Temario
Normativa vigente de los Sistemas de Libros Electrónicos (SLE):
PLE y PORTAL
Nuevos incorporados u obligados a llevar libros y/o registros
electrónicos
Cronogramas de vencimiento 2019
Ejemplo del Registro de Ventas, Compras y Diario Electrónico
Infracciones relacionadas
Versión 5.1 del Programa de Libros Electrónicos
Normatividad Vigente
Res. de
Superintend.
Tema que norma Fecha
Nº 286-2009Dictandisposicionesparalaimplementacióndelllevadooptativode
determinadosLibrosyRegistrosdemaneraelectrónica,medianteelProgramade
LibrosElectrónicos–PLE,apartirdel01/07/2010
30/12/2009
Nº 248-2012ModificanlaRSN°286-2009determinándosealosPRICOScomosujetos
obligadosallevarlibroselectrónicosmedianteelPLE,apartirdel01/01/2013
28/10/2012
Nº 066-2013CreanelSistemadeLlevadodelRegistrodeVentaseIngresosydeComprasde
maneraelectrónicaenSOL(PORTAL)
28/02/2013
Nº 379-2013Establecequelossujetosconingresosmayoresa500UITestánobligadosallevar
losRegistrosdeVentaseIngresosydeComprasdemaneraelectrónica,apartir
del01/01/2014.Seapruebalaversión4.0delPLE.Seapruebanlosplazosde
atrasodelaño2014delRegistrodeVentaseIngresosydeComprasmediantelos
CronogramastipoAyB.
29/12/2013
Nº 247-2014Creael"SistemadeLlevadodelRegistrodeVentaseIngresosydeComprasde
maneraelectrónica(SLEPORTAL).SustituyeAnexosN°1,2,3y4eincorporael
AnexoN°5"Reglasgeneralesdelainformacióndeloscomprobantesdepago.
05/08/2014
Libros Electrónicos: normativa vigente
Libros Electrónicos: normativa vigente
Res. de
Superintend.
Tema que norma Fecha
Nº 390-2014Establecequelossujetosconingresosmayoresa150UITestánobligadosallevar
losRegistrosdeVentaseIngresosydeComprasdemaneraelectrónica,apartir
del01/01/2015.Seapruebanlosplazosdeatrasodelaño2015delRegistrode
VentaseIngresosydeComprasmediantelosCronogramastipoAyB.
30/12/2014
Nº 018-2015Establecequelossujetosconingresosmayoresa75UITestánobligadosallevar
losRegistrosdeVentaseIngresosydeComprasdemaneraelectrónica,apartir
del01/01/2016.
23/01/2015
Nº 169-2015ModificanlaRSN°286-2009yN°066-2013yapruebalaversión5.0.0delPLE 30/06/2015
Nº 361-2015PrecisansujetosobligadosallevarlosRegistrosdeVentaseIngresosyde
Comprasdemaneraelectrónica,establecennuevossujetosobligadosallevarlos
dedichamaneraymodificanlasnormasqueregulanlossistemasatravésdelos
cualessecumpleconlaobligacióndellevarlibrosyregistrosdemanera
electrónicaafindefacilitarsuaplicación(SeparataEspecial)
30/12/2015
Nº 360-2015EstablecenCronogramasparaelcumplimientodelasobligacionestributariaylas
fechasmáximasdeatrasodelregistrodeVentaseIngresosydeCompras
generadosmedianteelSLE-PLEoelSLE-PORTAL,correspondientesalaño2016
31/12/2015
Libros Electrónicos: normativa vigente
Res. de
Superintend.
Tema que norma Fecha
Nº 312-2017Establecequeaquellossujetosquehubierenrealizadoy/orealicenporlomenos
unaoperacióndeexportaciónestánobligadosallevarlosRegistrosdeVentase
IngresosydeComprasdemaneraelectrónica.
