Los bienes de dominio público y de dominio privado

2,193 views 10 slides Jun 20, 2016
Slide 1
Slide 1 of 10
Slide 1
1
Slide 2
2
Slide 3
3
Slide 4
4
Slide 5
5
Slide 6
6
Slide 7
7
Slide 8
8
Slide 9
9
Slide 10
10

About This Presentation

bienes muebles y bienes inmuebles


Slide Content

UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERREPTORADO ACADEMICO
ESCUELA DE DERECHO
LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO Y PRIVADO
PEREZ, NEREYDA
DERECHO CIVIL
TUTORA: ELEANA SANTANDER

NATURALEZA DE LOS BIENES DE
DOMINIO PUBLICO Y PRIVADO
Su Clasificación depende de la relación de pertenencia con
respecto a la persona que los posee.
Son Públicos los bienes del Estado como: Edificios, Playas,
Parques, museos, escuelas, universidades y todos aquellos que no sean
de propiedad privada.

BIENES DE DOMINIO
PÚBLICO
Son todos aquellos bienes muebles o inmuebles afectados por la autoridad
competente destinados a la utilidad general de la ciudadanía pero además
pueden ser de uso publico o privado
Los bienes de dominio Público son Inalienables (Art.543 C.C.)
No pueden ser usucapidos por terceros.

BIENES DE DOMINIO
PRIVADO
Son todos aquellos bienes muebles o inmuebles que se
caracterizan por pertenecer a uno o varios particulares
quienes por derecho pueden disponer de ellos.

BIENES DE DOMINIO
PRIVADO
Pertenecen a particulares
Son aquellos que siendo de la Nación, Estado o
municipalidades son patrimoniales y no de uso público.
Por ser de particulares son Enajenables
Pueden ser Usucapidos por terceros (con excepciones de la
ley)
No son de uso colectivo

BIENES
Son todos aquellas cosas y derechos objetos de comercio y que
otorgan alguna utilidad a sus propietarios o dueños.

BIENES MUEBLES
Son todos aquellos que pueden desplazarse de un lugar a otro e
incluso por su propios medios. Ejemplos: Muebles, lámparas, joyas,
carros, yates, motos o bicicletas, computadores, etc.

BIENES INMUEBLES
Son aquellos bienes que no pueden ser desplazados o trasladaos de un
lugar a otro.Ejemplo: Terrenos, edificios, casas, etc.

Por su naturaleza pueden trasladarse de un lugar
a otro (Art.532 C.Civil).
Los bienes muebles por anticipación son
aquellos adheridos al suelo pero con antelación se
presume que serán separados. Ej.las frutas, cosechas
El Art. 533 del C.Civil regula cuales son los
bienes muebles por el objeto a que se refieren o por
determinarlo la Ley; los derechos, obligaciones y las
acciones que tiene por objeto cosas muebles.
Por su naturaleza no es posible su
desplazamiento.
Por su destinación (Art.528 y 529 C.Civil)
lo son las cosas que el propietario del suelo
ha puesto en él para su uso, cultivo, beneficio.
Por el Objeto (Art.530 C.C.) Son los
derechos de los propietarios del enfiteuta
sobre los predios sujetos a enfiteusis y los
derechos de usufructo.
CLASIFICACIÓN REAL BIENES
MUEBLES INMUEBLES

GRACIAS POR SU
ATENCIÓN
Tags