LaSUNATestáfacultadaa
establecerlosrequisitos,
características,contenido,
formaycondicionesenque
deberáserllevadosel“Libro
deRetencionesincisose)y
f)delArt.34°LlR”,el
RegistrodeActivosFijos,el
RegistrodeCostos,el
Registro de Inventario
PermanenteenUnid.Físicas
yelRegistrodeInventario
PermanenteValorizado.
Art.21°inc.j),art.22°Inc.f)yelart.35°
Inc.h)delRLIR
LaSUNATestáfacultadaa
travésdeuna RS,a
establecerotrosrequisitosdel
RegistrodeConsignaciones,
RegistrodeVentaseIngresos
ydelRegistrodeCompras,
cuya inobservancia no
acarrearálapérdidadel
créditofiscal.
Art.10°num.1delRLIGV
MARCO LEGAL
Impuesto a la Renta e IGV
Losobjetivossonregularenunsolocuerpolegaltodolo
vinculadoaLibrosyRegistrosvinculadosaasuntostributarios:
Elprocedimientodeautorización.
Laformaenquedeberánserllevados.
Losplazosmáximosdeatraso.
Lapérdidaodestruccióndelosmismos.
Lainformaciónmínimayformatosquelosintegran.
Lasnormasqueregulenloslibrosyregistrosexigidosporla
LeydelImpuestoalaRenta.
EstablecerotrosrequisitosdelosRegistrosde
Consignaciones,deVentaseIngresosydeCompras.
Selogróconunasolanorma,regulartodoslosaspectos
formalesysimplificarlasobligacionesdelasMYPE’s.
OBJETIVOS DE LA RS 234 -
2006/SUNAT
CapituloI:Definiciones
CapituloII:Delprocedimientodeautorización
CapituloIII:Delaformaquedebenserllevados
CapituloIV:Delosplazosmáximosdeatraso
CapituloV:Delapérdidaodestrucción
2007
2009
CapituloVI:DelaContabilidadCompleta
CapituloVII:Delainformaciónmínima-Formatos
Anexos,TablasyFormatos
VIGENCIA DE LA RS 234 -
2006/SUNAT
Resoluciones de Superintendencia (RS):
RS Nº 077-98/SUNAT: Sociedades que modifican
razón social.
RS Nº 078-98/SUNAT: Plazos de atraso de libros y
registros.
RS Nº 132-2001/SUNAT: Relación de libros a ser
legalizados y formalidades vinculadas.
NORMAS DEROGADAS
PROCEDIMIENTOS DE
AUTORIZACIÓN
LEGALIZACIÓN DE
LIBROS Y REGISTROS
CASO ACCIÓN
Legalización en
general
Legalizan los notarios o, a falta de éstos, los jueces
de paz letrados o jueces de paz.
Notario o Juez
de la provincia
Donde se encuentre ubicado el domicilio fiscal del
deudor tributario.
Tratándose de
las provincias
de Lima y
Callao,
Porlosnotariosojuecesdecualquieradedichas
provincias.
Losnotariosojuecescolocaránunaconstanciaenlaprimerahojade
losmismosysellarátodaslashojasdellibrooregistro,lasmismas
quedeberánestardebidamentefoliadas,inclusocuandoselleven
utilizandohojassueltasocontinuas.
LEGALIZACIÓN
¿PROVINCIA?
a.Número de legalización, asignado por el notario o juez, según sea
el caso.
b.Apellidos y nombres, denominación o razón social del deudor
tributario, según sea el caso.
c.Número de RUC.
d.Denominación del libro o registro.
e.Fecha de la incautación del libro o registro anterior de la misma
denominación y la autoridad que ordeno la diligencia de ser el
caso.
f.Número de folios de que consta.
g.Fecha y lugar en que se otorgue.
h.Sello y firma del notario o juez, según sea el caso
IMPORTANTE: Los notarios y jueces llevarán un registro cronológico
de las legalizaciones que otorguen.
CONTENIDO DE LA
CONSTANCIA DE
LEGALIZACIÓN
LIBROS O REGISTROS PRESENTAR
Que se lleven utilizando
hojas sueltas o continuas
El último folio legalizado por notario del libro
o registro anterior.
Llevados en forma
manual
Acreditar que se ha concluido con el anterior
Incautación Presentar el documento en el que conste la
referida diligencia por la autoridad
competente. En caso de ser devueltos, deben
ser cerrados inmediatamente.
