Perito - Peritaje.pptx

BrbaraVillalba6 118 views 15 slides Oct 09, 2023
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About This Presentation

Medicina legal y Legislación Sanitaria


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Perito – Peritaje Trabajo de Investigación sobre : Medicina Legal y Legislación Sanitaria INTEGRANTES Nancy Villalba Elizabeth Noguera Leda Candia Curso : Enfermería 2do año Docente : Abogada Digna Pedrozo

En el presente trabajo abarcaremos los siguientes Ítems - Concepto de perito y Peritaje - Tipos de perito - La importancia de los mismos entre otros. Introducción

Concepto de Pericia Una pericia puede ser un estudio que desarrolla un perito sobre un asunto encomendado por un  juez , un  tribunal  u otra autoridad, que incluye la presentación de un informe (el  informe pericial  o  dictamen pericial ). Este informe puede convertirse en una  prueba pericial  y contribuir al dictado de una sentencia.

Perito Experto en una materia a quien se le encomienda la labor de analizar desde un punto de vista técnico, artístico, científico o práctico la totalidad o parte de los hechos litigiosos. Deberá poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto de dictamen. También podrá solicitarse a academias o instituciones culturales y científicas que se ocupen del estudio de las materias objeto de pericia.

Peritaje El peritaje consiste en ofrecer un análisis técnico e independiente sobre los hechos y las pruebas reunidas para ayudar a emitir un veredicto, en especial cuando se trata de una causa en la que alguno de sus aspectos presenta dificultades y desconocimiento de la Justicia y necesita de un profesional especializado.

EL DEBER DE UN PERITO El primer deber de un perito experto es  ser veraz a los hechos , profundizar todo lo necesario en el  razonamiento técnico ,  honesto  como a la opinión y completa en la cobertura de los asuntos pertinentes. Esto se aplica a los informes escritos tanto como a declaraciones orales, e independientemente de si son o no bajo juramento. Para cumplir estas funciones de manera adecuada es, por supuesto, de vital importancia que el experto tenga sus conocimientos actualizados.

Tipos de peritajes Perito Contable:  habilitado para entender en: Contabilidad; Análisis y certificación de estados contables; Revisión contable y certificación de arqueo de valores Perito Caligráfico o Documentólogo:  habilitado para dictaminar sobe: Autenticidad o no de manuscritos en general; Integridad o alteración de documentos o valores, por cualquier procedimiento (químico, mecánico u otros métodos), conocido o aplicable en el futuro; Análisis de textos mecanografiados; Manipulaciones a través de sistemas informáticos. Perito Marcario y de Propiedad Intelectual o Industrial:  competente para verificar y dictaminar sobe: Concepto de Marca; Elementos componentes de una marca; Tipos de Falsificaciones de Marcas; Características de Originalidad para detectar las falsificaciones de marcas.

TIPO DE PERITO PERITO OFICIAL: Son los llamados Forenses. Siendo funcionarios estatales. PERITO PARTICULAR :No están adscritos al Ministerio de Justicia, trabajando a través de las listas o de parte. SEGÚN EL ORIGEN DE SU CONTRATACIÓN PERITO DE OFICIO : Son los llamados Forenses. Siendo funcionarios estatales. PERITO DE PARTE: No están adscritos el Ministerio de Justicia, trabajando a través de las listas o de parte. Son expertos contratados por una de las partes, que le ayuden a dar soporte técnico a su defensa legal. Suelen ser especialistas elegidos por su experiencia y conocimientos técnicos en el caso, y ayudan a la parte a preparar el caso. PERITO NOMBRADO POR EL JUZGADO : Son peritos nombrados por asociaciones o el propio juzgado. Su elección es “al azar” de entre todos los titulados dados de alta en listas de profesionales.

El perito debe actuar con la ciencia del médico, la veracidad del testigo y la ecuanimidad del juez. Es necesario abrir los ojos y cerrar los oídos. Abrir bien los ojos, para ver por sí mismo con exactitud y cerrar los oídos, para no hacer eco de las palabras tendenciosas de las partes en juicio o de los comentarios del público basados en prejuicios o pasiones. Un gran peligro para el perito es dejarse impresionar por el ambiente público, por la amistad sospechosa o por la simulación de las partes. La excepción puede ser de tanto valor como la regla. En la práctica clínica, el médico se guía sobre todo por los hechos más habituales sin descuidar las rarezas. Esta precaución es más necesaria y útil en medicina legal, donde siempre se trata de casos de especie, pues todo peritaje es un problema individual. Por eso el perito debe tener presente la posibilidad de un hecho excepcional. Desconfiar de los signos patognomónicos. Estos signos no pasan de ser una ilusión clínica. Desgraciadamente, esa exactitud de un diagnóstico basado en un solo signo de valor absoluto no existe, la precisión matemática no es aplicable a los problemas biológicos que el médico debe resolver. Si este es el criterio clínico, el mismo y con mayor rigor ha de ser el criterio medico legal: el perito no puede confiar en la indicación de un solo signo, precisamente por la trascendencia de su opinión, cuyas consecuencias son a menudo irremediable nad Hay que seguir el método cartesiano. Es el método aconsejado por el filósofo Descartes y aplicable a cualquier investigación científica, siguiendo cuatro reglas esenciales: a.- No admitir jamás como verdadera ninguna cosa que no aparezca evidentemente como tal y evitar la precipitación o la prevención. b.-Dividir las dificultades en tantas partes como sea posible para resolverlas mejor. c.- Dirigir ordenadamente el pensamiento, comenzando por lo más sencillo y fácil para llegar a lo más complejo. d.- Hacer enumeración completa y revisiones sin omitir nada . Normas prácticas para la realización de peritajes forenses

