Reformas Laborales y sus Efectos tributarios

amchamguayaquil 3,139 views 29 slides Nov 13, 2012
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About This Presentation

Presentación del Conversatorio "Reformas Laborales y sus efectos tributarios" realizado el 13 de noviembre con el Dr. Francisco Vacas - Ministro de Relaciones Laborales, Ab. Pablo Guevara y Ab. Mario Orellana - Socios de la firma Fidesburó


Slide Content

Ley Orgánica de
Discapacidades

Suplemento al Registro Oficial #796,
del martes 25 de septiembre de 2012
Reformas Laborales y
sus efecfos tributarios
REFORMA
LABORAL
Y
TRIBUTARIA
REFORMA
LABORAL
Y
TRIBUTARIA
REFORMAS
REFORMAS
REFORMAS
EFORMAS
FORMAS
EFORMAS
RMAS
S
RMAS

Definición de persona
con discapacitadad
Todo quien a consecuencia de una o más deficiencias físicas,
mentales, intelectuales o sensoriales, con independencia de la
causa que la hubiera originado, ve restringida
permanentemente su capacidad biológica, sicológica y
asociativa para ejercer una o más actividades esenciales de la
vida diaria, en la proporción que establezca el Reglamento


(Reglamento = 90 días
Lunes 24 de diciembre de 2012)

Calificación y Registro de
personas con discapacidad
! Autoridad Sanitaria Nacional a través
del Sistema Nacional de Salud. (califica
discapacidad de residente en Ecuador)
! Representante diplomático. (califica
discapacidad de ecuatoriano residente en exterior)
! Consejo Nacional de Igualdad de
Discapacidades. (Registro de discapacitados)
! Registro Civil, Identificación y
Cedulación. (Registro de discapacitados)

Inclusión laboral de
personas con discapacitados
La persona con discapacidad o
con deficiencia o condición
discapacitante, tienen derecho
a no ser discriminadas en
prácticas relativas al empleo,
incluyendo los procedimientos
para la aplicación, selección,
contratación, capacitación e
indemnización personal.

Debe contratar un
mínimo de 4% de
personas con
discapacidad, en
labores permanentes
y apropiadas
Empleador público y
privado que cuenta
con un mínimo 25
trabajadores estables
Inclusión laboral de
personas con discapacidad

Inclusión laboral de
personas con discapacidad
Sin discapacidad
100
Discapacitados
4
Total
104
Total
100
Discapacitados
4
Sin discapacidad
96

Contratación de trabajadores
con familiar con discapacidad
Los parientes dentro del 4to. grado de
consanguinidad y 2do. grado de afinidad,
cónyuge, pareja en unión de hecho,
representante legal o personas que tengan
bajo su responsabilidad y/o cuidado de una
persona con discapacidad severa, podrá
formar parte del porcentaje de
cumplimiento de inclusión laboral.

Este beneficio no podrá trasladarse a más
de una persona por persona con
discapacidad.
!"#$%&%'(#')*+'+$#$,-+'+$#$
!"#$%&'&'()*+,-&.%+'/'/&%0+
1#2-&3+4'0)&5+'/'
(&%0#6+
7-8#$+
95)+'/',+2%)0+
:"%)6+

Contratación de trabajadores
sustitutos de discapacitados
Se consideran sustitutos a los padres de
niños, niñas o adolescentes con
discapacidad o a sus representantes
legales. De existir otros casos de
solidaridad humana, la autoridad nacional
encargada de la inclusión económica y
social validará al sustituto.

Los empleadores no podrán contar más
del 50% de sustitutos del porcentaje legal
de inclusión laboral.

Inclusión laboral de
personas con discapacidad
- Discapacidad severa?
- Discapacitado dependiente?
(bono de desarrollo humano)
!"#$
%&'()*)(&%)%+,'-&-,-"
.$(,&%)%"$%/$
%&'()*)(&-)%"$
'/01/0"
2 "*(&3#$4
55 "*(&3#$5
2"*(&3#$6
55"*(&3#$2
70)8)9)%"0

Aplicación de porcentaje de
inclusión laboral de
personas con discapacidad
El porcentaje de inclusión
laboral deberá ser distribuido
equitativamente en las
provincias del país, cuando se
trate de empleadores
nacionales; y, a los cantones, en
los empleadores provinciales.

