tramite ante el imss en el que puedes crear un registro patronal único para toda las sucursales que tengas en la república Mexicana
Size: 3.73 MB
Language: es
Added: Jan 20, 2011
Slides: 38 pages
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Concepto de Registro Patronal Único:
Se designa como Registro Patronal Único aquel que corresponde al
domicilio fiscal de una empresa y que tiene sus respectivos registros
patronales de sus centros de trabajo en diversos municipios, a través del
cual transmite los movimientos afiliatorios de todos los trabajadores de
sus diversos centros de trabajo.
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Objetivo:
Proporcionar a las empresas que cuentan con centros de trabajo en
diversas partes del país, un mecanismo que les permita controlar a
sus trabajadores bajo un solo Registro Patronal, sin que el
Instituto pierda información que le permita conocer la ubicación
geográfica de su población derechohabiente.
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Fundamentos Legales:
Artículo 15 Fracción I de la Ley del Seguro Social.
Obligatoriedad de registrarse e inscribir a sus trabajadores.
REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA
DE AFILIACION, CLASIFICACION DE EMPRESAS, REC
AUDACION Y FISCALIZACION.
Artículo 13 :
Asignación de Registro Patronal por cada municipio o D.F.
A solicitud por escrito del patrón, el Instituto podrá asignar un Registro
Patronal Único, en la forma y términos que se señalen en los lineamientos
que para tal efecto expida el H. Consejo Técnico.
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Si todos los registros patronales están ubicados en la misma fracción y
clase, la empresa será clasificada en dicha fracción y clase.
Si los registros patronales tienen diferente fracción y clase, la empresa
será clasificada en el grupo económico, fracción y clase atendiendo a la
actividad a la que se dedique, en términos del Catálogo de Actividades.
Artículo 27 : Cuando a solicitud del patrón, el Instituto asigne un
registro patronal único sustituyendo los registros patronales con
los que venía operando, se estará a lo siguiente :
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Artículo 114 :
Cuando el patrón tenga asignados varios registros patronales, determinará y
presentará por cada uno de ellos las cuotas correspondientes, en cédulas de
determinación por separado, salvo los casos en que el Instituto autorice
expresamente y por escrito, que se cumpla dicha obligación en forma
diferente.
Acuerdo 325/2003 de fecha 27 de agosto del 2003
480/2006 de fecha 30 de octubre del 2006.
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Requisitos del Registro Patronal Único:
Tener un número patronal de identificación electrónica (NPIE) y certificado digital vigente del
Registro Patronal que corresponda a la Subdelegación del Domicilio Fiscal.
Tener el registro patronal vigente.
Tener al menos un trabajador registrado.
No tener Desacuerdos y/o inconformidades en materia de Seguro de Riegos de Trabajo y en su caso
desistirse y comprobar el hecho.
El número de Registro Patronal que se designa como RPU debe corresponder al Registro Patronal
de su Domicilio Fiscal.
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Tener el Registro Patronal Vigente.
Tener el mismo nombre o Razón Social.
Tener al menos un trabajador registrado.
No estar asociado su registro patronal a otro RPU.
Requisitos del Registro Patronal Asociado:
No tener Desacuerdos y/o inconformidades en materia de Seguro de Riegos de Trabajo y en su caso
desistirse y comprobar el hecho.
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Los Registros Patronales de los diversos municipios se les denomina Registros Patronales Asociados, que
al adherirse a un Registro Patronal Único, dejan de existir oficialmente para el patrón.
Para la identificación de los trabajadores de cada uno de los centros de trabajo de sus respectivos
movimientos afiliatorios se les asigna la clave de municipio del Registro Patronal asociado.
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Trámite del Registro Patronal Único con Firma Digital
El Tramite se hace por Internet.
La operación se realiza a través de su firma
Electrónica.
El trámite la autoriza la Subdelegación.
El patrón firma la Carta de Aceptación con
su Firma Electrónica y desde Internet.
Se utiliza IDSE 2.
Se elimina el uso de papel.
La autorización tanto para el Registro
Patronal Único como para la inclusión de
un Registros Patronal Asociado
posteriormente, está calendarizado por el
sistema, para que solo tenga fecha de inicio
de primer día de bimestre.
El Registro se opera en la Subdelegación de
control del Domicilio Fiscal.
El patrón transmite a través de su Firma
Digital sus movimientos afiliatorios de sus
trabajadores.
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Ventajas del Registro Patronal Único :
Toda operación se realiza a través de la Firma Electrónica. (Internet).
El patrón transmite sus movimientos afiliatorios con su clave de
municipio de cada Trabajador del registro patronal asociado, a través del
Registro Patronal Único y con su Firma Electrónica.
El patrón puede consultar su Emisión que incluye a todos los
Trabajadores de sus Registros Patronales Asociados (Está en
ajustes).
Las Modalidades que acepta el Registro Patronal Único son: 10, 13 y 17.
El patrón no requiere presentarse a la Delegación o Subdelegación hacer
la Solicitud y firmar la Carta de Aceptación.
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Elaboración de la Solicitud de Adhesión al Registro
Patronal Único
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El patrón previamente deberá crear una Carpeta para varios archivos (pdf) en disco local
C:, donde almacenará la información que se generará durante la elaboración de la Solicitud
de Adhesión al Registro Patronal Único y cuando Firma la Carta de Aceptación.
El Patrón, Sujeto Obligado o Representante Legal, debe iniciar la operación del Sistema desde cualquier
navegador de Internet con solo accesar en la página principal del IMSS www.imss.gob.mx y hacer clic en
Consultas en la opción Servicios en Línea y Descargas, después accesa a “Firma Digital”.
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S o lic itu d d e R P US o lic itu d d e R P U
2020
El Instituto dará respuesta a la Solicitud del patrón en 10 días hábiles, a partir del siguiente
día de la fecha de la Solicitud de Adhesión,.
Preautorizada.
Rechazada
La solicitud Preautorizada deberá firmar la Carta de Aceptación el patrón.
La solicitud Rechazada es porque el patrón no cumplió con los requisitos señalados.
El patrón tiene como plazo para firmar la Carta de Aceptación, hasta el último día anterior
al inicio de bimestre.
Las solicitudes que los patrones no firman, el sistema las elimina. Por lo que el patrón tendrá
que hacer nuevamente la Solicitud.
2121
Firma de la Carta de Aceptación por parte del
patrón
2222
2323
2424
2525
2626
2727
2828
2929
3030
AUTORIZADA
3131
3232
Rechazo de la Solicitud de Adhesión al
Registro Patronal Único
A082747
510
Cuenta con Cuenta con
desacuerdodesacuerdoE4912771
10
Diferente nombreDiferente nombre
D682933910
8471250510
Porque todos Registros Patronales cuenten con Solicitud de Desacuerdo o tengan también
Adeudos pendiente. Se dará clic en Rechazar.
Sus Registros Patronales se encuentran con desacuerdos y juicios
interpuestos por usted, contra el Instituto.
El empleado captura la leyenda para
comunicar las Causas de Rechazo.
Da Clic en Guardar.
Si son correctos los datos, dar clic en Aceptar.
Da Clic en Aceptar.
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Contiene el Resumen del Rechazo, Datos Generales del Patrón y la Causa de Rechazo.
El empleado
Subdelegacional puede
descargar (guardar) el
documento.
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Al finalizar el rechazo y recibir el patrón el correo, automáticamente el sistema quita la solicitud
del patrón del Listado de Solicitudes de RPU.