Lineamientos de la uamasi

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About This Presentation

LINEAMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DE VIOLENCIA Y ABUSO SEXUAL INFANTIL EN EDUCACIÓN BASICA


Slide Content

(
\

beh

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS
EN EL DISTRITO FEDERAL

EN

I

Lineamientos para la atenciön de quejas o
denuncias por Violencia, Maltrato, Acoso
Escolar y/o Abuso Sexual Infantil, en los
Planteles de Educación Inicial, Básica,
Especial y para Adultos en el Distrito Federal.

Año 2011

CONTENIDO
PRESENTACIÓN
ANTECEDENTES
OBJETIVOS
ÁMBITO DE APLICACIÓN
DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO!

Acciones que realiza el/la Di
CAPITULO Il

Intervención de la Unidad de Atención al Maltrato y
Abuso Sexual Infantil

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

BASE LEGAL

ANEXOS

- Referencias para la instrumentación del Acta

Administrativa
- Glosario

DIRECTORIO

PRESENTACION

Mientras un alumno(a), se encuentre dentro de las insllaciones de un plantel
educativo, la guarda, custodia y cuidado, es responsablitad del Director con el apoyo
de los profesores, personal administrativo, de apoyo a la educación y escolar Sin
embargo, muchas de las quejas y denuncias por violencia, matato, acoso escolar y/o
abuso sexual infant (conductas de comnolación sexual, presentadas en la
Administración Federal de Servicios Educatives en el isirto Federal (AFSEDF). son
‘debido 8 faltes cometidas en agravio de los menoras por parte de los trabajadoras al
serio de la ecucación, direcivos, dacantes, prelectos, asistentes de servicio,
personal de apoyo, etcétera, Asimismo, la guarda, custoda y ol cuidado se extience
fuera dol plantel, en aquellos casos que, por algún motivo, los alumnos salen del
plantel para realzar algune aclhided educstva vists, racorridos, etcetera

La AFSEDF, realiza y promueva acciones para coadyuvar en la labor educativa,
aterder la violencia en los centros escolares y lograr un mejor desarrolo Integral.
‘educa, físico, psiolégico y socia, de los alumnos.

ANTECEDENTES

La Acministacién Federal de Servicios Educatvos en el Distrito Federal (AFSEDF),
promueva an esticto apego a la fracción Il, nsiso € del artículo Tercero de la
Consitución Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, une mejor convivencia
humana, tento por los elementos que aparte a fn de robustecer en el educando,
junto con el aprecio por la dignidad de la persona, la integridad de la famila y 'a
«convicción el interés ganeral de la sociedad, asi caro, por el cuigado que ponga en
sustentar los ideas de fralemida 6 Igualdad de derechos de locos los hombres
‘utando ls privieglos de razas, de rolgión, ce grupos, de sexos o de incviduos.

Asimismo, el derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salu,
«educación y seno esparcimiento para su desarolo Integral, según lo astabioce el
parrafo sexto del Ariculo Cuarto Constitucional

De acuerdo con los preceptos mencionacos, es necesario implementar scciones que
fevorezcan 91 doserralo Go un ambiente escolar saludable que perma establecer
relaciones de respeto, comunicación y confanza entre los diferentes actores de la
educación, alumnos, docontos, padres de famila, drecivos, personal de apoyo y
autoridades educativas (comunidad escolar), con el objeto de alender las conducias
de violencia, matralo, acoso escolar, si como las de connotación sexual hacia los
alumnos, partiendo de la convicción de que la educación os fundamental para el
desarrolo de los alumnos de nuestro pals y que ostamos obligados a preservar en
los planteles educallvos la intogrdad fsic, psicalgica y social de los educandos,
con base en el respeto a su dignidad e integridad, ssl como slender oportunamente
les quejas o denuncias que se presenten con motivo de que alguien transgraca lo
antes señalado.

OBJETIVOS

Atender las quejas o denuncias que se presenten con motivo de violencia, maltrato,
‘acoso escolar ylo conductas de comotacón sexual, pera coadyuvar en a
presarvación de la integridad fisica, psicológica y sosiel delos alumnos.

Realizar las acciones conducantes a fi de coadyuvar en la atención de la violencia,
Marat, acoso escolar y lodss aquellas conductas de comolación sexual, que se:
presentan an agravo de los alumos Inscrtos en los planteles de Educación Inicial,
Básica, Especial y para Adultos en el Distrito Federal

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Los presentes Lineamientos son de interés social, amiidos pora su observancia
‘general y aplicación obligatoria para el personal de las Escuelas de Educación
Inicial, Básica (preescolar, anmaria, secundaria, secuncaria tecnica), Especial, para
‘Aduites, Centos de Atención Psicopedagégica de Educación Preescolar (CAPEP),
Unidaces de Servicios de Apoyo a la Educación Reguiar (USAER), Intemacos de
Educación Primera Centros de Deseroll Intentl (CENDI). Escuelas de
Partcipación Social y para la Escuela Primatia y Secundaria ubicadas en el Centro
Nacional de Allo Rendimiento (CNAR), Contras de Tareas, Siblotocas Públicas ce la
Secretaria de Educación Pública. Asimismo, para el personal de las inspecciones
¡Generales de Zona, Supervisores Generales de Sector y Supaniseres de Zona, así
como Direcciones Operaivas y Coordinaciones Regionales de la Dirección General
de Operación de Servicios Educatvos (DGOSE), Dirección General ce Educación
Sacundara Técnica (DGEST), Dieociin General de Servicios Educativos Iztapalapa
(DGSEI, Dirección General de Educación Normal y Actualización del Magistero
(DOENAW) y de ia Dirección General de Educación Fisea (OGEF), de la
Coordmación de Asuntos Jurlicos y cualquier trabajador de la Administración
Federal de Sewicios Educativos en el Disito Federal, que tenga contacto con
alumnos.