Empleadores nacionales ?

Empleadores provinciales?
OficinaQuitoGuayaquilTotal
Trabajadores3070100
Proporción1,20%2,80%4,00%
Discapacidad1,22,84
1 ó 22 ó 3
Aplicación de porcentaje de
inclusión laboral de
personas con discapacidad

Deducción del impuesto a la renta
por contratación de discapacitados
Deducción del impuesto a la renta del 150%
adicional de las remuneraciones y
beneficios, sobre las que se hayan aportado
al IESS, pagados a cada uno de los
trabajadores con discapacidad, sustitutos
(padres o representantes legales de menores
de edad con discapacidad y otras personas
calificadas) y trabajadores que tengan cónyuge,
pareja en unión de hecho o hijos con
discapacidad y que se encuentren bajo su
cuidado, en todo lo que exceda al porcentaje
legal de inclusión laboral.

Qué beneficios sociales
aportan al IESS ?

Reforma aplica a partir de
septiembre de 2012 o a
partir del 2013 ?
2012
2013
Deducción del impuesto a la renta
por contratación de discapacitados

Estabilidad laboral a favor de
trabajadores con discapacidad
Los trabajadores con discapacidad o de
quien tenga a su cargo el cuidado y
atención de una persona con
discapacidad gozan de estabilidad
laboral y en caso de despido
intempestivo, debe indemnizárselo con
el equivalente a 18 meses de la mejor
remuneración, en forma adicional a las
contempladas por la ley.

Tiempo de servicio6años
MesRem.IndemnizaciónUS$
Ene400Despido Intempestivo2.460,00
Feb450Bonificación por desahucio512,50
Mar430Estabilidad laboral por discapacidad14.400,00
Abr800Total17.372,50
May679
Jun405
Jul506
Ago408
Sep509
Oct410
" Discapacitados y de condición discapacitante no
aplican contratos a prueba ?

" La indemnización favorece también a trabajador
con condición discapacitante?
" La indemnización está exenta y es gasto
deducible del IR ?
" Mejor remuneración de toda la relación laboral ?
" Cómo saber quién tiene a cargo una persona
con discapacidad ?
Estabilidad
laboral a favor de
trabajadores con
discapacidad

Permiso de maternidad
Se prolonga permiso
(remunerado?) de maternidad
por 3 meses en caso de
nacimiento de hijo con
discapacidad y permiso
(remunerado?) de 2 horas
diarias para la atención de
personas a su cargo con
discapacidad severa.

• El permiso por maternidad es a
partir del nacimiento o a partir de
que se califica la discapacidad ?

• El permiso para la atención es al
inicio o al final de la jornada
diaria ?
• Se puede fraccionar las 2 horas de
permiso diario ?
Permiso de maternidad

Exención de los ingresos del
trabajador con discapacidad
Los ingresos del trabajador
con discapacidad y los
sustitutos gozan de la
exención equivalente al
doble de la fracción básica
desgravada con tarifa cero
del impuesto a la renta.

FBD 2012 = $9,720 X 3 FBD = $29,160 + $9,720 = $38,880

FBD 2013 = $9,720 X 2 FBD = $19,440 + $9,720 = $29,160

• La reducción de la exención a
favor de discapacitados aplica a
partir de septiembre de 2012 o a
partir del 2013 ?
• Los sustitutos no se benefician de
la exención del impuesto a la renta
por no encontrarse dentro del
texto de la reforma a la LRTI ?
Exención de los ingresos del
trabajador con discapacidad

Sanciones
Incumplir con el porcentaje de inclusión laboral de
discapacitados e impedir la accesibilidad o dificultar la
movilidad de las personas con discapacidad, se
sanciona con 10 SBU ($2,920 en 2012) a 15 SBU
($4,380 en 2012) y/o suspensión de
actividades hasta por 30 días.

