Órganos de Gobierno, Coordinación y Participación de los Centros Educativos
estefiuah
2,092 views
31 slides
Apr 16, 2014
Slide 1 of 31
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
About This Presentation
No description available for this slideshow.
Size: 135.98 KB
Language: es
Added: Apr 16, 2014
Slides: 31 pages
Slide Content
Órganos de gobierno, coordinación y participación de los centros educativos Estefanía Jenner , Andrés Logroño y Patricia Ibáñez Grupo A2 Magisterio Infantil
ÍNDICE Órganos de Participación Consejo Escolar AMPAS Asociación de Alumnos Órganos de Coordinación CCP/COM de Coordinación Pedagógica Equipos de Ciclos Junta de Profesores o Evaluación Orientación y Tutoría Órganos de Gobierno Unipersonales Equipo directivo Director Jefe de Estudios Secretario Colegiados Consejo Escolar Claustro de Profesores
Órganos de Participación Consejo Escolar, AMPAS, Asociación de Alumnos y Asociaciones de Ex-Alumnos
Consejo Escolar Los Consejos Escolares son elegidos según lo dispuesto en el reglamento orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria, aprobado por el real decreto y desempeñarán sus funciones hasta el término del plazo que fueron elegidos. Aquellos centros que no tengan la situación anterior, en las primeras elecciones al consejo escolar con posterioridad a la publicación del real decreto, cada sector de la comunidad educativa elegirán a sus representantes. Una vez renovado el consejo escolar se procederá tal y como se establece en el reglamento orgánico.
Consejo Escolar Los órganos personales de gobierno elegidos con arreglo a lo previsto en el real decreto 819/1993 de 28 de mayo, por el que se aprueba el reglamento orgánico de las escuelas de Ed. Infantil y de los colegios de Ed. Primaria continuarán desempeñando sus funciones hasta finalizar su mandato, salvo que se produzca alguna de las cusas de cese establecidas en el reglamento.
AMPAS La representación de los padres en el consejo escolar corresponderá a estos o a los representantes legales de los alumnos. El derecho a elegir y ser elegido corresponde al padre, la madre o tutores legales. Serán elegibles todos los padres o tutores legales de los niños que estén matriculados en el centro y figurarán en el censo. La elección será entre los candidatos admitidos por la junta. La elección de los representantes de los padres de los alumnos estará precedida por la constitución de la mesa encargada de presidir la votación. Si el consejo escolar va a formarse por primera vez, la mesa estará formada por el director y cuatro padres o tutores legales designados por sorteo.
AMPAS Actuará de secretario el representante de los padres de menor edad . Podrán actuar como supervisores de la votación los padres o tutores legales de los alumnos matriculados en el centro propuestos por una asociación de padres de alumnos del mismo. El voto será directo, secreto y no delegable. A fin de conseguir la mayor participación posible, los padres de los alumnos podrán utilizar el voto por correo.
AMPAS Las asociaciones de padres de alumnos podrán: Llevar al consejo escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual. I nformar al consejo escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que considere oportuno. I nformar a los padres de su actividad. R ecibir información del consejo escolar sobre los temas tratados en el mismo. E laborar informes para el consejo escolar a iniciativa propia o a petición de este. E laborar propuestas de modificación del reglamento de régimen interior . Formular propuestas para la realización de actividades complementarias. Conocer los resultados académicos y la valoración que los mismos realice el consejo escolar. Recibir un ejemplar del proyecto educativo, del proyecto curricular de etapa y de sus modificaciones .
Asociación de Alumnos Constitución Las asociaciones de alumnos/as son asociaciones formadas por alumnos de centros públicos o privados que imparten Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas artísticas, enseñanzas deportivas, de idiomas y de educación de personas adultas . En cada centro docente se podrán constituir cuantas asociaciones de estudiantes sean promovidas por los alumnos y las alumnas. Podrán ser miembros de las asociaciones de estudiantes el alumnado que esté cursando estudios en los centros educativos.