DISPOSICIONES GENERALES

Les presentes Lineamientos son de interés social, observancia general y
aplicación obligaloria para el personal de las Escusias de Educación inicial
Básica (pressoolar, prmarie, secundaria, secundaria técnica), Especial, para
Adultos, Cartros de Atención Psicopedagógica de Educación Preescolar,
Unidades de Servicios de Apoyo a la Educación Regular, Intemados de
Educación Primaria, Centros de Desarrollo Infanll, Escuelas de Participación
Social y para la Escuela Primaria y Secundaria ubicadas en el Centro Nacional
de Alo Rendimiento (CNAR), Centros de Tareas, Blblotecas Públicas de la
Secretaria de Educación Publica, Asimismo, para el personal de las
inspecciones Generales ce Zona, Supervisores Generales de Sector y
Supervisores de Zona, así como Direcciones Operalivas y Coordinaciones
Regionales de la Dirección General de Operación de Servicios Educativos
(DCOSE), Dirección General de Egucacón Secundaria Técnica (DGEST)
Dirección General co Servicios Educatwos iztapalapa (DGSEN, Dirección
General de Educación Normal y Actualización del Magisterio (DGENAM) y de la
Drección General de Ecucación Fisica (DGEF), de la Coordinación de Asuntos.
duridicos y cualquier Wabejedor de la Administración Federal de Servicios
Educativos en el Distito Federal, que tenga contacto con alumnos.

Es obligación de las autoridades educativas y escolares responsables de los
servicios antes mencionados, difundir, observar y viglar el cumplimiento de los.
presentes Lineamientos.

Este decumento se dará a conocer a todo el personal que labore en ceda
escuela incluyendo al tur de la Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación
Regular (USAER) y el responsable del Centro de Atención Palcopodagógica de
Ecucaciôn Preescolar (CAPEP), asi como a los Profesores de Educación Fisica
y al personal de los Certres de Tareas y Bibliolecas Públicas de la Secretaria de
Educación Pública, al inicio de cada cicto escolar

El incumplimiento alos presentes Lineamientos será motiva para dar vista a las
autoridades acminisratvas, laborales, ces o penales,

El Director del plante será el representante oficial pera todo acto de orden
administrativo o académico relacionado con el Centro Escolar.

En los casos en que la sscuela no cuente con Director, por cualquier causa, la
‘aulorided superior inmediata Jerárquica asumirá la representación oficial del
plantel.

Sin excepción, toda queja o denuncia por violencia, maltrato, acoso escolar y/o
por conductas de connotación sexusl, en contra de algún alumno o usuario de
los servicios educativos de acoyo, deberá ser alendida y documentada de
marera inmediata, de acuerdo al procedimiento establecido en los presentes
Lineamientos, por el Director del plantel o su autoridad Inmediata superior
Jerárquica y en su caso, porel responsable dela unidad da apoyo.

x

40.

Cada nivel o modalidad educatva, podrá asignar personal para coadyuvar con el
Director del planet o la sutoricad Superior media Jerárquica que represente al
plantel en ese momento, para atender las quejas por vincia, malito, acoso
escolar y/o por conducies de conolación sexual que se presenten en los
Planteles, en contra de un alumno, dicho personal será capacitado y coordinado
en la operación por la Unidad de Atención al Maltrato y Abuso Sexual Infant y
dependerá adminisralvamente del nivel educatio correspondiente,

Es responsabilidad del Director y/o la autoridad inmediata superior jerärquca,
tomar las medidas que aseguren al educando la protección y el cuidado
necesaros pare preservar su iniegtdat (ls, psicológica y social, con base en
el respeto a su dgnicad,

Durante la instumentación de las actas admnistrelvas procedentes, se
garantzaré la imogridac de tocos los panicipartes, asimismo, cuando. sea
eoesaria la participación de alumnos, menores de edad o de aquelos que no
fengan la capacidad de comprender el signfeado dei hecho, astarán
‘acompatiados en todo momento de sus padres o tulores.

En los casos en que un alumnafe), participa) en la instramentación de un Acta
Adminstatva no se los deberd requeri la protesta de ley, sólo podräin) ser
invitados 8 que digan la verdad, tampoco podrán ser apercoldos.

Por ningún motivo y bao ninguna crcunslancia el menor o merores involucrados
serán confrontados con alo los presuntos responsables

En los casos an que sa solicitada la intervención de la Unidad de Atención al
Nallato y Abuso Sexual Infanti, con motivo de alguns queja por violencia,
maltrato, acoso escolar y/o por conductas de connotación sexual en los planteles
de Educación Inicial, Sásica, Especial y para Adulos en el Distto Federal,
Centros de Tareas y las Bibiotocas Públicas de la SEP, la autoridad responsable
de que se trae, deberá.

+ Permit la entrada a la persona o personas
designadas, por dicha Unidad. para levar cabo
ls intervención conducente, preva dentiicacion y
presentación del oficio de acresitación expedido
por la autoricad competente (se entregará en la
Primera vista al plante).

+ Brindar les faclidaces mecaserias para que
real elena intervención

+ Proporcionar copia de le documentación
relacionada con el asunto de que se tate.

+ Asignar el lugar adecuado para la realización de
las entrevistas con las personas involucradas,

Br y |

SK

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19,

14

45,

CAPÍTULO I

Acciones que realiza el/la Director/a del Plantel

Cuando en los plantelos escolares se identique algún slumno que haya sido
victima de malrato fisico yo conductas de comotación sexual, ya sea dentro o
fuera del plante y requiera atención médica de urgencia, el Director nolficara
de inmediato via tolíónica, a una insilución de emergencia médica Locatel
5658-1111, Cruz Roja 068 (ambulancias), Secretaria de Seguridad Pública
del Gobierno del Distrito Federal 066 (ambulancias) y 6242-8100 (directo de
8:00. 21:00 hrs), ERUM 060 (ambulancias), Secretaria de Protección Civil
del Goblerno del Distrito Federal (emergencias) 6083-2222, Seguro
Institucional y al Seguro de Accidentes del Goblerno del Distrito Federal, a
los paëres de fam o lutores asi como a les autoridades inmediatas superiores.
03 la DGEST. DGSEI, DGENAM y OGOSE, para la atención correspondiente.

