sino más bien según su función. Lo primordial es comprender que todos tienen un fin al cual aspiran y que será
correcto, incluso legítimo, habar de que es bueno sólo aquello que lo mueve en pos de ese fin; y no otra cosa.
Por otro lado están los aportes del idealismo Alemán. Por el lado de Kant se nos enseña que la recta
razón, o razón pura, se debe legitimar a sí misma en una dimensión formal exenta de heteronomía experiencial.
Si existen reglas, máximas y normas universales entonces éstas deben ser definidas a priori. Todo aquello que
nazca, a nivel sustantivo y formal, desde fuer, desde lo posteriori, queda absolutamente invalidado, ya que no
podríamos considerar que corresponde, tal vez ontológicamente hablando, a un carácter ínsito en el ser
humano; en tanto es humano. Por otro lado está Hegel, y sus aportes mediante la fenomenología del espíritu.
Aquí se nos expone una espíritu absoluto, un ente universal trans-temporal y trans-espacial, el cual define la
historia del desarrollo mismo del ser humano de forma ulterior respecto de su propio contexto. Aquí el ser
humano se desarrolla más allá de su propia situación puntual, más bien responde a un acercamiento respecto de
un ideal que se enajena de la experiencia empírica en tanto que incita la veleidad y la mutabilidad.
Finalmente está el gran Schiller. Como análisis sintético y sucinto respecto de las demás posturas, éste
alemán propuso una visión de los valores que permanece como absoluto objetivo ajeno a la interferencia
humana. Lo subjetivo no es el valor sino únicamente la forma en lo que lo conocemos en el contexto. La
calidad propia de un valor, cualquiera esa éste, queda definida desde antes que éste valor existe en la realidad
misma. Además hay escalas para clasificar a los mismos, y junto con esto hemos de aprender que no todo nivel
de cognición es ecuánime respecto del conocimiento sobre estos principios, de modo que ducho nivel presente
en mi propia mente es el que define el mismo nivel al cual puedo aspirar sobre la lucidez y vislumbre del valor
respecto del suyo. Mi propio nivel de desarrollo humano me condiciona respecto del nivel de valores a los
cuales puedo aspirar conocer.
La LN planteada en el documento, pienso, es una mezcla sintética y sucinta de todas las posturas recién
expuestas, y por una razón muy sencilla: la propuesta teórica y discursiva de la presente ley coincide a nivel
conceptual e incluso axiomático con cada una de ellas. Si hemos de apropiarnos de los precepto de dicha ley es
caso obvio que primero debemos convertirnos en fieles teleólogos, y pensar que el fin es más importante que la
forma, de otro modo no podríamos hacer corresponder la importancia del desarrollo humano dentro de las
descripciones de a misma. Dios es el absoluto pensante que nos mueve inicialmente, que nos saca del reposo y
nos encamina en la búsqueda de la función propia del ser. Por otro lado está más claro aún que la definición de
la ley está fabricada a priori, y no dentro del mismo contexto frente al cual se enfrenta a persona que lo estudia
o lo analiza. Finalmente, hemos de creer en que todo está hecho para favorecer un orden que se explaya frente
al desarrollo de un absoluto ulterior, que en éste caso es Dios. La validez de la LN es objetiva respecto de la
relación que podamos tener con ella, o nuestra visión sobre ella. Si nos vemos malformados o distorsionado en
nuestra relación con el mismo entonces no podemos, ni debemos, facultarnos con propiedad para criticarla
según la situación; ésta ley trasciende todo éste tipo de contingencias. Sin embargo sí hemos de reconocer que
un camino puede ser más correcto que otro, o conveniente, respecto del contexto en el cual se esté viviendo.
Tan diversas son las formas de manifestarnos en la razón práctica como único el absoluto especulativo que las
rige a todas éstas mediante la recta razón.
La LN es, finalmente, una propuesta muy interesante. Hoy por hoy está de moda la distorsión
consecuencialista del Utilitarismo, y junto con ello las manifestaciones erróneas de una lógica democrática que
simplemente es democratizada en tanto que apela a la expresión, pero jamás a la apropiación de la
responsabilidad en el derecho y deber de poseer un argumento frente a la toma de decisiones. Como forma de
combatir el despotismo voluntarista, el cáncer subjetivista que corroe las concepciones morales y la
absolutización, y también divinización, de la libertad como objeto en sí mismo valorable, ésta ley favorece la
idea de una identidad fuerte, un temple superlativo que sea capaz de enfrentarse a la pérfida cosmovisión actual
de la identidad humana. Debemos rescatar el nivel fenomenológico que las cosas de la vida se merecen. Hemos
de acabar con el fisicalismo y la mera inmanencia espiritual. Llegó la hora de apropiarnos de la real identidad
del ser humano, en tanto es humano, respecto tanto de sus dimensiones empíricas como metafísicas, y
entendiendo que los noúmenos, en tanto que son definidos a priori, pueden, y deben, ser la esencia del carácter
espiritual que describa la línea ulterior de desarrollo de nuestra propia existencia.