“En el nombre del Nombre eterno, a saber del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Yo
Ramiro, hijo de Sancho, en la era 1097 [año 1059], el 4 de las calendas de agosto [29
julio], en la festividad del apóstol San Bartolomé y cuando enfermé en Anzánigo, hice
este testamento y mandé escribirlo, para que después de mi muerte sea mi tierra para
mi hijo Sancho, hijo de Ermisinda.
Y Sancho, mi primogénito, por orgullo que tuvo, se fue a tierra de moros. Si durante ni
vida volviere a la tierra y ganare mi amor con el amor de su hermano, según sea mi
arbitrio y mi voluntad, así le haré; pero si durante mi vida no volviere a la tierra, luego
no tenga parte de toda mi tierra.
Otrosí, si viniere la muerte al citado Sancho hijo mío e hijo de Ermisinda, y tuviere hijo
varón, a éste queda la tierra. Y si quedare y lo dejare de poca edad, mi hijo García sea
su baile y tenga la tierra y la honor en bailía hasta que tenga edad para tener la honor
y la tierra.
Y si no tuviere hijo, quede aquella a mi hijo García, y a este obedezcan mis barones
con la honor y la tierra.
Y si estos hijos míos vinieren a menos, y Sancho hijo mío e hijo de Ermisinda no
tuviere hijo varón, si tal marido pudieren dar a mi hija Teresa con el que puedan tener
la tierra, los barones obedezcan a este con la honor y la tierra.
Y si tal marido no pudieran darle, a uno de mi familia y raíz, al que mejor vieren los
barones de mi tierra y al que fuere a su arbitrio, a este obedezcan con la honor y la
tierra.
Texto 1:
Testamento del rey Ramiro I de Aragón (Anzánigo, 29 julio 1059)