Perdidos o destruidos por
siniestro, asalto u otros
Comunicación correspondiente a la SUNAT
dentro del plazo de quince (15) días hábiles
establecido en el Código Tributario,
adjuntando copia certificada de la denuncia
policial.
LEGALIZACIÓN DEL
SEGUNDO Y SIGUIENTES
LIBROS Y REGISTROS
Libros y Registros
hojas sueltas
o continuas
Empastarse
hasta por un
ejercicio gravable
Máximo dentro de los
4 primeros meses del
ejercicio gravable siguiente.
Si las hojas utilizadas
son menor a 20
Empastarse hasta por 2
o más ejercicios gravables
(OJO: hasta completarse 20)
EMPASTE DE LOS LIBROS Y
REGISTROS
No utilizadas
Registro del Ejercicio
Inmediato siguiente
Varios Tomos
Incluir fotocopia del Folio
con la legalización
Anuladas
También se empastan,
inutilizándolas
FORMAS DE LLEVADO
DE LIBROS Y REGISTROS
DATOS DE CABECERA
Contarcondatosdecabecera:Denominación,periodo,
apellidosynombresorazónsocialyRUC.
FORMATO 5.1: "LIBRO DIARIO"
PERÍODO: AGOSTO 2011
RUC: 20151236598
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN
SOCIAL: Comercial“El Torero” SAC
NÚMERO
CORRELA
TIVO
FECHA DE
LA
OPERACIÓN
GLOSA O
DESCRIPCION DE LA
OPERACION
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA
OPERACIÓN
MOVIMIENTO
CÓDIGO
DEL
LIBRO
NÚMERO
CORRELA
TIVO
NÚMERO DEL
DOCUMENTO
SUSTENATORIO
CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
LIBRO DIARIO
PreviacomunicaciónalaSUNATdedichocambio,segúnlo
establecidoenlaRSNº210-2004/SUNATymodificatorias-
ReglamentodelaLeydelRUC,podráoptarpor:
1.Seguirutilizandoloslibrosyregistrosconladenominacióno
razónsocialanteriorhastaqueseterminen,peroconsignando
adicionalmente, mediante algúnmedio mecanizado,
computarizadoounsellolegible,lanuevadenominacióno
razónsocial,sinsuperponersealaanterior.
2.Tambiénpodránoptarporabrirnuevoslibrosyregistros,para
locualdeberánacreditarsealnotariohabercerradoloslibros
yregistrosuhojassueltas.
MODIFICACIÓN DE LA
DENOMINACIÓN O RAZÓN
SOCIAL
Contenerelregistrodesusoperaciones:enorden
cronológico,correlativo,demaneralegible,sinespaciosni
líneasenblanco,interpolaciones,enmendaduras,niseñales
dehabersidoalteradas.
REGISTRO DE LAS
OPERACIONES
Se debe utilizar el Plan Contable vigente (PCGE)
REGISTRO DE LAS
OPERACIONES
FORMATO 5.1: "LIBRO DIARIO"
PERÍODO: AGOSTO 2011
RUC: 20151236598
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN
SOCIAL: Comercial“El Torero” SAC
NÚMERO
CORRELA
TIVO
FECHA DE
LA
OPERACIÓN
GLOSA O
DESCRIPCION DE LA
OPERACION
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA
OPERACIÓN
MOVIMIENTO
CÓDIGO
DEL LIBRO
NÚMERO
CORRELA
TIVO
NÚMERO DEL
DOCUMENTO
SUSTENATORIO
CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
1 10/08/2011Compra Mercadería 5 1 001-580 601 Compras -Mercaderías 1,800.00
1 10/08/2011 Compra Mercadería 5 1 001-580 40111 IGV 324.00
1 10/08/2011Compra Mercadería 5 1 001-580 421 Facturas por Pagar 2,124.00
2 10/08/2011 Ingreso al Almacén 13 2 201 Mercaderías 1,800.00
2 10/08/2011 Ingreso al Almacén 13 2 611 Variac. Existenc. Mercad 1,800.00
3 10/08/2011 Pago de Factura 1 3 421 Facturaspor Pagar 2,124.00
3 10/08/2011 Pago de Factura 1 3 101 Caja 2,124.00
VAN 6,048.00 6,048.00
Paralosdeudorestributariosqueenel
ejercicioanteriorhayanobtenidoingresos
brutoshastacien(100)UITs.
3 dígitos
como
mínimo
Paralosdeudorestributariosqueenel
ejercicioanteriorhayanobtenidoingresos
brutosmayoresacien(100)UITs.
