COMPENSACIÓN
EN MATERIA DE
OBLIGACIONES
Evita movimientos
innecesarios de dinero.
Facilita la liquidación de
obligaciones.
Recursos en la vida
profesional y comercial.
Equilibrar o saldar
deudas recíprocas entre
dos personas.
Extingue obligaciones
mutuas hasta el monto
de la menor.
Juan debe S/ 6,000 a
Jorge y Jorge debe
S/ 6,000 a Juan → ambas
deudas se compensan y se
extinguen.
Requisitos
Clasificación
según fuente
Definición
Deben ser exigibles al
momento de compensar.
Deudor y acreedor son la
misma persona en
obligaciones diferentes.
Las obligaciones deben
estar determinadas o
cuantificadas.
Un cliente que debe S/ 2,000 a un
proveedor y este le debe S/ 2,000: se
compensan y ambas obligaciones se
extinguen.
Si Juan tiene deuda de S/ 3,000 por un
préstamo y Jorge le debe S/ 2,000 por
la venta de un bien, solo se compensan
S/ 2,000; queda una deuda pendiente
de S/ 1,000.
No opera cuando:
Las obligaciones no
son líquidas, exigibles
o homogéneas.
Se excluyen
voluntariamente por
acuerdo.
La ley lo prohíbe
expresamente.
Legal: Dictada por la ley.
Convencional o voluntaria:
Acuerdo entre partes.
Facultativa: Una de las
partes expresa su voluntad
de renunciar a la ventaja.
Judicial: Por mandato del
juez, tras sentencia.
Ejemplo
Reciprocidad Liquidéz:
Limitaciones y
exclusiones
Ejemplos
Características
Solo opera entre
obligaciones recíprocas.
Liquidar, exigible y
homogénea: Requisito
fundamental.
No opera si las obligaciones
son ilíquidas o no exigibles al
momento.
Sin efectos retroactivos.
Ejemplo
Juan le debe S/ 5,000 a
María por un préstamo y
María también le debe S/
5,000 a Juan por la venta
de un bien.
Ejemplo
Pedro debe S/ 2,000 a Ana
por un trabajo realizado, y
Ana le debe S/ 2,000 por
una reparación en su
vehículo.
Exigibilidad:
Ejemplo
Laura tiene un crédito de S/
3,000 que puede exigir judicial
o extrajudicialmente porque
ya venció el plazo establecido
en el contrato.
Homogeneidad:
Naturaleza similar de las
obligaciones (por ejemplo,
dinero por dinero).
Ejemplo
Alberto debe S/ 1,000 a
Beatriz por la venta de
un automóvil y Beatriz le
debe S/ 1,000 a Alberto
por servicios de asesoría.
Tipos de
compensación
Total: Cuando ambas
obligaciones se
extinguieron por
completo.
Ejemplo: Juan debe S/
4,000 a Carla por un
préstamo, y Carla debe
S/ 4,000 a Juan por la
venta de un bien.
Parcial: Cuando solo se
extingue hasta el monto
de la menor obligación.
Ejemplo: Luis debe S/
5,000 a María por un
préstamo, pero María
debe solo S/ 3,000 a Luis
por servicios de asesoría.