LEY Nº 728 UNIVERSIDAD DE HUÁNUCO FACULTAD CIENCIAS DE LA SALUD ESCUELA ACADEMICA PROFECIONAL DE ENFERMERIA INTEGRANTES : DOCENTE : LIC. REYES PAREDES HECTOR HUILDO Camones Guillen, Susy Dayana ÑAUPA LIPA DAYANARA MAYTE Marín Loarte Cinthya Brenda Jara Espinoza Medalith De la Puente Cantaro, Keyla
¿Qué es la ley 72 8 en el Perú ? La ley N° 728 se conoce también como la ley de productividad y competitividad laboral. Se trata de una legislación muy importante cuyo objetivo principal es propiciar , Garantizar los ingresos de los trabajadores , así como la protección contra el despido arbitrario respetando las normas constitucionales
Régimen laboral de la actividad privada en el sector publico La ley se creo en el gobierno de Alberto Fujimori El régimen laboral de la actividad privada se rige por la ley de fomento del empleo (Dleg 728 promulgado el 8 de noviembre de 1991), fue creada con la finalidad de permitir a los empresarios hacer frente a la crisis económica por la que atravesaba el país.
¿ Cuáles son los beneficios del decreto legislativo 728? De acuerdo con los objetivos que te contamos , los beneficios de la ley 728 son los siguientes : Mejora en los ingresos y productividad : al fomentar la capacitación y formación laboral , las habilidades y competencias de los trabajadores peruanos pueden ser mejores . A su vez , esto puede traducirse en incrementos en sus ingresos debido a una mayor productividad ( si el aumento en el salario depende de ésta ). Reducción de desigualdades : como este decreto 728 facilita la transferencia de personas ocupadas en actividades de baja productividad e ingresos hacia aquellas de mayor productividad , puede contribuir a menos desigualdades económicas . Esta foto de Autor desconocido está bajo licencia CC BY-SA-NC
Protección laboral y garantía de ingresos : por un lado , garantiza los ingresos de los empleados y, también , ofrece protección contra el despido arbitrario , lo que contribuye a la estabilidad laboral y al respeto de los derechos de los trabajadores , conforme a las normas constitucionales . Simplificación normativa : puede simplificar tus procesos administrativos y legales gracias a la unificación de las normas sobre contratación laboral , en el decreto legislativo 728 .
capítulo ll del art. 5 - 10 ¿Qué establece el decreto legislativo 728 sobre los contratos de trabajo? Normas generales Plazo indeterminado: en toda prestación personal de servicios remunerados y subordinados, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado. Remuneración: c omprende íntegramente lo que el trabajador recibe por sus servicios, ya sea en dinero o en especie, siempre que esté bajo su libre disposición. Naturaleza laboral de los servicios: para que un servicio sea considerado como tal, debe ser prestado de manera personal y directa por el trabajador como persona natural.
Subordinación: . ARTÍCULO 9 El trabajador realiza sus tareas bajo la guía del empleador, quien tiene la responsabilidad de establecer las normas y dar instrucciones sobre cómo llevar a cabo el trabajo. Además, el empleador puede aplicar sanciones si se cometen infracciones. Período de prueba El período de prueba, que generalmente dura tres meses según el decreto legislativo 728, puede extenderse si ambas partes lo acuerdan, especialmente si el trabajo requiere capacitación o adaptación. Esta extensión debe constar por escrito, pero no puede ser indefinida: en total, no debe superar seis meses para trabajadores calificados o de confianza, y un año para personal de dirección.
Capítulo III: Suspensión de contrato Según el artículo 11 del decreto legislativo 728, la suspensión del contrato opera cuando “cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar el servicio y la del empleador de pagar la remuneración respectiva”. No obstante, ello no implica que desaparezca el vínculo laboral.
ARTÍCULO 12: MOTIVO DE SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Para el artículo 55º, son contratos de naturaleza accidental: Contrato ocasional. Acuerdo de suplencia. El contrato de emergencia. Contrato por inicio o lanzamiento de una nueva actividad. Contrato por necesidades del mercado. El contrato por reconversión empresarial. En el artículo 56º, son contratos de obra o servicio : El contrato específico. Contrato intermitente. El contrato de temporada. Según el artículo 54º, son contratos de naturaleza temporal: Tipos de contrato:
Fallecimiento: ya sea del trabajador o empleador si es persona natural. En el segundo caso, el trabajador puede convenir en permanecer por un breve tiempo para la liquidación del negocio (el plazo no puede exceder un año). Renuncia o retiro voluntario del trabajador: el empleado debe dar aviso por escrito con 30 días de anticipación. Terminación de la obra o servicio: el cumplimiento de la condición resolutorio y el vencimiento del plazo en los contratos legalmente celebrados. Mutuo disenso: debe quedar por escrito o en la liquidación de beneficios sociales. Invalidez absoluta permanente . Jubilación: es obligatoria para todo trabajador que cumpla 70 años de edad. Despido: para un trabajador de la actividad privada que trabaja 4 o más horas diarias para un mismo empleador, debe haber una causa justa. Capítulo IV: Art. 16 - 22 Extinción del contrato Entre las causas de extinción mencionadas en el decreto legislativo 728, están:
Comisión de falta grave. Condena penal por delito doloso. Inhabilitación del trabajador. Deficiencias físicas, intelectuales, mentales o sensoriales que impiden el desempeño de sus tareas. Rendimiento deficiente. Negativa injustificada del trabajador para someterse a un examen médico previamente convenido o establecido por ley. ARTÍCULO 23- 28 Causas justas de despido Estas causas pueden estar relacionadas con las capacidades o la conducta del trabajador, por ejemplo:
Indemnización laboral Si tienes que despedir a un empleado debido a su conducta o su capacidad, no hay lugar para la indemnización según el decreto legislativo 728. Ahora, si el despido es arbitrario, el trabajador sí tiene derecho al pago de la indemnización como reparación. ¿Cómo se calcula? Equivale a una remuneración y media ordinaria mensual por cada año completo de servicios. Hay un límite máximo de 12 remuneraciones.