4 dígitos
como
mínimo
PLAN CONTABLE VIGENTE
Seemplearáncuentascontablesdesagregadasanivelde:
Totalizandosusimportesporcadafolio,columnaocuentacontable
hastaobtenereltotalgeneraldelperíodooejerciciogravable,según
corresponda:VANyVIENEN.
REGISTRO DE LAS
OPERACIONES
FORMATO 5.1: "LIBRO DIARIO"
PERÍODO: AGOSTO 2011
RUC: 20151236598
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN
SOCIAL: Comercial“El Torero” SAC
NÚMERO
CORRELA
TIVO
FECHA DE
LA
OPERACIÓN
GLOSA O
DESCRIPCION DE LA
OPERACION
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA
OPERACIÓN
MOVIMIENTO
CÓDIGO
DEL LIBRO
NÚMERO
CORRELA
TIVO
NÚMERO DEL
DOCUMENTO
SUSTENATORIO
CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
1 10/08/2011Compra Mercadería 5 1 001-580 601 Compras -Mercaderías 1,800.00
1 10/08/2011 Compra Mercadería 5 1 001-580 40111 IGV 324.00
1 10/08/2011Compra Mercadería 5 1 001-580 421 Facturas por Pagar 2,124.00
2 10/08/2011 Ingreso al Almacén 13 2 201 Mercaderías 1,800.00
2 10/08/2011 Ingreso al Almacén 13 2 611 Variac. Existenc. Mercad 1,800.00
3 10/08/2011 Pago de Factura 1 3 421 Facturaspor Pagar 2,124.00
3 10/08/2011 Pago de Factura 1 3 101 Caja 2,124.00
VAN 6,048.00 6,048.00
Denorealizarseoperacionesenundeterminadoperíodoo
ejerciciogravable:“SINOPERACIONES”.
REGISTRO DE LAS
OPERACIONES
FORMATO 5.1: "LIBRO DIARIO"
PERÍODO: AGOSTO 2011
RUC: 20151236598
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL:
Comercial“El Torero” SAC
NÚMERO
CORRELA
TIVO
FECHA DE
LA
OPERACIÓN
GLOSA O
DESCRIPCION DE LA
OPERACION
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA
OPERACIÓN
MOVIMIENTO
CÓDIGO
DEL
LIBRO
NÚMERO
CORRELA
TIVO
NÚMERO DEL
DOCUMENTO
SUSTENATORIO
CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
SIN OPERACIONES
Deberáserfirmadoalcierredecadaperíodooejercicio
gravable,poreldeudortributarioosurepresentantelegal,
asícomoporelCPCresponsablesdesuelaboración.
LIBRO DE INVENTARIOS Y
BALANCES
Ruc
CUENTAS Y CONCEPTOS
Código de Clase o
Cuenta
PARCIALES TOTALES
LIBRO: INVENTARIOS Y BALANCES
Apellidos y Nombres:
Denominación y /o Razón Social:
AL………….DE…………DE 20……
Serllevadosenmonedanacionalyencastellano,salvolas
excepcionesprevistasporelCT.
Incluirlosregistrosoasientosdeajuste,reclasificacióno
rectificaciónquecorrespondan.
Contenerfoliosoriginales,noadmitiéndoselaadhesiónde
hojasofolios,salvodisposiciónlegalencontrario(1).
OTRAS EXIGENCIAS DEL
LLEVADO DE LIBROS
(1) Artículo 136º de la Ley Nº 26887 -Ley General de Sociedades:
“Excepcionalmente, cuando por cualquier circunstancia no se pueda
asentar el acta en la forma establecida en el artículo 134º, ella se
extenderá y será firmada por todos los accionistas concurrentes en un
documento especial, el que se adherirá o transcribirá al libro o a las hojas
sueltas…”
PÉRDIDA O
DESTRUCCIÓN DE
LIBROS
Comunicar a la SUNAT dentro del plazo
de 15 días hábiles.
La comunicación deberá contener:
Detalle de los libros o registros.
Período tributario y/o ejercicio al
que corresponden.
Datos de la legalización:
Nº y Fecha de legalización.
Apellidos y nombres del notario
o el número del Juzgado.
Se deberá adjuntar copia certificada
expedida por la autoridad policial de la
denuncia presentada.
COMUNICACIÓN A LA
SUNAT DE LA PÉRDIDA O
DESTRUCCIÓN DE LIBROS
Documentos y otros
antecedentes de las
operaciones o situaciones
que constituyan hechos
susceptibles de generar
obligaciones tributarias o
que estén relacionados
con ellas, respecto de
tributos no prescritos.