Normas prácticas para la realización de peritajes forenses .6) No fiarse de la memoria. En el desarrollo del peritaje va comprobándose gran cantidad de datos que a pesar de la importancia que tienen pueden olvidarse si ha confiado en su memoria, por lo que debe de ir anotando lo observado. 7) Una autopsia no puede rehacerse. Toda autopsia debe ser metódica y completa. El perito ha de habituarse a ejercitar sus sentidos antes y después de cortar, ver, tocar y a veces hasta oler. Debe revisar bien los órganos y hacer constar los detalles de valor médico legal. El perito, tiene el deber de agotar su investigación de autopsia. 8) Pensar con claridad para escribir con precisión. Todo perito necesita desarrollar su aptitud dialéctica, pues su informe debe convencer. El juez debe conocer las razones en que se fundamenta. 9) El arte de las conclusiones consiste en la medida .

Excusa y recusación de los peritos Con el fin de garantizar la objetividad del perito y de liberarlo de cualquier sospecha de parcialidad, la ley lo obliga a inhibirse o admitir la recusación por las mismas causas establecidas para los jueces ( Artículos 220 y 55 Código Procesal Penal)   "a) Cuando en el mismo proceso hubiera pronunciado o concurrido a pronunciar el auto de apertura a juicio o la sentencia, o hubiera intervenido como funcionario del Ministerio Público, defensor, mandatario, denunciante o querellante, o hubiera actuado como perito, consultor técnico o conociera del hecho investigado como testigo, o tenga interés directo en el proceso b) Si es cónyuge, conviviente con más de dos años de vida en común, pariente dentro del tercer grado de consanguinidad o afinidad, de algún interesado, o este viva o haya vivido a su cargo. C) Si es o ha sido tutor o curador, o ha estado bajo tutela o curatela de alguno de los interesados.

PERITAJE E INFORME. Peritaje , que es la valoración o estimación final de parte de este profesional, sobre un caso en particular, para llegar alli el perito debe investigar, y para ello, necesita reunir pruebas y compararlas y analizarlas. Su trabajo es exhaustivo en este sentido y apunta a indagar en detalle sobre el objetivo a estudiar. Con la información obtenida el perito puede elaborar el informe judicial, que es una pieza clave dentro de cualquier investigación. En este informe no sólo debe estar la opinión bien fundada del profesional, sino también el detalle de cómo se llegó a las conclusiones que finalmente se obtuvieron. ⚫ Por otro lado, junto con el informe judicial, el perito debe entregar los materiales que utilizó para realizar su investigación, teniendo en cuenta que estos elementos pueden ser útiles para una mayor comprensión del caso y al mismo tiempo, para fundamentar la opinión del experto

Perito y Testigo El testigo siempre tiene que ser una persona física, pues sólo este tipo de personas tienen capacidad sensorial. Sin embargo, el perito puede ser una persona física o jurídica, El testigo no puede ser elegido y, en consecuencia, está obligado a acudir al Juzgado y declarar si es citado para ello, sin poder cobrar otra cantidad que no sea la indemnización por los gastos y perjuicios que se les haya ocasionado. • El perito debe poseer conocimientos de la materia de que se trate el proceso, mientras que el testigo no es necesario que los posea. En este punto, el perito debe poseer conocimientos de la materia de que se trate el proceso.

Valor de la prueba pericial La prueba pericial se vale de la ciencia y/o de la técnica como herramientas de análisis de los hechos y se realiza mediante la aportación de conocimiento científico-técnico al proceso con la finalidad de acreditar en el proceso una realidad fáctica que de otro modo no podría ser revelada en el proceso. Este hecho constituye su principal característica y distingue esta prueba del resto de las previstas en el ordenamiento procesal que se fundamentan en la declaración o exposición de documentos que dan cuenta al Juez de hechos de forma directa. En la pericial, sin embargo, lo que se aporta es la consecuencia que resulta de la aplicación de la ciencia a los hechos objeto de examen.

Conclusión El trabajo del perito y el peritaje en sí es un trabajo de amplia aplicación. La prueba pericial cumple un rol muy importante en los procesos judiciales porque aporta información específica para aclarar un caso. La prueba pericial es un medio probatorio fundado principalmente en la técnica y la ciencia que aporta un perito, en base a sus conocimientos específicos y su experiencia.
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