LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA ANÁLISIS PRÁCTICO Abg. Silvia L. Tasayco Fuentes Especialista en derecho penal y procesal penal
Objetivos: Comprender la naturaleza, procedimientos y presupuestos de la prisión preventiva. Integrar doctrina peruana e internacional con variedad de voces. Aplicar técnica argumentativa para defensores y fiscales .
Marco normativo: Constitución del Perú: Art . 2.24.d: “Nadie puede ser detenido arbitrariamente”. Art. 139.14 y 22: debido proceso, tutela jurisdicción efectiva- Código Procesal Penal (Decreto Legislativo N° 957 y modificatoria DL 1085/2025 ): Artículo 268: Presupuestos materiales para la prisión preventiva. Artículo 271: Procedimiento de la audiencia de prisión preventiva . Jurisprudencia Vinculante: Casación 626-2013 Moquegua – otros requisitos para la prisión preventiva Principios Procesales: Oralidad , contradicción, inmediación y publicidad .
ETAPAS DEL PROCESO PENAL COMÚN:
ALGUNAS MEDIDAS DE COERCIÓN PERSONAL VIGILANCIA ELECTRÓNICA - Art. 268-A del CPP - Vigilancia electrónica personal de carácter preventivo (en delitos con sanción mayor a 7 años ). - DL 1322 regula vigilancia electrónica personal.
PRESUPUESTOS MATERIALES DE LA PP (y otros requisitos):
ESTÁNDARES PROBATORIOS:
Instalación de audiencia: 1.- Acreditación de las partes (fiscal, imputado, defensa). Art. 370 CPP Ubicación de las partes en audiencia.
Desarrollo de la Audiencia: 2.- Fiscal expone los hechos imputados y sustenta su requerimiento. 3.- Abogado defensor rebate los presupuestos expuestos por el MP y expone sus argumentos. 4.- Réplica y dúplica. 5.- Resolución oral del juez (Resuelve mediante auto con motivación reforzada).
Jurisprudencia relevante : Casación N° 626-2013 Moquegua: Fundamento 24, precisa el debate de audiencia en 5 partes. Importancia de la argumentación y contradicción en la audiencia de prisión preventiva . Casación N° 704-2015 Pasco: Sobre la no discusión de la tipicidad en audiencia. Acuerdo Plenario 01-2019: Doctrina legal sobre peligro procesal; f. 24 presupuesto de sospecha grave. Exp . 03248-2019-PHC/TC (Caso Yoshiyama Tanaka ): F. 129 Sobre debida motivación reforzada, proporcionalidad y duración de la medida. Casación N.° 1445-2018 Nacional, FJ. 6: Refiere sobre la existencia de calidad de arraigo. Casación N° 47-2024/Puno, FJ. 5 : Refiere innecesaria calificación de “buena calidad, mala calidad, etcétera). Convención Americana de Derechos Humanos , art. 7, y jurisprudencia Corte IDH (Chaparro Álvarez, Norín Catrimán ): prohíbe la prisión preventiva como sanción anticipada
Errores frecuentes y soluciones 🔷 1. Errores comunes del Ministerio Público 1.1. Motivación genérica y estandarizada ❌ Error: El fiscal sustenta el peligro procesal en sentido genérico. ✅ Solución: La fiscalía debe adecuar sus argumentos al caso concreto. 1.2 . Omite calcular técnicamente el pronóstico de pena ❌ Error: Se menciona que la pena es “mayor a 5 años” sin explicar cómo se llegó a esa conclusión. ✅ Solución: El fiscal debe exponer claramente el cálculo: tipo penal base + agravantes + posibles beneficios + exclusión de atenuantes. 1.3 . Reiteración automática de argumentos sin responder a la defensa ❌ Error: En la réplica, el fiscal repite su tesis sin refutar los argumentos presentados por la defensa. ✅ Solución: El fiscal debe escuchar activamente y contrarrestar con precisión.