Se aplica también a
Los documentos a los que
se hace referencia en el
Reg. de CdP.
NO aplica a
ReglaGeneral:Sesenta(60)díascalendariospara
rehacerloslibrosyregistros.
Excepción-PRORROGA:LaSUNATotorgarála
prórrogacorrespondiente,previaevaluaciónde
larazonesdebidamentejustificadas.
Computodelplazo:Apartirdeldíasiguientede
ocurridosloshechos.
PLAZO PARA REHACER LO
PÉRDIDO O DESTRUIDO
Sedeberácontarconladocumentaciónsustentatoriaque
acrediteloshechosqueoriginaronlapérdidaodestrucción.
LaSUNATpodráverificarlaefectivapérdidaodestrucción,a
efectosdelacogimientoalcómputodelplazoseñalado.
Deverificarselafalsedaddeloshechoscomunicados,la
SUNATpodráutilizardirectamentelosprocedimientosde
determinaciónsobrebasepresunta,enaplicacióndel
numeral9delartículo64ºdelCódigoTributario(Noseexhiba
librosy/oregistroscontablesuotroslibrosoregistrosexigidosporlas
Leyes,reglamentosoporRSdelaSUNATaduciendolapérdida,destrucción
porsiniestro,asaltosyotros).
ACREDITACION DE LA
PÉRDIDA O DESTRUCCIÓN
CONTABILIDAD
COMPLETA Y
SIMPLIFICADA
Paraperceptoresderentasde
3racategoría
Sisusingresosbrutosanuales
llegan hasta 150 UIT
(S/.540,000parael2011),
deberánllevarcomomínimo:
RegistrodeVentas
RegistrodeCompras
LibroDiariodeFormato
Simplificado
CONTABILIDAD EN EL
REGIMEN GENERAL
Paraperceptoresderentasde
3racategoría
Sisusingresosbrutosanuales
superiores a 150 UIT
(S/.540,000parael2011),
Obligatoriamentedebellevar
ContabilidadCompleta
Otros,deseraplicables,.
Anexo del D.S. Nº 007-2008-TR (30/09/2008)
LosLibrosyRegistrosquela
integransonlossiguientes:
LibroCajayBancos.
LibrodeInventariosy
Balances.
LibroDiario.
LibroMayor.
RegistrodeCompras.
Registrode Ventas e
Ingresos.
CONTABILIDAD COMPLETA
EN EL REGIMEN GENERAL
Además,deacuerdoconlas
obligacionesdelaLIR:
LibrodeRetencionesincisos
e)yf)delArtículo34°dela
LIR.
RegistrodeActivosFijos.
RegistrodeCostos.
Registro de Inventario
PermanenteValorizado.
Registro de Inventario
Permanente enUnidades
Físicas(N/Adellevarel
valorizado).
CONTABILIDAD
SIMPLIFICADA
EN EL REGIMEN GENERAL
Aplicable a
Pequeños
contribuyentes
AcogidosalRégimenGeneral
delImpuestoalaRenta
Que obtengan ingresos
menoresa150UIT’sanuales
Requisitos
ElLibroDiarioSimplificado
Reemplazaa:
elLibroDiario
elLibroMayory
elLibroCajayBancos.
FORMATOS E
INFORMACION MINIMA
USO DE LOS FORMATOS
OBLIGATORIO
Paraaquelloscontribuyentesque
llevancontabilidadmanual
SOLO
INFORMACION
MINIMA
Paraaquelloscontribuyentesque
llevancontabilidadcomputarizada
PLAZOS MÁXIMOS DE
ATRASO
LibrosdeIngresosyGastos
LibrosdeRetencionesincisoe)yf)delArt.34°deLIR
RegistrodeCompras
RegistrodeConsignaciones
RegistrodeHuéspedes
RegistrodeVentaseIngresos
RegistrodeVentaseIngresos–Art.26°RS266-2004
RegistrodelRégimendePercepciones
RegistrodelRégimendeRetenciones
RegistroIVAP
RegistroAuxiliardeAdquisiciones
PLAZOS MAXIMOS DE
ATRASO
Diez (10)
días
hábiles
PLAZOS MAXIMOS DE
ATRASO
Tres (03)
meses
LibroCajayBancos
LibrosdeInventariosy
Balances
LibrosDiario
LibroMayor
RegistrodeActivosFijos
RegistrodeCostos
Registro de Inventario
permanente en Unidades
Físicas(1mes)
Registro de Inventario
permanenteValorizado