivo del intérprete es encontrar lo que las partes quisieron, recurriendo a la declaración, con independencia de lo que realmente quiso el agente. Se afirma que la voluntad que permanece en la conciencia del celebrante, es intrascendente para el derecho, no produce efectos jurídicos, por la imposibilidad de encontrar lo que realmente quiso el sujeto. Esta teoría fue desarrollada en la segunda mitad del siglo XIX y sostenida fundamentalmente por Danz , que consideraba que un juez, al interpretar los alcances de un acto jurídico, no tiene para que investigar si existe o no una voluntad interna de las partes, no exteriorizada. El juez intérprete no ve otra cosa que lo que pueden ver también los demás hombres, es decir los hechos comprobados. Algunos tratadistas la conocen como la teoría de la declaración.
MÓDULO I: CONCEPTO GENERALES / LOS REQUISITOS DE VALIDEZ Sistemas de Interpretación de los Actos Jurídicos
Tipos de interpretación Tenemos que partir indicando que nuestro ordenamiento jurídico nos proporciona a los individuos, a través del acto jurídico, la posibilidad de plasmar en un instrumento nuestras propias normas, las cuales van a regir o regular nuestros intereses. A esto se conoce como autonomía privada, lo cual va a regular las relaciones privadas, por tal razón, es necesario interpretarlas. A continuación, las interpretaciones reconocidas por nuestra legislación.
Interpretación objetiva Esta interpretación lo que busca descartar todas las dudas que existan sobre la declaración de voluntad contractual, para lo cual va a dejar de lado la intención con la que las partes contrataron (aspecto subjetivo) y va ir a analizar lo que declararon, otorgándole un sentido y significado producto de un análisis objetivo (lo que se plasmó en el documento). “Artículo 168º.- El acto jurídico debe ser interpretado de acuerdo con lo que se haya expresado en él y según el principio de la buena fe” (Código Civil, p. 131).
Criterio literal
Criterio basado en la buena fe en s. objetivo
Sub-criterio de la interpretación global
Criterio sistemático de interpretación
La interpretación sistemática Esta interpretación consiste en analizar el acto jurídico como un todo, más que literal; es decir, no basta lo que dice el documento, tiene que analizarse la intención de las partes, cuales son los efectos que buscaban al celebrar el acto. Las cláusulas en un contrato no se encuentran puestas al azar o aisladas, se encuentran unas relacionadas con las otras; no buscan contradecirse, sino por el contrario una depende de la otra. Artículo 169º.- Las cláusulas de los actos jurídicos se interpretan las unas por medio de las otras, atribuyéndose a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas
Ejemplo: El testamento es el acto jurídico por el cual una persona dispone de sus bienes y ordena su propia sucesión, dentro de los límites establecidos en la ley, de conformidad al artículo 686 del Código Civil, siendo de aplicación al caso de disposiciones testamentarias dudosas o ambiguas, el artículo 169º del Código Civil que señala que las cláusulas de los actos jurídicos se interpretan las unas por medio de las otras, atribuyéndose a las dudosa el sentido que resulte del conjunto de todas; asimismo, conforme al principio de conservación el testamento se debe optar por aquella interpretación que permita la validez y aplicación del testamento sobre aquella que lo conduce a su inaplicación o ineficacia, siempre y cuando dicha interpretación no resulte incompatible con la voluntad notarial del testador.
Criterio teleológico
Interpretación integral “Artículo 170º.- Las expresiones que tengan varios sentidos deben entenderse en el ms adecuado a la naturaleza y al objeto del acto” (Código Civil, p. 132). Ejemplo: jurisprudencia 1.4. El colegiado, para resolver la controversia de su competencia, debía, en principio, determinar si le asistía o no a la parte accionante derecho de propiedad sobre el bien materia de litis, sin embargo, lejos de determinar ello, la Sala se limita a indicar que tal precisión no le resulta posible por una supuesta” confusa redacción del contrato” y que el derecho de propiedad o no deberá ser determinado en la vía correspondiente, lo cual constituye de un error porque el Colegiado tiene la obligación de interpretar el título del accionante ya sea aplicando el método objetivo, sistemático o teleológico, y previsto en los artículos 168,169 y 170 del Código Civil” (Cas N.º 2080, 2001).
La interpretación teleológica En este tipo de interpretación lo que se busca es que la norma tenga un significado; es decir que se persigue el sentido o al fin para el cual fue creada, teniendo en cuenta que los fines son objetivos. Para realizar esta interpretación se tiene que realizar un análisis hermenéutico; aquí se trata de orientar la búsqueda a descubrir, por ejemplo, se orienta a conocer cuál es la finalidad de lanorma . De esta forma la norma va a lograr resolver conflictos sociales, lograr la paz y, sobre todo, organizar la vida en comunidad. Con esta interpretación hay que tener cuidado, porque muchas veces se puede dar una interpretación de acuerdo a la preferencia del intérprete y no al sentido que tenía la cláusula o el p< zcontrato , ya que primaría la valoración subjetiva a la objetiva. A continuación, para ampliar este tema, pueden realizar la lectura seleccionada sobre interpretación del acto jurídico en el Código Civil de 1984.
Interpretación según los usos y costumbres
Criterio de la interpretación contra el predisponente
Criterios de interpretación nuevos en el Anteproyecto de Reforma de Código Civil Interpretación equitativa