27/11/2017
Nº 341-2017EstablecenCronogramasparaelcumplimientodelasobligacionestributariaylas
fechasmáximasdeatrasodelregistrodeVentaseIngresosydeCompras
generadosmedianteelSLE-PLEoelSLE-PORTAL,correspondientesalaño2018
28/12/2017
Nº 042-2018ModificanlaRSN°286-2009yN°169-2015yapruebalaversión5.1.delPLE 01/03/2018
Nº306-2018EstablecenCronogramasparaelcumplimientodelasobligacionestributariaylas
fechasmáximasdeatrasodelregistrodeVentaseIngresosydeCompras
generadosmedianteelSLE-PLEoelSLE-PORTAL,correspondientesalaño2019.
28/12/2018
Nº315-2018ModificanlaresolucióndesuperintendenciaN.°042-2018/SUNATenloreferidoa
loscódigosautilizarparalaidentificacióndelasexistenciasendeterminados
librosyregistrosvinculadosaasuntostributariosllevadosdemaneraelectrónica
28/12/2018
Sistemasde LibrosElectrónicos-SLE
Registro de Compras
Portal
SLE
PORTAL
Registro de Ventas
Portal
Registrode VentasPortal
Registro de Ventas Portal
Registro de comprobante
de pago físico
Consultas, modificaciones y
bajas de CdPFísico
Importación de
comprobantes de pago
físico
Generación de Registro de
Venta Electrónico
Descarga del registro de
venta electrónico
Registrode ComprasPortal
Registro de Compras Portal
Importación de comprobantes de
pago físico
Generación de Registro de Compras
Electrónico
Descarga de Registro de Compras
Electrónico
Sistemade LibrosElectrónicos-SLE
SLE
PLE
CÓD.NOMBRE O DESCRIPCIÓN
1LIBRO CAJA Y BANCOS
3LIBRO INVENTARIO Y BALANCES
4
LIBRODE RETENCIONES INC. E Y F DEL ART. 34 DE LA
LIR
5LIBRODIARIO
5ALIBRODIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
6LIBRO MAYOR
7REGISTRODE ACTIVOS FIJOS
8REGISTRO DE COMPRAS
9REGISTRO DE CONSIGNACIONES
10REGISTRO DE COSTOS
12
REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN
UNIDADES FÍSICAS
13
REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE
VALORIZADO
14REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
Sistemade LibrosElectrónicos-SLE
El Programa de Libros Electrónicos • –PLE no es un software contable.
•Principal insumo: Archivos en formato de texto (TXT).
•No se envía el Libro Electrónico (archivo de texto).
•Sólo se envía un Resumen del Libro Electrónico (que incluye el ͞hash͟
correspondiente).
•El Resumen del RVI y del RC: incluye el detalle de los CdPque dan derecho al uso
de crédito fiscal.
SLE PLE
Funcionalidadesdel PLE
Tiene las siguientes funcionalidades:
Validar,la información de cada libro generada en
formato txtyEnviara la SUNAT la declaración
informativa denominada “Resumen”.
Verificar,estaopciónsirveparaverificarsilos
archivostxt,sonlosremitidosalaSUNAT,yporlo
tantosonlosLibrosy/oRegistrosgenerados,porlos
cualesselegenerólaConstanciadeRecepción
respectiva.
Historial,donde se muestra una consulta de los
libros generados.
Visor,atravésdeestaopciónpuedeverlas
ConstanciasdeRecepcióngeneradas.
Anotacionesen el PLE
ElContribuyente:
•DebeanotarlasoperacionesquecorrespondanenelLibroElectrónicoa
partirdelmesporelcualfueincorporado,obligadooseafilió
voluntariamente.
•DebecerrarelLibroy/oRegistrollevadoenformafísica(manualoen
hojassueltasocontinuas)correspondientealmesanterioralLibro
ElectrónicoporelcualsegeneróelprimerenvíodelResumen.