Cuando en los plantoles escolares se idenliique algún alumno con señales de
maltrato fisico yl psiclögico © de conroteción sexual, cometido fuera de la
escuela, el drastor procedera de inmediato a: notfcar la situación a las
autoridades superiores jerárquicos, a los padres co famila de! menor sfectado y
“demás autoridades compelentas y en Caso de sar procedente. elaborará el
feio conespordiente. La Coordinación Sector, las Direcciones Operativas o
Regionales, la Cogranacion Regional, Dirección de Educación Iciar, Especia
Dirección Genera! de Educación Fisca, la Subdirección de Escuelas
Secundarias Técnicas, Subdiacción de Educación Básica para Adultos o la
Dirección General de Educación Normal y Actuaización de) Magisterio, soctará
la intervención de personal de la Unidad de Atención y Prevención de la
Violencia Intrafamliar (UAPVIF) dependiente del Gonierno dei Distrito Federal
{GDF}, o al Sistema para el Desarollo Integral de la Famiia (DIF) con base en
les acuerdos Insltucionales establecidos.

Una vez que o! Director del plantel tengs conocimiento, recibe una queja o
enuncia por presunta violencia, maltalo, acoso oscosr y/o conduclas de
connotación sexual, en caso de que el denunciante o quejoso sea menor de.
dad o que no lenge la capacidad de comprender el significado del hecho, se
solctard la autonzación de los padres de fama para obtener la restora verbal
y/o eseita del menor, misma que será rtíicaca por el Padro de Familia o tutor.

El Director del plantel, llevará a cabo una investigación minuciosa, do manera
inmediata, posrá ser auxllado, por ol Supervisor) de su jursdiccón, asimismo
y en forma paralela informa por escilo 'a stuacén a sus autoridades
Inmediatas superiores jerárquicas, en caso da ser necesaro solicitará la
intervención del Area do Apoyo Juridico correspondiente.

16,

17

19,

La investigsciôn que realce el Director del plantel sera complementada con:

+ Observer a los actores educalives involucrados
en la queja o denuncia, durante las actividades
escolares regulares, al inicio dela Investigacion.

laborar el Acta do Machos correspondiente, en
(Que las personas involucradas narrarán con foca
precisión los acontecimientos, tomando en
cuenta el tiempo (cuándo), lugar (dónde) y forma
(cómo), de los hecnos.

+ Solar por escrito la aulorzación de los padres
de famila o ler, pera entrevistar a los alumnos,
menores de edac.

+ Entrevislar @ los actores educativos, que estén
directamente involucrados (padres de famila,
menor o menores clendidos otc), trabajador
prasunto responsable y demás que se considere
Pertinente

+ Las demás —asclones que considare
convontentes.

En caso de que la queja ses derivada de una presunta conducta por pare de un
tabajador de la AFSEDF, que ponga en riesgo grave, la Ingrid fisica,
psicológica, sexual y/o social de los alumnos o usuarios, sin prejuzgar acerca co

veracidad o faisecas de la queja, se tomarán les metidas pertinentes, con la
intención de que el trabajador involucrado roalico actividades en las que no
tenga contacto con los alumnos © usuarios, sn agraviar con esto sus
derechos como rebejador, Lo anterior de mancra proveniiva y a efecto de
‘sahiguardar lo antes señalado, del alumao(s) o usuario(s) involucrado(s) y dela
población escolar en genera!

En los casos on los que el trabajador, presunto responsable, labore en dos o
mas Centros de Trabajo de la AFSEDF, el Director col plantel o ol responsable
del centro de apoyo, sera quien dará aviso a la autoridad superior inmeciata
jerörquice quen se encargará de realizar las scconos conducentes, con la

inalcad de mantener la observancia del numeral anteror, en los demás Centros.
de Trabajo

El oficio en el que se le rotfique al trabajador, presunto responssbie, de lo
mercionado en el numeral 17, será emtico por el Director del plantel o su
Autoridad inmediata superior jerárquica, debidamente fundado y motivado,
Solange, en suceso, el epoyo del área juridica correspordient.

20

a

2

2

24

Cuando la queja sea derivada co una presunta conducta de matralo de un
docente o trabajador que realice actvicados con alumnos, hacia un alumne o
alumnos y que no se identifique una afectación ala intagridad fisico, psicológica
© social del o los alumnos, el docente o isabajacor que reatice ciivdados con
alumnos, permanecerá frente al grupa, siando supervisado diariamente en su
trabajo, por el Director cel plantel ola autoridad inmediata superior jerárquica.

El Director) o la autondad inmediaa superior jerárquica, podrá solicitar la
intervención se la Unidad de Atención al Maltrato y Abuso Sexual Infant
(UAMAS)) con le inalidac de atander al alumno(s)afectado(s) y coadyuvar con
la eutoridad compaiente para el escarccmiento de los hechos que se
investigan

Una vez concluida 'a inostgación correspondiente, la autoridad escolar que la
realzó, evaluerá y ceterminará, de acuerdo a los rasutados, el procedimiento à
seguir y en caso de ser procecenta, se aplicarán las medidas cisciplinaias
establecidas en ol anículo 71 ftaccionos ! y del Reglamento de las Conticiones.
Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública, se
impondrá.

2) Extrañamientos y amonestaciones verbales o era
b) Notas Malas en la hoja de servicio

Les medicas discipinarias señaladas en o! numeral que antecede y que sean
impuestas por escrto o en forma verbal à los trabajadores, deberán ser
debidamente fundadas y molivecas.

Si del resutaco se desprende que al trabajador inculpado Incurid en slguna de
las causales establecidas en el aculo 46 fracción Y, incisos a), 4). N 0 Y dela
Ley Federal ce los Trabajecores al Servicio del Estado, el Director del plantel
sete:

2} Informer de inmediato 2 ta autoridad
Supetor jerárquica el resullaco de la
investigación, así como las acciones
realizadas.

