UNIVERSIDAD SAN PEDRO - HUACHO
LETRA DE CAMBIO
6 DERECHO MERCANTIL III
LETRA DE CAMBIO
I. EVOLUCION HISTORICA DE LA LETRA DE CAMBIO
Unos hacen remontar el origen del título de cambio a los romanos, otros, a los
hebreos expulsados de Francia, a los genoveses, en fin, a los güelfos cuando
fueron desterrados a Francia por los gibelinos. Pero estas aseveraciones no
pasan de ser especulaciones sin bases sólidas.
El título de cambio sólo habría de surgir debido a exigencias económicas que
requerían de un medio apto para satisfacerlas, teniendo en cuenta múltiples
relaciones recíprocas entre individuos y el asentimiento de diversas regiones o
Estados. Estas condiciones se presentaron en la Edad Media y es allí donde
debe encontrarse, si no el origen, por lo menos la difusión del uso de la letra de
cambio, pues era general la necesidad de remitir sumas de dinero a lugares
lejanos. Como las comunicaciones eran difíciles, lo que implicaba peligros, había
que buscar un medio que evitase el envío de numerario.
Mediante un pedazo de papel, fácil de transportar y de ocultar, se evitaba tener
que hacer remesas de dinero. Entregándose sumas de dinero a un cambista,
éste se obligaba a hacerlas pagar por un tercero, en una plaza diferente, a la
persona que se designaba. Con tal fin, expedía, a quien le entregaba el
numerario, una orden escrita para aquel que debía efectuar el pago. El cambista
que recibía el dinero estaba, generalmente, en relaciones de negocios con la
persona (frecuentemente otro cambista) que debía pagar en otra plaza, por lo
que se formaba entre ellos una cuenta de debe y haber, en la que se
compensaba el crédito con el débito, evitándose, así, el transporte de dinero.
Como puede apreciarse, la operación requería la intervención de cuatro
personas: un deudor, que entregaba la suma; un acreedor, a quien debía
efectuarse el pago; un delegante, que asumía el encargo de hacer efectivo el
pago, y un delegado, que lo realizaba.
Con el andar del tiempo, los intervinientes se redujeron a tres: el delegante
ordenaba que el pago se efectuase, no ya al acreedor sino al deudor que
entregaba la suma. Pero este último, debía, si no se trasladaba personalmente
al lugar, designar un mandatario para exigir el título de cambio.