Resumen del Libro Electrónico -PLE
El•envíodelResumen,queseproduceautomáticamenteconla
generacióndelLibroElectrónico,deberáefectuarseunasolavezluego
dehaberfinalizadoelmesoejercicio.
•DebepresentarseantelaSUNATlainformacióndeloscomprobantes
depagoquedanderechoalusodelcréditofiscalyqueseanotaranen
elRVIyenelRC,laqueseentenderácumplidaconlageneración
del ͞ResumenFacturas,N/C,N/D,TicketsyRecibosdeServicios(que
tienenasociadosunRUC).
Resumen de los Sujetos que llevan Libros Electrónicos
1. Incorporados
PRICOS
RVI + RC
Enero 2013
LD + LM
Junio 2013
ANUAL:LibrodeInventariosyBalances,
RegistrodeCostos,RegistrodeActivos
Fijos
MENSUAL:RegistrodeConsignaciones,
LibrodeInventarioPermanenteen
UnidadesFísicas
SEMESTRAL:LibrodeInventario
PermanenteValorizado
2. Obligados:
RG -MEPECOS
Ingresos
mayores a
500 UIT
RVI + RC
Enero 2014
3. Obligados
MEPECOS
Ingresos
mayores a
150 UIT
RVI + RC
Enero 2015
4. Obligados
MEPECOS
Ingresos
mayores a 75
UIT
RVI + RC
Enero 2016,
2017
5. Afiliados PLE
Voluntarios
PLE
RVI + RC
6. Generadores
Portal
Voluntarios
Portal
RVI + RC
Obligados Voluntarios
Solo para IPCN -2016: Con ingresos igual o
mayor a 3,000 UITsdel ejercicio anterior
(Año 2015 S/ 11´550,000.00 )
Contribuyentes que hubieran
realizado por lo menos una
operación de exportación RVI+RC
enero 2018 (RS. 312-2017/SUNAT
NUEVOS INCORPORADOS U
OBLIGADOS A LLEVAR LIBROS Y/O
REGISTROS ELECTRÓNICOS A PARTIR
DEL 2019
NuevosSujetosOBLIGADOS a llevarLibros
Electrónicos(RVI –RC)
OBLIGADOS
Reg. de Ventas
y Reg.de
Compras
Libro Diario y
Libro Mayor
Losquenohayansidoincorporadososehayanafiliado
alSLE-PLEohayangeneradolosregistrosenelSLE-
PORTAL,esténacogidosalRGoalRERyquehayan
obtenidoingresosigualesomayoresa75UITentrelos
mesesdemayodelañoprecedentealanterioryabril
delañoanterior.
Paratalefecto,laUITaplicableesladelañoprecedente
alanterioraldeliniciodelaobligación.
Seconsideraránlosmontosdeclaradosenlascasillas
100,105,106,109,112y160delPDT621y/olacasilla
100delFV621-SimplificadoIGV-RentaMensual.
Setomanencuentalasrectificatoriasquehayansurtido
efectoal31demayodelañoanterioraldeliniciodela
obligación.
Desde el 1 de
Enero de cada
año
No es
obligatorio
Ejemplo: Obligadosal 2019
2017 2018 2019
Año de la obligaciónAño anteriorAño precedente al anterior
DDJJ
Mayo
2017
Ingresos iguales o mayores a 75 UIT
…..…..
DDJJ
Abril
2018
Registro de Ventas e
Ingresos Electrónico
UIT 2017 = 4,050
75 UIT = 303,750
Registro de Compras
Electrónico
NOTA:ElArt.88.2delCTseñalaqueladeclaraciónrectificatoriasurtiráefectoconsupresentaciónsiemprequedetermineigualomayor
obligación.Encasocontrario,surtiráefectossidentrodeunplazode45díashábilessiguientesasupresentaciónlaAdministración
Tributarianoemitierapronunciamientosobrelaveracidadyexactituddelosdatoscontenidosenella,sinperjuiciodelafacultaddela
AdministraciónTributariadeefectuarlaverificaciónofiscalizaciónposterior.
