M1: Es la definición de oferta monetaria más líquida, ya que incluye el efectivo en manos del público (EMP), que es una parte del dinero legal, más el dinero depositado en cuentas bancarias a la vista, también llamadas cuentas corrientes . M2: Esta es una definición algo más amplia de oferta monetaria ya que añade a M1 el dinero que tenemos en otros depósitos bancarios. ¿Cuáles? Aquellos depósitos con un plazo de vencimiento menor a 2 años, así como los que puedan retirarse (o “rescatarse”) con un preaviso al banco de 3 meses . M3: Esta es la definición más amplia de dinero que se utiliza en la Eurozona. Añade a M2 el dinero invertido en otros instrumentos financieros (no ya en depósitos bancarios). ¿En qué instrumentos? Fundamentalmente el dinero invertido en: (1) fondos del mercado monetario (2) cesiones temporales de activos (3) títulos de deuda privada o pública de vencimiento menor a dos años.