Errores frecuentes y soluciones 2. Errores comunes de la defensa 2.1. Negación sin propuesta alternativa ❌ Error: La defensa se limita a negar los hechos o a afirmar “no hay peligro procesal”, sin desarrollar un planteamiento técnico ni ofrecer medidas alternativas. 2.2 . Falta de documentación de arraigo ❌ Error: Afirmar que el imputado tiene trabajo, familia o domicilio fijo, pero no presentar documentos que lo acrediten. ✅ Solución: Adjuntar y sustentar documentos pertinentes: 2.3 . Desconocimiento del expediente o jurisprudencia ❌ Error: Argumentar sin revisar detalladamente los actuados o sin conocer precedentes relevantes. ✅ Solución: La defensa debe conocer el expediente y apoyarse en doctrina y jurisprudencia.
3. Errores comunes del Juez (Contexto crítico) 3.1. Decisión inmotivada o copia del requerimiento ❌ Error: Jueces que resuelven sin analizar cada presupuesto o simplemente repiten lo dicho por el fiscal. ✅ Considerar la importancia de la motivación reforzada, exigida por la Constitución y el TC. 3.2. No valorar medidas alternativas a la prisión preventiva ❌ Error: Omitir el análisis de medidas menos gravosas, como comparecencia, caución u otro. ✅ Solución: Defensa debe exigir en audiencia que se evalúe la proporcionalidad de la medida.
Recomendaciones transversales (para fiscales y defensores) ✔ Usa una checklist antes de litigar: ¿Tengo prueba suficiente para sustentar mi posición? ¿Conozco la jurisprudencia aplicable? ¿Tengo lista de medidas alternativas a la prisión preventiva? ✔ Entrena con simulacros: Realiza audiencias simuladas con colegas. Corrige errores en forma de retroalimentación técnica. ✔ Habla con precisión: Evita adjetivos innecesarios o ambigüedades. Utiliza términos técnicos del CPP y doctrina penal.
CASO PRACTICO Escenario : El fiscal solicita prisión preventiva por 7 meses contra Pedro Quispe, de 22 años, investigado por el presunto delito de hurto agravado. Hechos: Según la denuncia, Pedro fue captado por una cámara de seguridad empujando una moto lineal fuera de un estacionamiento en Villa El Salvador. La policía lo intervino a los 20 minutos, a 5 cuadras del lugar, en posesión del vehículo. El dueño ya recuperó su moto y no se ha constituido como actor civil. Pedro tiene antecedentes, vive con su madre, y trabaja como repartidor por aplicativo. La fiscalía argumenta peligro de fuga porque “el imputado no tiene contrato formal” y porque el delito tiene pena prevista mayor a 5 años. La defensa plantea comparecencia simple y presenta boletas de compra de víveres con RUC personal, constancia de residencia y certificado de domicilio.
P reguntas ( rápidas): ¿ Se cumple el presupuesto de elementos de convicción fundados? ¿Qué opinas del pronóstico de pena? ¿Está debidamente sustentado el peligro de fuga? ¿Sería razonable dictar prisión preventiva en este caso? ¿Qué medidas alternativas puedes proponer como defensa?
Conclusiones: 1. La prisión preventiva es una medida cautelar excepcional. 2 . Para la imposición de la prisión preventiva den concurrir los tres presupuestos exigidos por el artículo 268 del CPP, de forma copulativa. Se considera el desarrollo del principio de proporcionalidad y la duración de la medida. 3. El pronóstico de pena no puede ser resultado de una estimación arbitraria ni mecánica: debe calcularse con base en los marcos penales del tipo imputado, considerando agravantes, atenuantes y criterios de razonabilidad. 4 . El peligro procesal no puede presumirse ni basarse en conjeturas, requiere acreditación objetiva de riesgo real de fuga u obstaculización, conformes a estándares doctrinarios y jurisprudenciales. 5 . La imposición de la prisión preventiva exige una motivación reforzada. 6. El rol del fiscal de controlar la legalidad implica obtener medios de prueba de cargo y de descargo, que fundamenten su decisión razonable para solicitar la prisión preventiva. 7 . El rol del litigante en audiencias de prisión preventiva exige dominio técnico, argumentación estructurada, conocimiento jurisprudencial actualizado y capacidad para identificar defectos formales o sustantivos en el requerimiento fiscal . 8 . Una práctica procesal exige erradicar la visión de la prisión preventiva como “respuesta social” o “pena anticipada”. La finalidad de esta medida es cautelar —no sancionadora— y su utilización sin rigurosidad técnica mina la legitimidad del sistema de justicia penal.