En este sentido entendemos por fuente del derecho como todo aquello, objeto, actos o hechos
que producen, crean u originan el surgimiento, colacimiento del derecho, es decir, de las
entrañas o profundidades de la propia sociedad. Ahora bien las fuentes de derecho se
clasifican por su estudio en:
Fuente Histórica: Son el conjunto de documentos o textos antiguos entre libros, textos o
papiros que encierran el contenido de una ley, ejemplo: Código de Hammurabi
Fuente Real: Conjunto de factores y elementos que determinan el contenido de una ley,
ejemplo: Código penal y civil de un estado.
Fuente Formal: Conjunto de actos o hechos que realiza el estado, la sociedad, el individuo
para creación de una ley, ejemplo: El poder legislativo federal; esta fuente contiene:
Costumbre
Doctrina
Jurisprudencia
Principios generales de estudio
Tratados internacionales
Legislación o Ley
Realización del Derecho
Para que una norma pueda ser eficaz, para que se realice, han de crearse, además, los medios
e instituciones que propicien la realización de la disposición, y de los derechos y deberes que
de tales situaciones resulten. Pero la eficacia de una norma no puede exigirse sólo en el plano
normativo, también ha de ser social, material, para que haya correspondencia entre la norma y
el hecho o situación, para que refleje la situación existente o que desee crearse,
manifestándose así la funcionalidad del Derecho. Como resultado de lo anterior, será posible,
entonces, que la norma obtenga el consenso activo de sus destinatarios, que sea acatada y
respetada conscientemente, sin requerir la presión del aparato coercitivo del Estado.
Requisito previo de la validez normativa es la publicidad en el sentido antes expuesto. La
publicación de las normas se hace no solo para dar a conocer el nacimiento de la disposición,
el inicio de su vida jurídico formal, sino también para declarar la posibilidad de su exigencia y
obligatoriedad para el círculo de destinatarios de la normativa. Aún más, si toda disposición
normativa se dicta, por regla general, para que tenga vida indeterminada, para que sea vigente
y por tanto válida a partir de la fecha de su publicación si ella no establece lo contrario, el acto
de la publicación es vital en su nacimiento y acción posterior.
La validez de una norma de Derecho, entonces, y de la disposición que la contiene y expresa,
es un elemento importante para la eficacia de la misma, para el logro de su realización en la
sociedad, tal y como se previó. Interesan no sólo la observación de los principios, sino también
de ciertas reglas relativas a su elaboración racional, a la creación de instituciones para
asegurar su cumplimiento, así como la finalidad que con ellas se persigue, a saber: conservar,
modificar, legitimar cambios, así como de la observancia de principios básicos que rigen en
cada ordenamiento jurídico.
Por tanto, las disposiciones normativas, de cualquier rango, han de ser resultado del análisis
previo con el objetivo de conocer los hechos, sus causas y efectos, regulaciones posibles, sus