DDJJ Rectificatorias(+): Efecto: el mismo día
DDJJ Rectificatorias(-): Efecto 45 días hábiles
30 de abril
31 de
mayo
Se precisa la fecha de las rectificatoriaspara
determinar el universo de obligados
Paraelejercicio2019,lossujetosqueentreel01demayode2017(año
precedentealanterior)al30deabrilde2018(añoanterior)hayan
obtenidoingresosigualesomayoresa75UIT.Paratalefecto:
•Se utiliza como referencia la UIT vigente para el ejercicio 2017 (año
precedente al anterior).
Se•consideranlosmontosdeclaradosenlascasillas100,105,106,109,
112y160delPDT621IGV-RentaMensualy/olacasilla100delPDT621
–SimplificadoIGV–RentaMensualpresentadas,incluyendolas
declaracionesrectificatoriasdelosperíodosinvolucradosquese
hubieransurtidoefectoal31demayode2018(añoanterior).
NuevosSujetosOBLIGADOS a llevarLibros
Electrónicos
(*) Operación de exportación a que se refiere el quinto párrafo o los numerales 4, 6, 9, 10, 11 y 12 del artículo 33 de la Ley
del IGV, según lo señala la RS 312-2017/SUNAT y normas modificatorias.
OBLIGADOS
Reg. de Ventas
y Reg.de
Compras
Libro Diario
y Libro
Mayor
Contribuyentesquehubierenrealizadoporlomenosuna
operacióndeexportación(*)enelperíodocomprendido
entreel1desetiembrede2017yel31dediciembrede2017
yqueal01/01/2018:
▪SeencuentrenacogidosalRégimenGeneral,delRégimen
MYPETributarioodelRER;y,
▪SeencuentreninscritosenelRUCconestadoactivo.
Sedebeentenderquelaoperacióndeexportaciónserealiza
enlafechaenqueconformealoprevistoenelReglamento
deComprobantesdePagocorrespondeemitirlafacturaque
lasustenta.(*)
A partir del 01
de Enero del
2018
No es
obligatorio
NuevosSujetosOBLIGADOS a llevarLibros
Electrónicos
OBLIGADOS
Reg. de Ventas
y Reg.de
Compras
Libro Diario
y Libro
Mayor
Contribuyentesquerealicenlaprimeraoperaciónde
exportación(*)apartirdel1deenerode2018yqueenese
día:
▪SeencuentrenacogidosalRégimenGeneralodel
RégimenMYPETributarioodelRER
▪SeencuentreninscritosenelRUCconestadoactivo.
Sedebeentenderquelaoperacióndeexportaciónserealiza
enlafechaenqueconformealoprevistoenelReglamento
deComprobantesdePagocorrespondeemitirlafacturaque
lasustenta.(*)
A partir del
primer día del
período en el
que realicen la
primera
operación de
exportación
No es
obligatorio
(*) Operación de exportación a que se refiere el quinto párrafo o los numerales 4, 6, 9, 10, 11 y 12 del artículo 33 de la Ley
del IGV, según lo señala la RS 312-2017/SUNAT y normas modificatorias.
NuevosSujetosOBLIGADOS a llevarLibros
Electrónicos
OBLIGADOS
Reg. de Ventas y Reg.de
Compras, Libro Diario y Libro
Mayor
Libro de inventariosy Balances, Registro de
Activos Fijos, Registro de Consignaciones,
Registro de Costos, Registro de Inventario
Permanente en Unidades Físicas y Registro de
Inventario Permanente Valorizado
Losnuevos Principales Contribuyentes
Nacionales (IPCN) que sean designados
mediante Resolución de
Superintendencia
Desde elprimer día calendario del
cuarto mes siguiente a aquel en
que entre en vigencia la Resolución
de Superintendencia que lo
incorpore a la Intendencia de
Principales Contribuyentes
Nacionales (IPCN).