>) Instumentar el Acta Administrative, en
estricta odservancia a los requisites
establecidos en el anículo 48 bis de la Ley
Fedora’ de los Trabajadores al Service del
Estado. (Consultar anexo de referencias
pata ta irstrumenteción del Acta
Adminiatia)

2,

©) Entregar copie del Acta Adminisiratwa al
tabajedorla) — instrumentadola) y al
représentante sncical, de acuerdo a lo
estipulado en al aricuio 46 Bis de la Ley
Federal de los Trabajadores al Servicio del
Estado, fimando acuse de recibo en el
original

a) Remitr el original de diia Aca
Adminisraliva y anexos en original al área
jurleica respeciva, asi como dos copias
con firmas autografes de dicha acta y los
anexos an copia cotejada,

El Area juridica corrospondianta, remträ el
original del Acia Adminstativa con sus
anexos en orginal a la Unidad de Asuntos.
Jurídicos de la SEP, para los efectos
Procadentes, asimismo, enderá una copia
de dicha acia con mas aulögrafas y
anexos en copia cotejaca al Organo
Interna de Control en la AFSEDF, para que,
en caso de ser procedente se dé nico al
procedimiento, úadminisvelivo
comespondiente en contra del servidor
público presunto responsable, asimismo, lo
hará del conocimiento inmediato de las
demás autoridados que correspondan,

La autoridad educallva sorá sujeto ce responsabilidad, si se comprueba que
pied incebidamente a un trabajador una media ciscipinaria menor para
‘vitar la que le corresponderla de acuerdo aia conducta realzeds

En los casos en que exista una solclue de información relacionada con alguna
‘queja o denuncia por violencia, malrato, acoso escolar y/o por conductas de
connotación sexual, por parte de agún particular que es o fue parte en el
asunto, se le comunicará que su queja esta o ha sido atendida, según sea el
aso, y que una vez concluida la investigación podrá salctar las resultados ante.
le Dirección General corespondiente

Si el petionaio requere más Información 9 no fue parte en el asunto, sele
orientará para que roallce su petición ante la Unidad de Enlace ante el IFAI en la
AFSEOF

7

2

2

30,

a

CAPÍTULO II

Intervención de la Unidad de Atención al Maltrato y
Abuso Sexual Infantil
UAMASI

La UAMAS!, atenderá cuejas o denuncias de violencia, maltrato, acoso escolar
ylo concuctas de comotación sexual ejercido en contra de los alumnas y
sanos, inscritos en os planteles de Educación Inicia, Básica, Especial y para
Adulos en el Distito Federal, Contros de Tareas y Biblolecas Públicas de la
Socrotara de Educación Publica,

La interonción de la UAMASI, derivada de alguna queja o denuncia por
violencia, maltrato, acoso escolar yío conduclas de connotación sexual se
realizará con un enfoque psicopedagógico,

La inlervencin de la UAMAS, derivada de a'guna queja o denuncia por
volencia, maltrato, acoso escolar y/o conductas de comotación sexual, se
reaizaré para coadyuvar con las autoridades educativas en el osciarecimionto
de los hechos, sin apicar sanción alguna alos trabajadores,

En los casos en que existan quejes o denuncias por acoso escolar (essa
efinicién en al glosario) dentro de algún olsnie! ce Educación Inicial, Básica,
Especial y pare Ádullos en el Distito Federal, estas serán atendidas mediante
aseos peel eas, caralacin cantos especalzatos, tee, fates
campañas y conferencias

Cuando sea necesaria la participación de la AMAS), el ofie que so olabore
solicitando su intervención ceborá cortener lo siguiente:

+ Datos de los involucracos, como: nombre
completo, domicio,tléfono, sic

+ Nombre y Clave de la Escuela a la que están
serios, adscrtos, ete.

+ Documentos que se hayan generado en ta
gestión de ía auondad competente para
intervenir

+ Informe detalado de los hechos, moto del
confieto y en su caso, los resultados de la
investigacón

HER

Ñ
N

À

&

Y

m
>

2,

v

vi.

La intervención de la UAMASI, derivada de alguna queja o denuncia por
violencia, malrale, aceso escolar lo conductas de connelacidn sexual se realza
con base en el guiente procedimiento:

Cualqu'er persona de la comunidad escojar puede solctar la Intervención co
la UAMASI por presunta vilenea, maltrato, acoso escolar lo conduclas Ge
connotación sexual

El personal de apoyo técnico (UAMASI) recibe la solicitud, acusa de recibo
caplura la queja ylo denuncs en e) Sistema Automatizada de Atención y
Asistencia Juridica, asigna nümaro do expediente o de folo según ses el
250 y lo entrega al Jefa de la Unidad para su atención

El Jete de la UAMASI, revisa la queja y/o denuncia y el soporte documental,
convoca a reunión de tratejo al vole de Departamento de Alención a
Usuarios, para al anátsis de la misma y concluyen en coordinación, el tipo de
maltrato ylo conductas de conretacion sexual de que sa tra, dolarminando
ls intervención y las estralogias ce investigación de acuerdo al tipo de queja
o denuncia

El Jefe de Departamento de Atención a Usuarios, asigna los casos al
personal comisionado (especiaistas) con baso en el lipo de asunto. la
especialización del mismo y la zona geográfica designada, le entrega le
que ylo denuncia, el fico de presentación yla propuesta de intervención

El Personal Comisionado (especialisias) realize la Interveneiön
Peicopecagógica y as el responseble de realzar las acciones necesarias an
el pantel educativo, se presenta ante ai titular con oficio de presentación y
explica el motivo y las acciones a realzar en stencion a la queja yo
denuncia, aplicenco un protocolo de atención y diferentes herramientas
Psicopedagógicas de diagnóstico alos involucrados en la misma.

Cuando sea necesario entrevistar on la ofieina de la UAMAS! @ los
involucrados en la quejao denuncia, se consideran los guientes criterios:

+ El ctatorio para entrevistar al trabajador, se realizará mediante el area
juridica del nivel correspondiente remitiendo 2 la unidad copia Gel acuse
de recio,

+ Entrevista en el plamtol escolar a los padres o tutoras de los alumnos
agraviados. mediante clalore del Director ylo autoridad mmadlala
superior.

+ Durante la itervenciôn. en el plantel escolar, el especalsia podrá.
solcitar mediante cistorio, realzado por el Director) del plantel o la
autoridad Inmediata superior, especifcando fecha y hora, para que los.
paces olulors del menor o menores agraviados asistan als UAMAS!

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xun

Se citardn a las personas involucradas, para obtener elementos sobre como
sucedieron los hechos. Si las personas no acuden se hard un nuevo
cislono, si volvasan à ser omisos se iwaizaran las concusiones
correspondientes, señalando i situación en el informe de Intervención

Cuando el trabajador involucrado se niego a rec el cloro © Io reciba sin
fimar el acuse de recibo, la avtoridad encargada de entregarlo en presencia
de dos testgos que lo asistan, escribirá en el documento oginal à en la
copia según sea el ceso, el razonamiento cerrespandiente (se anolará en el
documento lugar, fecha y hora de entrega, esi como los nombres de los
testgos y ol de la persone que resliza la diligencia, asentando ademés su,
firma), remitiendo copia à la UANAS!

