mapa conceptual derecho laboral.pptx

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Todo sobre el derecho del trabajo


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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRIGUEZ EXTENSIÓN-MARIÑO UNIDAD III Integrantes: Glenis Mateus CI:22949023 Marieglis Espinoza CI: 25.314.191 Erika Rivas CI: 29.786.369 : Facilitador: Lcdo. Juan Luis Pérez TURMERO, SEPTIEMBRE DEL 2020

RELACIÓN LABORAL TRABAJADOR Se denomina trabajador (A) a la persona que presta servicios que son retribuidos por otra persona, a la cual el trabajador se encuentra subordinado, pudiendo ser una persona en particular, una empresa o también una institución. EL PATRONO L a parte que provee un puesto de trabajo a una persona física para que preste un servicio personal bajo su dependencia, a cambio del pago de una remuneración o salario. RELACION DE TRABAJO Es la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario . CONTRATO DE TRABAJO Es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución. CLASIFICACIÓN O TIPO DE CONTRATO Contrato indefinido. Contrato temporal. ... Por obra o servicio. ... Eventual. ... De interinidad. ... De relevo. ... De formación y aprendizaje. ... Contrato de prácticas. LAS PERSONAS EN EL DERECHO DEL TRABAJO Todos los venezolanos tienen derecho a escoger su trabajo y dedicarse a cualquier profesión u oficio. El trabajador no puede recibir un sueldo inferior al salario mínimo decretado por el Gobierno Nacional. Debe recibir puntualmente su sueldo. Debe recibir el pago correspondiente por trabajar en horario nocturno y en días feriados. Tiene derecho a prestaciones sociales, intereses sobre prestaciones, utilidades y vacaciones. Debe estar incluido en la seguridad social. Tiene derecho a la libre sindicación y a la negociación colectiva. TRABAJADOR DEPENDIENTE Y DEPEDIENTE El trabajo dependiente : Es el que se realiza bajo las órdenes de un empleador, que fija las condiciones de trabajo del empleado en una actividad lícita, y a cambio le asigna una remuneración, que debe acordarse de acuerdo a la pauta constitucional de ser un salario digno, mínimo, vital y móvil. El trabajo no dependiente : Es aquel que no depende de un patrono y de igual madera esta protegido por la protección social TRABAJADOR DE DIRECCIÓN, DE INSPECCIÓN Y DE VIGILANCIA Trabajador de Dirección : Aquel trabajador que actúa en representación del patrono. Ejemplo: “El gerente general, quien actúa en representación de los socios, es un trabajador de dirección ”. Trabajador de inspección : quien tenga a su cargo la revisión del trabajo de otros trabajadores o de otras trabajadoras. Trabajador de vigilancia ,: Es quien tenga a su cargo el resguardo, la custodia y seguridad de bienes.