Desdeelprimerdíacalendariodelcuartomes
siguienteaaquelenqueentreenvigenciala
ResolucióndeSuperintendenciaqueloincorporea
laintendenciadePrincipalesContribuyentes
Nacionales(IPCN),siemprequeseencuentren
obligadosallevarlosdeacuerdoalasnormasdela
LeydelImpuestoalaRentaysusingresosbrutos
enelejercicioanterior,seanigualesomayoresa
3,000UIT(*).
Losnuevos Principales Contribuyentes
que sean designados mediante
Resolución de Superintendencia
Desdeel primer día calendario del
cuarto mes siguiente a aquel en
que entre en vigencia la Resolución
de Superintendencia que lo
designe como Principal
Contribuyente.
(*) Considerar UIT vigente en el ejercicio anterior.
Cronogramas de
vencimientos 2019
Cronogramas
CRONOGRAMA TIPO A –FECHA MÁXIMA DE ATRASO DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL
REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS -ENERO A DICIEMBRE 2019
Cronogramas
CRONOGRAMA TIPO B –FECHA MÁXIMA DE ATRASO DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL
REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS -ENERO A DICIEMBRE 2019
Ejemplo de un Registro de
Ventas e Ingresos
Electrónicos
LosEstados(ÚltimaColumna de
cadaLibroy/oRegistroElectrónico)
Anotación del Registro de Ventas e Ingresos
Electrónico (RVI)
Periodo: Abril 2019
CUO Nro.
Corre-
lativo
Tipo
CdP
SerieNúmero BI IGV
0914 M1 010001 055 10,000.001,800.00
0919 M3 010001 056 1,000.00180.00
0934 M2 010001 057 10,000.001,800.00
0939 M1 010001 059 10,000.001,800.00
0000 M1 030001 01212
0000 M2 030001 01213
Periodo
20190400
20190400
20190400
20190400
20190400
20190400
Estado
1
1
1
1
2
2
Observaciones:
•Estado1:laanotacióncorrespondealmesdeemisióndelCdP(Abril2019).
•Estado2:anotacióndelCdPanulado(BoletadeVentaN°001-1212)delmesdeAbril2019.Sinohay
asientocontable,sedebeanotarcomoCUO:0000yelcorrelativocorrespondiente(conM).
•SedetectóunerrorenlaFacturaN°0001-056quefueemitidaporS/10,000(BI)+1,800(IGV).
•SeomitióregistrarlaFacturaN°0001-058quefueemitidaporS/10,000(BI)+1,800(IGV).
Rectificación del Registro de Ventas e Ingresos
Electrónico (RG)
0935 M5 01001 056 10,000.001,800.00
CUO Nro.
Corre-
lativo
Tipo
CdP
Serie Número BI IGV
1004 M1 010001068 10,000.001,800.00
1100 M4 01E001001 10,000.001,800.00
1122 M3 080001024 100.00 18.00
1131 M2 070001013 -200.00 -36.00
Periodo
20190600
20190600
20190600
20190600
Estado
1
1
1
1
20190400 9
20190400 0919 M3 01001 058 10,000.001,800.00 8
Observaciones:
•Estado1:laanotacióncorrespondealmesdeemisióndelCdP(Junio2019).
•Estado8:SeanotaelCdPomitido(FacturaN°0001-058)deunmesanterior(Abril2019).
•Estado9:Secorrigelainformacióndeunmesanterior(Abril2019)contodalaanotación
correcta.SedebehacerreferenciaalCUOdelasientodelLibroDiarioquecorresponda.
Ejemplo de un Registro de
Compras Electrónico
LosEstados(ÚltimaColumna de
cadaLibroy/oRegistroElectrónico)
Anotación del Registro de Compras Electrónico (RER)
CUO N°.