El Especiaista documenta la Investigación, datermina le necesidad de llevara
cabo un diagnésico grupal yo la aplicación de evaluaciones psicoógicas a
los menores, previa sulorización de sus Padres o Tutores. Asi mismo los
Docentes en el contanto de la queja y/o denuncia, pueden ser avalvacos
pstcologicamente previa autorzacén de los mismos, Se elabora el informe
respective con base en la infomación Generada en la Investigacion
entregando el original del Informe de Intervención, protocolo y el soporte
documental al Jefe do Departemento de Atención Usuarias para su revisión
y visto ueno,

De ser necesario el especialista solicita al Jefe de Departamento de Asesoria
y Seguimiento se canahce alos actores educativos que requieran atención
especisizada (atención psicológica, médica, asesoría jurides, etcétera à la
Instancia competente

El Departamento de Atención 3 Usuarios integra el expediente de la
Intervención en al cual se detalen las acciones que se realzaron en el
proceso de invasigación para susiancar la queja ylo denuncia, anexando el
protocolo y el nforme de intervencion,

fe de la Unidad revisa el informo de intervención y noifiea los resulaces
mediante oficio y con carácter de confidencial a la Dirección Genoral que
corresponde: Disección General de Operación de Servicos Educalvos
(OSOSE), Direccion General de Educación Secundari Técnica (DGEST),
Dirección General de Services Educatwos iztapalsna (DOSEN), Direccén
General de Educación Normal y Actualización del Magsterio (DGENAM),
Dirección General de Educación Física (DGEF), de la AFSEDF, para los
efectos procedentes.

En los casos en que exsta una sole'tud de información relacionada con
alguna queja o denuncia por violencia, matralo, acoso escolar y/o por
conductas de connolación sexual. por parto da algún particular que es o ue
parte en el asunto, sale comunicará que su queja está o ha sico atendida,
según sea el caso, y que una vez conciuloa la inostigación podrá solar
los resutados ante 1 Dirección General correspondiente,

Sle peticionario raquiare mas informacion o no fue parte en el_asunto, se le
‘otientar para que realice su peicén arte la Unidad de Enisce ente ol FAI en
la AFSEDA

La informsciôn generada curante a intarvencion de la Unidad de Atención al

Malrato y Abuso Sexual Infart, so encuenta clasicada como confidencial y
resavada, con fundamento on los arículos: 14 fracción VI y 18 fracción I: de
la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Infomación Püblic
Gubernamental, publicada on el Diana Ofcia! de la Federación el dia 11 de
Junio de 2002; aniculo 33 del Reglamento de la ctada Ley: Vigésimo
Tercero, Tngesimo Sogunco y Trigésimo Toma de las Lineamientos
Generales para la Clasilcación y Descasticacón de la Información de las.
Dependencas y Enfidades ce la Administración Pública Federal, publicados.
en el Dano Oficial de ia Federación ol 18 de agosto de 2003.

N TRANSITORIOS

PRIMERO. Los presents Lineamientos son vgentes a parir del dl 03 de mayo
N do 2011.

Ss ‘SEGUNDO. Se abroga el oficio de fecha 05 de noviembre de 2002, emitido por
Is Dra, Sylvia Ortega Salazar de los Lineamientos para le Atención de Quejas
N por Maltrato o Abuso en los Planteles de Ecucación Básica dat Distrito Federal

TERCERO. Se abroga la Circular No. DGO-01554104, omitida por el Miro,
A Edmundo Salas Garza, el día 22 ce septiembre de 2004

CUARTO. Se abroga la Circular No. DGO-01738i04, emiida por el Miro
Ecmundo Salas Garza, el día 12 de octubre de 2004

QUINTO. Se abroga la Circular No. 001, emitida por el Secretario de Educación
Pública José Angel Pescador Osuna, el die 30 de junio de 1994,

BASE LEGAL

+ Consttución Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, (Diario Oficial de la
Focoración del 5 de febrero de 1917, Úlima relorma publicada: DOF 28-07-
2010),

+ Ley General de Ecucación. (Diario Ofiel de la Federación del 13 de julo de
1893, lima reforma: DOF 18-08-2010)

« Ley Federal de les Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del
Apartado B) cel Anículo 123 Constitucional. (Disio Oficial de la Federación del
24 de diciembre de 1963, dima rolorma pubicaca DOF 03-06-2005).

+ Loy Fodoral de Resporsabiidades Administeivas de los Servidores
Públicos. (Dario Oficial de la Federación del 13 de marzo de 2002, Úlima
reforma publicada DOF 28-05-2009)

+ Ley Federal de Procedimiento Administratvo. (Diaro Oficial de ia Federación
del 4 de agosto do 1994. Última reforma publicada en el Dil Oficial de la
Federación del 30-05-2000).

+ Loy Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubsmamantal. (Diario Oficial de la Federación del 11 de junio de 2002. Úlima
reforma publicada en el Diario Oficial de la Federacén de 05-06-2000).

+ Loy Fedral para Prevenir y Eliminar la Discriminación, (Dirio Oficial de la
Federación del 11 de junio de 2003, Úlima reforma publicada DOF 27-11-2007),

+ Ley Orgánica de la Administacién Púbica Federal. (Diario Oficial de la
Federación el 28 de diciembre de 1878, úlima reforma publicada DOF 17.06
2009).

+ Ley General de Accaso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. (Diario
Ofetal de la Federación del 1? de febrero co 2007, Úlima reforma publicada DOF
20.01.2009)

+ Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, (Diario Oficial de la
Federación del2 de agosto de 2006).

+ Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,
(Ciario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2000, última reforma publicada.
DOF 19-08-2010)

+ Código Civil Federal. (Diario Oficial de la Federación en cuatro partes de los
las 26 de mayo, 14 do julio, 3 y 31 de agosto de 1928, atime reforma
icede: DOF 28.01.2010)

= Reglamento Interior de ía Secretaria de Educación Pública. (Diario Oficial de
la Federación del 15 de abri de 2009),

+ Reglamento de las Condiciones Ganerales del Trabajo cel Parsonal de la
Secretaria de Educación Púalca. (Diao Oficial de la Federacion el 29 de enero
de 1948},

Decrelo por ol que se crea la Administracén Federal de Senvcios Educativos.
en el Distrito Federal. (Diario Oficial de la Federación e 21 de enero de 2005)

Instrumentos internacionales
+ Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948,

+ Dectaración Americana de los Derechos y Deveres del Hombre (2 de mayo
de 1968)

+ Declaración de los Derechos del Nite (20 de noviembre de 1950).