Asociación de Alumnos Funciones Expresar la opinión del alumnado en todo aquello que afecta a su situación en los centros. Colaborar en la labor educativa de los centros y en las actividades complementarias y extraescolares del mismo. Promover la participación del alumnado en los órganos colegiados del centro. Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la acción cooperativa y de trabajo en equipo . Presentar candidaturas diferenciadas para las elecciones de representantes del alumnado al Consejo Escolar del centro. Participar en la elaboración y revisión del proyecto educativo del centro. Participar , a través de sus representantes, en el Consejo Escolar del centro
Órganos de Coordinación CCP/COM de Coordinación Pedagógica, Equipos de Ciclos, Junta de Profesores o Evaluación, Orientación y Tutoría
CCP/COM de Coordinación Pedagógica Composición Está compuesta por el director del centro, el secretario, el orientador y todos los coordinadores de ciclo. Coordina permanentemente todos los trabajos académicos y la actividad lectiva del centro. Se reúnen todos los meses. Dentro de ésta comisión se puede formar una subcomisión, la Unidad de Apoyo Educativo, que está formada por el orientador, el logopeda, el profesorado de pedagogía terapéutica y el jefe de estudios del centro. (También pueden participar en ella cuidadores o auxiliares de hábitos y autonomía).
CCP/COM de Coordinación Pedagógica Funciones Establecer las directrices generales para elaborar y revisar los Proyectos curriculares de etapa, así como dirigirlos y coordinarlos. Asegurar la coherencia entre el PEC, los Proyectos Curriculares y la PGA, así como proponer al Claustro su evaluación, aprobación y modificaciones. Velar por el cumplimiento de los Proyectos Curriculares en la práctica docente, así como su evaluación. Elaborar la organización de la orientación educativa y del Plan de Acción Tutorial. Proponer el Claustro el plan de formación del profesorado. Elaborar propuestas de criterios y procedimientos para las adaptaciones curriculares y planes sobre la diversidad del alumnado.
Equipos de Ciclo Funciones Coordinador de Ciclo Participar en la elaboración del Proyecto Curricular de etapa y elevar a la CCP las propuestas formuladas por el equipo de ciclo. Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos del ciclo y la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el Proyecto Curricular de etapa. Aquellas otras funciones que le encomiende el jefe de estudios en el área de su competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias.
Equipos de Ciclo Funciones Equipos de Ciclo Formular propuestas al equipo directivo y al Claustro relativas a la elaboración del PEC y la PGA. Formular propuestas a la CCP relativas a la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa. Mantener actualizada la metodología didáctica. Organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares.
Junta de Profesores o Evaluación Composición Está compuesta por todo el profesorado que imparte clase a un grupo. Se reúnen cada trimestre con motivo de las evaluaciones Funciones Decidir si se pasa de curso o se repite. Poner en común detalles de un grupo u otro. Decidir si se expulsa o no a alguien.
Orientación y Tutoría Composición Está formado por los tutores de los diferentes grupos. Está coordinado por el jefe de estudios, que da las pautas de cómo llevar la tutoría en el aula.
Orientación y Tutoría Funciones Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del Jefe de Estudios. Para ello podrán contar con la colaboración del equipo de orientación educativa psicopedagógica . Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación personal del currículo. Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro. Informar a los padres, maestros y alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico. Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos. Atender y cuidar, junto con el resto de los profesores del centro, a los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
Órganos de Gobierno Unipersonales y Colegiados
Unipersonales: Equipo directivo Director, Jefe de Estudios y Secretario
Director Nombramiento El Director es la máxima autoridad dentro de un centro educativo. EI Director será elegido mediante una votación por una Comisión y nombrado por el Director Provincial del Ministerio de Educaci6n y Ciencia por un periodo de cuatro anos. La votación se efectuará mediante sufragio directo y secreto . La elección se producirá por mayoría absoluta. EI nombramiento y la toma de posesi6n se realizaran con efectos del 1 de julio siguiente a la celebraci6n de las elecciones.