Corre
lativo
Fecha de
emisión
Tipo
de
CdP
SerieNúmero BI IGV Total
0234M305/04/2019010001 015 40,000.007,200.0047,200.00
0287M515/04/201900 3356 20,000.003,600.0023,600.00
0287M215/04/201991 0867 20,000.00
0395M125/04/201907000103994 -300.00-54.00-354.00
0122M702/05/20180100010843910,000.001,800.0011,800.00
0027M231/03/201801000106542 100.00 18.00118.00
0003M101/03/201901000103221 3,000.00540.003540.00
Periodo
20190400
20190400
20190400
20190400
20190400
20190400
20190300
Estado
1
1
0
1
6
7
9
•Estado0:laanotación(sinefectoenelIGV)correspondealperiodo.Enestecasoseanotalaoperacióndeun
servicioprestadoporunnodomiciliado.Enlalíneaanteriorseanotóelformulariovirtualquedaderechousar
elcréditofiscal.
•Estado1:LaanotacióndelCdPcorrespondealmesdeemisión(Abril2019).
•Estado6:ElCdPesanterioralmesdeclarado,perodentrodelos12mesessiguientesasuemisión.
•Estado7:ElCdPesanterioralmesdeclarado,perofueradelos12mesessiguientesasuemisión.
•Estado8:NoexisteenelRegistrodeCompras.
•Estado9:CorrigelainformacióndeunCdPdemesesanteriores.
Ejemplo de un Libro
Diario Electrónico
Estructura
Situación 1: Referencia del CUO de una operación de
ventas en el RVI
Situación 2: anotación de unaoperación
de compra en el LibroDiario
Cambiosdelaversión5.1delPLE
La Versión de 5.1 del PLE incluye los siguientes ajustes:
A partir del 01.03.2018 se hace opcional la utilización del Catálogo Único de Bienes,
Servicios y Obras (CUBSO), en los siguientes casos:
Campo 5 del ítem 3.7 LIB –Detalle del Saldo de la Cuenta 20 –Mercaderías y la Cuenta
21 –Productos Terminados
Campo 6 del ítem 7.1 RAF –Detalle de los Activos Fijos Revaluados y No Revaluados
Campos 8 de los ítems 12.1 RIPUF –Detalle del Inventario Permanente en Unidades
Físicas y 13.1 RIPV –Detalle del Inventario Valorizado.
Principales infracciones en el
llevado de Libros Electrónicos
Infracción Descripción Sanción
Sanción según
tabla
Forma de subsanar la infracción para gozar de
la gradualidad (*)
I II
Voluntaria Inducida
Sin
pago
Con
pago
Sin
pago
Con
pago
Si se cumple con los
criterios de
subsanación y pago
culminado el plazo
otorgado por SUNAT y
hasta el 7 día hábil
posterior a la
notificación de la
Resolución de
Ejecución Coactiva.
Artículo
175, num.
1
Omitir llevar los libros
de contabilidad, u otros
libros y/o registros
exigidos por las leyes,
reglamentos o por
Resolución de
Superintendencia de la
SUNAT u otros medios
de control exigidos por
las leyes y reglamentos.
Multa:
tabla I y
II
0.6 %
de los
IN
0.6 %
de los
IN
No aplica50%70%
40%
(Solo para libros y/o
registros electrónicos)
IN:TotaldeVentasNetasy/oingresosporserviciosyotrosingresosgravablesynogravablesoingresosnetosorentasnetascomprendidosenunejercicio
gravable.
Nota10delCT:CuandolasanciónaplicadasecalculeenfunciónalosINanualesnopodrásermenora10%delaUITnimayora25UIT.
(*)RégimendeGradualidadestablecidaenlaRSNº063-2007/SUNAT,modificadaporlaRSNº106-2018/SUNAT.