+ Convención sobre los Derechos del Mio, aprobada por 3 Asambiea Genera}
de Naciones unidas an 1989 y adoptada por México on 1991.

+ Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de
Costa Rica” OEA, San Jose ce Costa Rica, 22 de Noviembre de 1960

+ Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de
Costa Rica" (DOF del 7 de mayo ce 1981)

El contenido completo de las declaraciones y vatados internacionales antes
osertes, puece consultarse enla sguienteliga de Gobierno Federal.

rn sob maf onobiemofenb ados iniemaglonales en materia. de
derecho

Programas de Gobiemo
+ Plan Nacional de Desarrolo 2007-2012, 1.7. Derechos humanos, Osjetvo 12,

Asegurar el respeto estricto los derechos humanos y propugna su promoción
deters,

Disposiciones administrativas intornas:

+ Manual General ce Organización de la Administración Federal ce Services
Educativos en el Distito Federal, (Diario Ofclal da la Federación del 23 da
‘agosto de 2005)

+ Modifcaciones al Manual General de Organización de la Administración
Federal de Servicios Educativos en el Distilo Federal, (Diario Ofiel de le
Federación del 15 de agosto de 2007).

+ Manual de Organización de ls Coordinación de Asuntos Juriicos expedio el
2 de marzo de 2008.

+ Acuerdo 328 por el que se estableco el Corie de Mejora Regulatoria Interna
(COMER) de la Secretaría de Educación Pública

+ Acuerco por el que se establece el Proceso de Calidad Reguiatora en la
Admnistraión Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, timado ©
23 de marzo de 2009 por el Administrador Federal, Dr. Luis Ignacio Senchez
Gómez. publicado en la Nermaleca Intema de la AFSEDF el 28 de septiembre
de 2008.

+ Bases de Funcioramiento del Comi de Mejora Regulatoria Interna
(COMER!) de la Secretaria de Educación Pública,

ANEXOS

Referencias para la instrumentación del Acta

Administrativa

Término para la instrumentación del Acta Administrativa

El Acta Admiritraiva deberá ser instrumentads en un término no mayor a
os 40 días hániles, contados a par de que la aulordad tenga
conocimiento de las causas que crginaron instrumentación en comento,
Min de ever que vanseurra el termine de preserpcón establecido en ei
Articulo 113 Fracción I, inciso 0) de la Ley Federal de las Trabajadores al
Service del Estado.

Citatorios

La auteritad competente para instrumentar el Acta Administrative, citará
por escrito, al trabajador inculpado, 2 los testigos de cargo que deban
comparecer y al representante del Sinicate o dela Sección aracal que
‘orraspanca, en horas háblls, con una anticipación de 24 horas por lo
menos, del él y hora en que deba efectuarse la dligencia, De acuerdo al
articulo 748 de la Ley Federal del Trabajo.

Testigos de Cargo

Los tesigos de cargo que comparezcan 3 la instrumentación del Acta
Acmiistralva deben ser aquellos a quienes, de conformidad con los
‘elementos recabados por la aulondad, durante la investigación, les
Corsten los hechos atribuidos al rabajador inculpado, quienes deberán
señalar les conducias imoulables al trabajador, tomando en cuenta
Ccrcunstancias de modo (cómo), tempo (cuándo) y lugar (dónde),

Podran oftecerse de uno a tres testigos, como máximo, por el hecho
controvetco, que sa pretenda probar.

Las declaraciones de menores educandos que vayan a ser asentadas en
el Acta Admiistratwa, se renlzaran, previa autorización de su papá,
mamá, tutor o tulora que se encuentre presente en la instrumentación, lo
cual debe hacerse constar on a misma.

En todo momento durante la instrumentación dei Acta Administrative se
reservar la integridad fisica y pscológica de los menores, quienes en
odo momento deberán estar acompaflados de su padre o madre o lutor o.
tutora

+ Deberá croarse el escenario adecuado, de manera que durante la
intervención del menor educarco en el Acta Adrinistraiva, no esté al
Alcance de su vita €! Irabajador presunto responsable,

+ En fos casos en que un alumnofe), particpe(n) en la Instrumentación de
un Acte Acmistralwa no se los deberá requerir le protesta de ley, 2010
podrála) ser inviades a que digan la verdad, tampoco podrán ser
aparicbidos.

Intervención en el Acta Administrativa del trabajador presunto responsable

Una vez que han déclaredo los Testigos de Cargo, ta autoridad que actúa en la
instrumentación del Acta Admóistolwo, procederá a tomar la dectaración de
servidor público presunto responsabe, quien habiendo escuchado el Aczno que
se le imoula, podrá hacer las mantestaciones que estime convenientes.

El trabajador presunto responsable, estará presente durante tado
82 emplee enla instrumentación del Acta administrativo,

Testigos de Descargo.

El cabajador, probable responsable, podrá presentar, a as lo juzga conveniente,
Testigos de Descargo, quienes realizarán sus merifeslaciones inmediatamente
dospués de dl

Poerán oftacerse de uno a tres testigos, como máximo, por el hecho
conlioverido que se retenga probar.

Representante Sindical

Estará presente en loco momento, durante la Instrumentación dol Acta
Admwinistatwa, intervinenco on ella, inicamente cuando sea su tiempo de
realizar su declaración eslo es, inmediatamente despues del instrumentado ©
después de los Testigos ce Descargo silos hubiera,

Testigos de Asistencia

El Acta Aciministaliva se claborará en le presencia de dos Tesligos de
Asistencia quienes estarán presentes an todo momento durante la
instrumentación con la nalidad de dar corteza y solermidad al acto,

Cualquier iregularidad que ocurrera durante la instrumentación del Acta
Administrativa so hará constar en el cuerpo de la misma.

Firmatán el Acta Administrativa, al margen y al calce, todos los que en ella
intervinieron, a excepción de la auioridad actuante, quien Unicamente lo haré al
cal.

