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a) Carátula según modelo de Figura N° 14, debidamente completada.
b) Esquema isométrico de los equipos de combustión con todas las especificaciones
técnicas de los elementos incluidos en una planilla según Figura N° 17.
c) Características generales del equipo, tipo del mismo (caldera, horno, etc.), superficie de
calefacción, presión de vapor, generación de vapor, cantidad de pasos del hogar,
volumen de la cámara de combustión y conductos de evacuación de gases, temperatura
de la cámara de combustión y/o zonas parciales, tiempo de funcionamiento del equipo y
periodicidad, funcionamiento manual, semiautomático o automático del equipo, ciclo de
funcionamiento (llama reductora, oxidante o neutra) presión de trabajo, capacidad en m
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n/h, tipo de cámara y sistema de evacuación de gases, marca y modelo del equipo, y
todo otro dato que defina al equipo.
d) Cálculo de las cañerías según las pautas indicadas en el Capítulo ll.
e) En equipos que por su tamaño (diámetros mayores que 76 mm (3") d.n.) o que por su
localización no resulte suficiente un esquema, se deberá presentar además un plano de
detalle que se ajuste a las pautas fijadas para la planta de regulación y medición.
f) En el plano o adjunto al mismo, se deberá presentar una memoria de funcionamiento con
todos los enclavamientos previstos y la secuencia de puesta en marcha.
Se podrá optar -a criterio del profesional actuante- por presentar, en lugar de la memoria
indicada anteriormente, un diagrama lógico de funcionamiento.
g) GAS DEL ESTADO podrá requerir la presentación de un plano con el circuito eléctrico
del equipo.
8.2.2.4. En los planos de equipos para acondicionamiento de gas se deberá indicar:
a) Carátula según Figura N° 14, debidamente completada.
b) Detalle de los equipos a construir con las especificaciones de los materiales incluidos en
planilla según modelo de Figura N° 17.
c) Especificaciones generales de diseño a incluir en chapa de características: fabricante,
presión de trabajo, presión de diseño, código de construcción, calidad de chapa, radio-
grafiado, capacidad, peso del equipo, año de fabricación, y todo otro dato necesario para
poder identificar las características del mismo.
d) Memoria de cálculo del recipiente y detalle de uniones soldadas.
e) Para el caso de equipos calentadores de gas se deberá incluir la memoria de cálculo del
balance térmico, como así también, todo lo concerniente a su equipo de combustión.
f) Se deberán presentar planos complementarios de los equipos previstos, como ser: tanque
de choque, tanque depósito, pozo de quemado, colectores y chimeneas de quemado,
instrumentación, etc.
8.2.3. En caso de cumplir con los requisitos precitados, GAS DEL ESTADO procederá a su
aprobación, pudiéndose de inmediato iniciar la obra.
En caso contrario, se devolverán los originales al instalador, informándose la totalidad de los
motivos de la observación para su corrección y posterior presentación, reiniciándose el
proceso.
8.2.4. Todo plano aprobado que dentro del año posterior a la fecha de aprobación no registrara
trámite alguno, será automáticamente anulado, siempre y cuando no se solicite -mediante
nota su conservación por otro período.