Art. 76 Constt.- En todo proceso en el que se determinen derechos
y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al
debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:

6. La ley establecerá la debida proporcionalidad entre las
infracciones y las sanciones penales, administrativas o de otra
naturaleza.

REFORMA
LABORAL
Y
TRIBUTARIA
REFORMAS
REFORMAS
REFORMAS
EFORMAS
FORMAS
EFORMAS
RMAS
S
RMAS
Ley Orgánica para la
Defensa de los Derechos
del Trabajador

Suplemento al Registro Oficial #797, del
miércoles 26 de septiembre de 2012
Reformas Laborales y
sus efecfos tributarios

Coactiva extendida
Las instituciones del Estado que por ley tienen
jurisdicción coactiva, con el objeto de hacer
efectivo el cobro de sus acreencias, podrán
ejercer subsidiariamente su acción no sólo en
contra del obligado principal, sino en contra de
todos los obligados, incluyendo a sus herederos
mayores de edad que no hubieren aceptado la
herencia con beneficio de inventario.

Igual atribución tendrá las autoridades de trabajo o
los jueces del trabajo para ejecutar las sentencias
dictadas dentro de los conflictos colectivos o
individuales de trabajo, en su orden.

Coactiva extendida
En el caso de personas jurídicas usadas para
defraudar (abuso de la personalidad jurídica),
se podrá llegar hasta el último nivel de
propiedad, que recaerá siempre sobre
personas naturales, quienes responderán
con todo su patrimonio, sean o no residentes
o domiciliados en el Ecuador.

Coactiva extendida
Las medidas precautelares podrán disponerse
en contra de los sujetos mencionados en el
anterior y sus bienes.

Así mismo, podrán ordenarse respecto de
bienes que estando a nombre de terceros son de
público conocimiento de propiedad de los
referidos sujetos, y siempre y cuando el
obligado principal no cumpla con su
obligación.

Igual atribución tendrán las autoridades de
trabajo o los jueces del trabajo para ejecutar las
sentencias dictadas dentro de los conflictos
colectivos o individuales de trabajo, en su
orden.

Límite a tercería excluyente
"En el caso de que se trate del
embargo de bienes, en uso de la
atribución a que se refiere el Artículo 1
de la Ley para la Defensa de los
Derechos Laborales, la tercería
excluyente no suspenderá la
ejecución, sino a partir de que el
Tribunal Distrital de lo Fiscal así lo
ordene, de existir indicios suficientes
de la ilegitimidad del embargo. "

Reliquidación de PT
por glosa del SRI
“En todos los procesos que
siga el Servicio de Rentas
Internas, que se hayan
iniciado para la
recaudación de tributos,
se deberá notificar a las
respectivas autoridades de
trabajo, con la
determinación de las
utilidades."

Reliquidación de PT
por glosa del SRI
Art. 155.- Guardería infantil y lactancia.- En las empresas permanentes de trabajo que cuenten
con cincuenta o más trabajadores, el empleador establecerá anexo o próximo a la empresa, o
centro de trabajo, un servicio de guardería infantil para la atención de los hijos de éstos,
suministrando gratuitamente atención, alimentación, local e implementos para este servicio.

Las empresas que no puedan cumplir esta obligación directamente, podrán unirse con otras
empresas o contratar con terceros para prestar este servicio.

"Durante los nueve (9) meses posteriores al parto, la
jornada de la madre lactante durará seis (6) horas, de
conformidad con la necesidad de la beneficiaría."

Corresponde a la Dirección Regional del Trabajo vigilar el cumplimiento de estas obligaciones y
sancionar a las empresas que las incumplan.

" El SRI y el MRL son instituciones u
organismos del Estado ?
" Quién es el obligado principal, solidario
y subsidiario en materia laboral y
tributaria ?
" Cuál es el límite de los obligados en
materia laboral y tributaria ?
" En caso de abuso de la personalidad
jurídica, la obligación tiene límite ?
" El MRL iniciará coactiva solo contra
sentencia ejecutoriada ?
Coactiva extendida

Relatoría del
Conversatorio
Con el apoyo de:
www.fides.ec