Entregará copia del Acta Administrative al rabojadora) insirumentadoa) y al
represontanto sncical, de acuerdo alo estipulado en al arículo 46 Bs de la Ley
Federal de los Trebajadores al Servicio del Estado, fimando acuse de recibo an
elorigina,

GLOSARIO

ABUSO SEXUAL INFANTIL: Es el contacto interacción del adult que ejerce
oder y/o control sobre el menor para esimularse sexualmente, él mismo, al
menor 0 a olra persona. El abuso puede sar cometido por una porsona menor de
18 años cuando hay una asimetia de edad con a victima. Puede realzaree
mediante tunrza, presión o engaño, puede ser realzado con o Sin intimidación;
on © sin seducción. con o sn consentimiento

ACOSO ESCOLAR O BULLYING: Toda conducta intencional que se ejerce
entre iguales dentro y en el entomo dela inttucién educativa con el objeto de
intimidar, someter. contolar, exolui, causar daño u otros, pudiendo ser
psicológico, fisico, sexval, afectando las relaciones interpersonales entre los
diferentas sclores educativos, el ambiento cel plantol educative y el proceso de
"enseñanza aprendiz

Existen res caracteristicas distintivas del acoso escolar:

2) Intencionalidad (está dirigida e intimidar, someter, controlar, exi, causar
ana v aves)

>) Direccionaldad (hacia cualquier compañero de la comunidad educativa)

©) Frecuencia (conducta persistente que se repite durante dies, semanas o sos)

ACTORES EDUCATIVOS: se denomina asi a todas aquellas personas
involucradas en el Sistema Educalwo Nacional tales como: autoridados
adminstatves, docentes, personal de servicios, padres, madres ylo tuloras de
famila así como estudiantes.

CANALIZACIÓN: Procedmento mediante el cual, a través de un oie, la
UAMAS! remite al Interesadofe) a instluciones públicas u organismos civiles y
prvacos exemos à ia AFSEDF para Que feciba atención psicológica
especializada de preferencia gratuita

CONDUCTA CIRCUNSTANCIAL NO INTENCIONADA: Conducta reactiva y
ocasional que puede ser empleada, por parte de algún trabajador al servico de
ia educación hacia algún alumno, puedo emplear o no la fuerza sin intención de
causar daño.

CONDUCTAS DE CONNOTACIÓN SEXUAL Todas aquelas conductas con
caracterisicas sexuales de un trabajador hacia un alumno, puede ser con o sin
contacto fico. Asimismo, puede nour juegos sexuales entre menores,

Los actos de contacto fsico incluyan: cualquier tosamiento, roce intencional de
un área gental © zona erögena, peneración vaginal, penetración oral,
ponetracion anal, ponctración digital, ponetración con el miembro vr u objetos,

Los artos que no involucran contact fisico Incuyer: comentarios de naturaleza
sexual, proposiciones sexualmente explictas, el exhibicionismo, la masturbación,
el voyaurismo, la exposición de maleral pomegráfico, por lo cual no es
necesario que se produzca un daño físico para que exista un abuso sexual

CONDUCTAS DE MALTRATO FÍSICO CONSIDERADAS COMO SEVERAS

Toda conducta que ponga en iesgo la salud o la vida de un alumno.
Conductas de connotación sexual (con tocemento).

Golpear con e! puño cerrado o la mano extendida alguna parte del cuerpo del
alumno.

Golpear con un objeto, apsloar, amenazar o arrojarle algún objeto que pueda
lastimar a lummo(a)

Patear alguna part cel cuerpo del alumno,

order alguna parte del cuerpo del alumno.

Intento de shogamiento

Amenazer con un objeto o arma (blanca o de fuego) a un alumno.

Y todas aquellas agrosiones que dejen marcas en el cuerpo del slumno de
manera temporal o permanente.

CONDUCTAS DE MALTRATO PSICOLÓGICO CONSIDERADAS COMO
SEVERAS:

Conductas de connotación sexual (in tocamiento)
Gries e irsulos connues o calficeivos denigrantes, descalficalos y! o
degradarlas de manera sislemelica, vulnerando su aulacstima provocando la
bla de sus compañeros

Mostrartes contmuamente rechazo mediante gestos, palabras, silencios
miradas.

Bullas o humilaciones,

No permitir que emilan sus opiniones, que expresen sus sentimientos, no
escuchar sus demandes, compararlos negatvamente de manera eistemällea con
sus compañeros.

Hacerios presenciar aclos de violencia física o psicológica en contra de otros
Expulsaros o amenazar con expulsarlos del salón de clases o de la escuela.
Incuipalos sistemáticamente por actos que no cometeron o por lo que no se
puede responsabilzaros,

Encerrarlos, manteneros aislados o prohíbules ol contacto con sus compañeros,
egarles la salda al recreo o 8 las acl.dades de desarrolo Fisico,

ENTREVISTA: instrumento a base de preguntas y respuestas, mediante el cual
se hará una recopiación de informacion, datos y detección Ge procesos
conscientes e inconscientes à dinámica de la porsonaldad, à las personas.
involucradas dento de un evento de malíato yo abuso sexual infant

EVALUACIÓN PSICOLÓGICA: aplicación de herramientas metodológicas para
identiicar Incicadores emocionales en las personas involucradas dentro de un
evento de maltrato ylo abuso sexual Infant, como son las pruebas psicológicas
estandarizadas y proyectives.

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INFORME DE INTERVENCIÓN: Documento on donde se describe el resultado
de la aplcacón de estategías psicopedagógicas de intervención y se integran
los resultados de la investgación en respuesta a una queja ylo donuncia por
maltrato yl por conductas de connotación sexual

INTERVENCIÓN. Aplicación de estreteias psicopadagógicas efectuadas por el
personal comisionado para idanliicer elementos relacionados con una
afectación emocional derivada de un posible malleto ylo abuso sexual realizado.
por algun rabojador a servicio dela esucacin hacia alguna estudiante,

JUEGOS SEXUALES ENTRE MENORES; Son conductas consideradas parte
dei deserrolo psicosexuel de los menores, son exploratoias entre menaros de la
‘misma edad, ala y nivel de desarrol, son mutuas, espontáneas y voluntaria.

