Producto Adicional Exequial: Definición y Amparos El Producto Adicional Exequial del Fondo Mutual de Auxilio Funerario ofrece una serie de amparos económicos adicionales a los ya existentes en el Plan Básico. Estos amparos están disponibles para los asociados que los incorporen voluntariamente a su portafolio.
AMPAROS Este amparo cubre los gastos funerarios de personas que el asociado inscriba voluntariamente y que dependan económicamente de él. Para acceder a este amparo, las personas deben estar debidamente inscritas y el asociado debe manifestar mediante declaración extra juicio que dependen económicamente de él. Este amparo cubre los gastos funerarios del asociado que se encuentre afiliado al Fondo Mutual de Solidaridad. Gastos funerarios adicionales por muerte del asociado afiliado al Fondo Mutual de Solidaridad: Este amparo cubre los gastos funerarios del asociado que no se encuentre afiliado al Fondo Mutual de Solidaridad. Gastos funerarios adicionales por muerte del asociado no afiliado al Fondo Mutual de Solidaridad: Este amparo cubre los gastos funerarios de los familiares directos del asociado, como cónyuge, hijos, padres y hermanos. Gastos funerarios adicionales por muerte del familiar directo del asociado: Gastos funerarios de personas adicionales inscritas por el asociado y que dependen económicamente de él: By Stwon
CONSIDERACIONES IMPORTANTES: Excepción al período de carencia: No se aplica el período de carencia a hijos recién nacidos hasta un año de edad. Inscripción de familiares directos: Ningún asociado podrá inscribir dentro del plan de gastos funerarios de familiares adicionales a sus familiares directos que ya estén inscritos por otro asociado en el Plan Básico. Responsabilidad del asociado: El asociado es responsable de la veracidad de la información proporcionada sobre los beneficiarios. La inexactitud u omisión de información puede ser motivo de la negación del amparo. Inscripción de beneficiarios: La administración del Fondo Mutual de Auxilio Funerario se reserva el derecho de aceptar la inscripción de los beneficiarios propuestos por el asociado.
**Tipo de cobertura Valores mínimos y máximos** Asociados Entre $ 1.264.400 y hasta $ 11.379.600 Familiar directo Entre $ 1.264.400 y hasta $ 6.322.000 Personas adicionales Entre $ 1.264.400 y hasta $12.644.000 Valores de Protección Mínimos y Máximos del Fondo Mutual de Auxilio Funerario El Fondo Mutual de Auxilio Funerario, además del Amparo de Gastos Funerarios básico, ofrece a sus asociados la posibilidad de adquirir una protección adicional contra gastos funerarios. Esta protección adicional tiene un valor variable que depende de la opción elegida por el asociado al momento de su contratación. A continuación, se detallan los valores de protección mínimos y máximos disponibles para cada tipo de cobertura:
Es importante tener en cuenta que: El valor de la protección adicional se paga en adición al Amparo de Gastos Funerarios básico. El valor de la protección elegido por el asociado al momento de la contratación se mantiene vigente durante toda la vida del asociado, sin actualizaciones. Los valores mínimos y máximos indicados en esta tabla pueden estar sujetos a cambios de acuerdo con las disposiciones del Fondo Mutual de Auxilio Funerario.