La rebaja del 40% no se aplica para el infractor:
a)ComprendidoenelanexoJdelaR.S.Nº300-2014/SUNAT,enelanexodelaR.S.Nº
192-2016/SUNAToenelanexoIdelaR.S.Nº155-2017/SUNAT.
b)QuealafechaenqueseacogealRégimentengadeudapendientedepagoporelIGV
poralgúnperiodoporelcualhubieravencidolaprórrogadelplazodepagooriginala
queserefiereelnumeral3delartículo8delRLIGV.
c)QueseencuentreomisoalapresentaciónmensualdeladeclaracióndelIGV-Rentapor
losúltimos6períodosvencidosanterioresalafechaenqueseacogealRégimen.Para
talefecto,seconsideraqueelinfractorseacogealRégimencuandocumpleconel(los)
criterio(s)degradualidad.
Régimen de Gradualidad-Anexo II
TENER EN CUENTA
InfracciónDescripciónSanción
Sanción
según tabla
Forma de subsanar la infracción para gozar de la
gradualidad (*)
I II
Voluntaria Inducida
Sin
pago
Con
pago
Sin
pago
Con
pago
Si se cumple con los criterios de
subsanación y pago culminado el
plazo otorgado por SUNAT y
hasta el 7 día hábil posterior a la
notificación de la Resolución de
Ejecución Coactiva.
Artículo
175, num.
2
Llevarloslibrosde
contabilidad,uotros
librosy/oregistros
exigidosporlasleyes,
reglamentos opor
Resolución de
Superintendenciadela
SUNAT, elregistro
almacenable de
informaciónbásicau
otrosmediosdecontrol
exigidosporlasleyesy
reglamentos; sin
observarlaformay
condiciones
establecidasenlas
normas
correspondientes.
Multa:
tabla I y
II
0.3%
de los
IN
0.3%
de los
IN
80%90%50%70%
40%
(Solo para libros y/o
registros electrónicos)
Nota11delCT:CuandolasanciónaplicadasecalculeenfunciónalosINanualesnopodrásermenora10%delaUITni
mayora12UIT.
(*)RégimendeGradualidadestablecidaenlaRSNº063-2007/SUNAT,modificadaporlaRSNº106-2018/SUNAT.
¿Aplica este numeral si el contribuyente
sigue llevando su RVI de manera física?
InfracciónDescripciónSanción
Sanción
según tabla
Forma de subsanar la infracción para gozar de la
gradualidad(*)
I II
Voluntaria Inducida
Sin
pago
Con
pago
Sin
pago
Con
pago
Si se cumple con los criterios de
subsanación y pago culminado el
plazo otorgado por SUNAT y
hasta el 7 día hábil posterior a la
notificación de la Resolución de
Ejecución Coactiva.
Artículo
175, num.
5
Llevarconatrasomayor
alpermitidoporlas
normas vigentes,los
librosdecontabilidadu
otroslibrosoregistros
exigidosporlasleyes,
reglamentos opor
Resolución de
Superintendenciadela
SUNAT,quesevinculen
conlatributación.
Multa:
tabla I y
II
0.3%
de los
IN
0.3%
de los
IN
80%90%50%70%
40%
(Solo para libros y/o
registros electrónicos)
Nota11delCT:CuandolasanciónaplicadasecalculeenfunciónalosINanualesnopodrásermenora10%delaUITni
mayora12UIT.
(*)RégimendeGradualidadestablecidaenlaRSNº063-2007/SUNAT,modificadaporlaRSNº106-2018/SUNAT.
Incorporación del Numeral 10 del artículo 175 del CT
(10)CUANDOLASANCIÓNAPLICADASECALCULEENFUNCIÓNALOSINANUALES
NOPODRÁSERMENORAL10%DELAUITNIMAYORA25UIT,SALVOENELCASODE
LASINFRACCIONES VINCULADAS ALBENEFICIARIOFINALAQUESEREFIEREEL
NUMERAL15.3DELARTÍCULO87DELPRESENTECÓDIGOTRIBUTARIO,ENLAQUE
LAMULTA NOPODRÁ SERMENOR A5UITNIMAYOR A50UIT.
NOTA MODIFICADA PORLAPRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
MODIFICATORIADELDECRETOLEGISLATIVON°1372,PUBLICADOEL02AGOSTO
2018.