Principios del tercero excluido

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About This Presentation

Presentación de alumnos de la materia Comunicación Oral y Escrita para Abogados


Slide Content

PRINCIPIOS DEL TERCERO EXCLUIDOPRINCIPIOS DEL TERCERO EXCLUIDO
AXIOMA IIAXIOMA II
LA CONDUCTA JURIDICAMENTE LA CONDUCTA JURIDICAMENTE
REGULADA SOLO PUEDE REGULADA SOLO PUEDE
HALLARSE, PROHIBIDA O HALLARSE, PROHIBIDA O
PERMITIDAPERMITIDA

-Principio del tercero exclusoPrincipio del tercero excluso
-En latín En latín principium tertium exclusumprincipium tertium exclusum oo tertium non tertium non
datur datur una tercera (cosa) no se da).una tercera (cosa) no se da).
-Cuando dos juicios se oponen, uno debe ser Cuando dos juicios se oponen, uno debe ser
verdadero y el otro falso, excluyendo una tercera verdadero y el otro falso, excluyendo una tercera
posibilidad que pueda establecer la verdad o posibilidad que pueda establecer la verdad o
falsedad de los dos anteriores. falsedad de los dos anteriores.
-Solo podemos afirmar o negar su falsedad o Solo podemos afirmar o negar su falsedad o
verdad, no existe una tercera posibilidad. verdad, no existe una tercera posibilidad.
-Cuando dos normas de derecho se contradicen, no Cuando dos normas de derecho se contradicen, no
pueden ambas carecer de validez.”pueden ambas carecer de validez.”

PRINCIPIOS DEL TERCERO EXCLUIDOPRINCIPIOS DEL TERCERO EXCLUIDO

EJEMPLO:EJEMPLO:
•““Todos los hombres son mortales” Todos los hombres son mortales”
•““Algunos hombres no son mortales” Algunos hombres no son mortales”
Este principio declara que todo tiene que ser o no ser: Este principio declara que todo tiene que ser o no ser:
“A es B” o “A no es B”“A es B” o “A no es B”

AXIOMAAXIOMA
Es una serie de legalidades y principios que valen para
el derecho independiente de las precisiones del orden
jurídico positivo y que, por su carácter apriorístico y la
evidencia de su contenido, tiene un rango de auténticos
axiomas.
La teoría de tales principios y legalidades pueden
denominarse Axiomática Jurídica.

EL QUE EJERCITA SU DERECHO, NO EL QUE EJERCITA SU DERECHO, NO
PUEDE ABUSAR DE ÉL.PUEDE ABUSAR DE ÉL.
Quien, usa un pretexto de ejercitar su derecho, comete un abuso,
abandona el ámbito de lo que se le permite y penetra en el de lo
ilícito. Pero los actos comprendidos en esta zona no pueden ser ya
considerados como ejercicio de un derecho, porque, si así fuera,
estarían, a un tiempo, permitidos y prohibidos, lo que implica
contradicción. Luego el que ejercita su derecho no puede abusar de
él.

Ejemplo:
•El acreedor que reclama a su deudor la
devolución de lo prestado, ejercita un derecho
subjetivo y, por ende, obra de forma lícita.

LO QUE ESTA JURIDICAMENTE ORDENADO NO LO QUE ESTA JURIDICAMENTE ORDENADO NO
PUEDE ESTAR JURIDICAMENTE PROHIBIDO.PUEDE ESTAR JURIDICAMENTE PROHIBIDO.
Aquí no puede estar prohibido, ya que, si lo estuviese,
el mismo proceder se hallaría a un tiempo prohibido y
permitido, lo que implica contradicción. Luego lo que
esta jurídicamente ordenado no puede estar
jurídicamente prohibido.

Ejemplo:
El comprador de una cosa tiene el deber y,
por ende, el derecho de pagar el precio. Es
pues, obvio que no puede impedírsele que lo
pague.

SI LA OMISIÓN DE LA CONDUCTA PERMITIDA SI LA OMISIÓN DE LA CONDUCTA PERMITIDA
ESTA PROHIBIDA, ESA CONDUCTA ESTA ESTA PROHIBIDA, ESA CONDUCTA ESTA
ORDENADA ORDENADA
Este principio es una orden, como por ejemplo:

PRESENTADO POR:PRESENTADO POR:
ÁNGELES CASTILLO MELISSAÁNGELES CASTILLO MELISSA
BECERRIL BARRITA JOSÉBECERRIL BARRITA JOSÉ
MEZA GUTIÉRREZ MIRIAMMEZA GUTIÉRREZ MIRIAM
LEAL MARTÍNEZ FEDERICOLEAL MARTÍNEZ FEDERICO
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