Séptimo Mandamiento No hurtarás (Robarás ) Justicia y los bienes materiales: Justicia es la virtud que lleva a dar a cada uno lo que le corresponde (lo suyo). Está el hurto , la rapiña (robo con violencia). Robar es retener algo contra la voluntad razonable del dueño. Ya que es irrazonable, no es pecado el tomarlo. (ejemplos de razonable robar comida o medicinas para nuestra familia, en caso de gravedad ). Irrazonable, tomar dinero de nuestros padres, el cual sabemos que no nos los darían. Corrupción : se vicia el juicio de las decisiones de los que deben tomar decisiones, contra derecho (contrario a la justicia). Abuso de su cargo, buscando un beneficio al que no tiene derecho o dando información privilegiada, para beneficio de uno o de terceros, por decidía o miedo. Fraude : Une el robo y el engaño, la injusticia y la mentira ( si no me cachan lo hago una práctica habitual, como la extorción, el soborno, plagio intelectual (incluye copiar tareas, exámenes para obtener una calificación que no me corresponde), o btener contratos tanto en el sector publico y privado de forma ilícita. Modo de vida a través de falsedades y maquinaciones. Desde incumplir especificaciones, ocultando defectos, hasta la falsificación de documentos, dinero etc., cobrar más horas de las debidas o hacer un trabajo contratado mediocremente, pagar salarios o trabajos injustos (lo cual clama al cielo).
Evasión injusta de impuestos: Principios generales para evaluar lo anterior. La autoridad tiene derecho a imponer tributos, con los que atender los gastos públicos y promover el bien común. Las leyes que determinan impuestos justos obligan en conciencia . Si los tributos fueran abusivos, en la parte que excedieran de los justo, no obligan. Así como aquellas contribuciones que no son destinadas a los fines del estado. Aceptar bienes de dudosa procedencia, por conveniencia del precio. Encontrar objetos de valor (tenemos la obligación razonable, de buscar a su legitimo propietario). Prodigalidad. Haber gastado dinero de forma vana, la justicia social, nos obliga en conciencia a ver por los demás. Todo ser humano por su dignidad tiene derecho a comida, techo, vestido, salud, educación, trabajo y fondo para el retiro. Los talentos nos lo dio Dios para servir a los demás empezando por los más cercanos. Restituir lo robado. Estos obligados para poder ser perdonados por Dios, en devolver lo robado a su legitimo propietario o herederos. Si no se puede dar el equivalente a obras de beneficencia social publicas o privadas.
Decimo mandamiento No codiciarás los bienes ajenos. Se refiere a la actitud interior hacia los bienes materiales. Que nuestro corazón este libre de cualquier atadura a lo material. La virtud que debemos vivir para cumplir este mandamiento, es la liberalidad , esta situada entre dos extremos viciosos, por un lado la avaricia amor desordenado a lo material, conlleva a la codicia acumular bienes por acumular y la tacañería, no hacer los gastos razonables o a regañadientes. Y por otro lado la prodigalidad conlleva al despilfarro , la ostentación y gasto en lo superfluo . La envidia de los bienes de los demás. Es decir sentirse mal y guardar renco r en nuestro interior a quien tenga lo que yo no tengo o no puedo tener. Juan Pablo Segundo nos pone dos postulados de lo anterior, en la Encíclica Sollicituodo rei socialis (n.42). Los bienes de este mundo están originalmente destinados a todos . El derecho a la propiedad es válido y necesario, pero no anula el valor de tal principio. Sobe cada bien particular grava una hipoteca social , es decir, posee como cualidad intrínseca, una función social fundada y justificada precisamente sobre el principio del destino universal de los bienes. Somos administradores de los bienes y se nos pedirá cuenta de la buena administración de los mismos.