Director Funciones Algunas de las funciones que cumple son las siguientes: Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes. Dirigir y coordinar todas las actividades del centro Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro y controlar la asistencia al trabajo . Gestionar los medios materiales del centro . Convocar y presidir los actos académicos. Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con las disposiciones vigentes.
Jefe de Estudios y Secretario Nombramiento EI Jefe de estudios y el Secretario serán maestros, funcionarios de carrera en situaci6n de servicio activo con destino definitivo en el centro designados por el Director. En situaciones excepcionales y con autorizaci6n expresa del Director provincial, podrá ser nombrado un profesor que no tenga destino definitivo en el centro. La duración del mandato del Jefe de estudios y el Secretario será la que corresponda al Director que los hubiera designado . EI nombramiento y la toma de posesi6n se realizará con efectos del 1 de julio siguiente a la celebraci6n de las elecciones.
Funciones del Jefe de Estudios Funciones Algunas de las funciones que desempeña son: Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad. Coordinar las tareas de los equipos de ciclo . Coordinar y dirigir la acción de los tutores y del maestro orientador del centro. Organizar los actos académicos. Fomentar la participaci6n de los distintos sectores de la de la comunidad escolar. Organizar la atenci6n y cuidado de los alumnos en los periodos de recreo y en horas de actividades no lectivas.
Funciones del Secretario Funciones Algunas de las funciones que realiza son: Ordenar el régimen administrativo del centro. Custodiar los libros y archivos del centro. Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro. Ordenar el régimen econ6mico del centro. Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programaci6n general anual junto con el resto del equipo directivo. Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspecto.
Órganos de Gobierno: Colegiados Consejo Escolar y Claustro de Profesores
Consejo Escolar EI consejo escolar de las escuelas de educaci6n infantil y los colegios de educación primaria es el órgano de participaci6n de los diferentes miembros de la comunidad educativa. Dependiendo de las unidades que tengan, el consejo de los centros estará constituido por: Director del centro Jefe de Estudios Maestros Representantes de los padres Representante personal de administración y servicios Concejal o representante del Ayuntamiento del Municipio Secretario del Consejo
Consejo Escolar De los representantes de los padres de alumnos que componen el C onsejo E scolar, uno de ellos será elegido por la asociación de padres de alumnos. Los alumnos podrán estar representados en el consejo escolar del colegio de Ed. P rimaria , con voz, pero sin voto.
Consejo Escolar Algunas de las funciones que lleva a cabo el Consejo escolar son las siguientes: Las reuniones del consejo escolar se celebraran en el día. Podrán realizarse convocatorias extraordinarias. EI consejo escolar se reunirá una vez al trimestre y siempre que convoque el Director. Se realizará una reunión a principio de curso y otra al final de este. Decidir sobre la admisi6n de alumnos . Elegir al Director del centro. Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la ejecuci6n del mismo. Promover la renovaci6n de las instalaciones y equipo escolar, y vigilar su conservaci6n. Aprobar y evaluar la programaci6n general del centro. Analizar y evaluar la evuluci6n del rendimiento escolar general del centro. Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.
Claustro de Profesores EI claustro es el órgano propio de participación de los maestros en el centro. Está constituido por todos los que sean profesores en el Centro Educativo. Tiene la responsabilidad de planificar , coordinar, decidir e informar sobre todos los aspectos docentes del mismo. EI claustro será presidido por el Director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicios en el centro.
Claustro de Profesores Algunas de las funciones que desempeña son las siguientes: Establecer los criterios para la elaboraci6n de los proyectos curriculares de etapa. Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar. Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluaci6n y recuperaci6n de los alumnos. Aprobar los criterios para la elaboraci6n de los horarios de los profesores. Analizar y valorar trimestralmente la situaci6n econ6mica del centro. Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. Aprobar los criterios pedag6gicos para la elaboraci6n de los horarios de los alumnos . Aprobar los aspectos docentes de la programación general anual (PGA).