El juego sexual es balanceado en el tipo e inlensidad entr los parlcipentes. No
hay compulsion durante el Juego, ni corducta compulsiva de búsqueda de la
interacción sexual. Como resultado puede haber una sensación de desconcierto
pero los sentimientos de miedo, verguenza o ansiedad son poco comunes en el
Juego sexual:

MALTRATO ESCOLAR: conducta consistente en hacer uso intencional de la
fuerza o poder expresado a avis de la violencia física, psicológica yo
negigeneis por cualquiortrabojador al servielo de la educación hacia el o los
estudiane(s) afectando su bienestar personal y sl proceso educa,

MALTRATO FÍSICO: es al conjunto de accionos no accidentales ocasionadas.
per un adulto (ecucacer, trabajador al servicio de la educación, ec.) aue origine
‘un daño fisico o enfermedad manifiasta, debido a castigos puntivos.

MALTRATO PSICOLÓGICO: Acciones verbales (activa) o de acttudos (pasiva)
que tienen la intención de provecar dato emocional en losfas alumnostas)
Alfactando su blenestar emocional y el proceso educativo

NEGLIGENCIA Omisiön en el cumplmento ce obigaciones y
responsabiidades de parle de los Irabajadores(ss) al servico de la educación
hacia las/os estudiantes causanco un dafo a su integnded fisica o emocional

PERSONAL COMISIONADO: Es el personal adscrilo a esta Unidad, el cual
realza el trabajo de intervención y de Ivestgación en los planteles educativos y
en las instalaciones de la Unidad.

PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN: Instrumento organizado para recaber
Informacion ospocifca sobre mall, acoso escolar pio conductas de
connotación sexual para sustanciar ia queja y/o denuncia,

SOLICITANTE; Autoridades sumirisreles de la AFSEDF, Autoridades
Judiiales. FEVIMTRA, CNDH, COHDF, CONAPREP, comunidad educatva on
general que solia la intervención por una queja o denuncia. por violencia
alia. fsco yo psicológico y/o abuso sexual Infantil

15) Gonzalee Seras, R.2008 Capit 1
UIs! UNAM, México Pa lieh

evel Univers y de oras Esitciones

SOPORTE DOCUMENTAL: Decumentos que sustentan la queja yo denuncia y
la investigación e intervención por ejemplo: acta administatva, acta ce hechos,
copia ce credencal de elector, entevisias, envevislas cínicas, pruebas
psicológics, dibujos proyectvos, acividades escrtas, ete

TALLER DIAGNÓSTICO: Esratagía psicopedagógica diida a abordar temas.
especifcos, a través del trabajo grupal partcpaiwo y vivencial, para dar
Infomación, generar interés y detectar Inleadores de posible maltrato yo abuso.
sexual en la comunidad educativo.

USUARIO DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS DE LAS SEP: So considera usuario.
de bialoteca púbica a quien usa ordinariamente los servicios de información,
recreación y culura para cubrir sus necesidades, de acuerdo à un peril de
búsqueda que define sus actividades e intereses personales.

VIOLENCIA: Toda acción u omisión intencional de provocar un dafo fisico,
sicológico ylo soxual_ de una persona hacia otra con menor poder. El impacto
de ta violencia variará en cada persona según el contexto en el que sa
‘encuentra, pudiendo llegar en casos extremos al intento de suicidio, asasinato e
incluso, ele muere.

VIOLENCIA ESCOLAR: Conducta intencional que se ejerce entro las personas
de la comunidad escoler dentro y/o en el entorno de la institución educativa con
el objeto de Intimider, someter, controlar y causar daño puciando ser psicológica,
físico, sexual ylo por omisén. Existen tes caracterísicas distntvas de la
volercia escolar: Intancionalidad asta dirgida a intimidar, someter. controlar, y
causar daño; dieccionalidad hacia cualquier persona de la comunidad educativa
y frecuencia, esta conducta puece presentarse en una ocasión o puede repetirse
¿orante días, semanas 9 años.

2

Miro. Alonso Lujambio razabal
Secretaria de Educación Público

Dr, Luis ignacio Sérchez Gómez
Administrador Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal

Lic. Antonio Avila Diaz
Se Director Gonoral de Oporación de Servicios Educativos
Y

y
x,
ET DIRECTORIO

tra, Marl Isaura Piato López
Directora General de Servicios Educatvos ltapalaps

Lic. Manuel Salgado Cuevas
Director General do Educación Secundaria Técnica

Profa. Marla Luisa Gordilo Diaz
Diraciora General de Educación Normal y Actualización del Magisterio

Li. Martin Toscano Rojas.
Director General de Educación Fisica

Lo. Josquin Francisco Guemán López.
Director General de Plancación, Programación y Evaluación Educativa

©. Mónica Hernández Riquelme
Dirección General de Innovación y Foreleciniento Académico.

Le. Octavio Olva Liaven
Coordinación de Asuntos Judios

Lie Martin Aguiñaga Tiejo
Jefe de la Undad de Atención al tra y Abuse Sexual Infantil

Meestria en Ciencias Penales, Marla Celia Pacheco Diez
Apoyo Juridico de la Urided de Atención al Maltrato y Abuso Sexual Infant

Lie. Maria Guadalupe Gómez Alexander
Atención a Usuaros de la Unidas de Atención el Maltrato y Abuso Sexual Infant

ie. Maria Laura Santana Ramirez
Asesoria y Seguimiento de la Unidad de Atención al Malrato y Abuso Sexual
Infant

Trabajo elaborado por:

Area Juridica: Maostría on Ciencias Ponalos Maria Celia Pacheco
Diaz

Area Psicológica: Lic. Martin Aguifiaga Trejo, Lic. Marla Guadalupe
¡Gómez Alexander y Lic. María Laura Santana Ramirez

Lie, Octavio Otiya Liavön
Coordinación de Aguntos Jurídicos

md
Maestria on Ciencias/Penalgé María Celia Pacheco Diaz
Apoyo Jurídico de la Unidad de Atención al Maltrato y Abuso Sexual Infantil

he EE Manone.
Lic ia Conil eons
Departamento de Anne Usuarios de Untied de Atención a Maltrato
vues desea bout

Pacho Laka L

CT nate
Departamento de Asesoría y Seguimiento de la Unidad do Atonción al
Maltrato y Abuso Sexual Infantil

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