El material didáctico son todas aquellas herramientas y recursos (tangibles o digitales) que los docentes y estudiantes utilizan para facilitar el proceso de enseñanza-aprendizaje, con el fin de mejorar la comprensión de conceptos y habilidades y hacer la experiencia educativa más rica y estimul...
El material didáctico son todas aquellas herramientas y recursos (tangibles o digitales) que los docentes y estudiantes utilizan para facilitar el proceso de enseñanza-aprendizaje, con el fin de mejorar la comprensión de conceptos y habilidades y hacer la experiencia educativa más rica y estimulante. Estos materiales deben estar alineados con los objetivos pedagógicos, el contenido curricular y las características de los estudiantes para que sean realmente efectivos.
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Language: es
Added: Sep 28, 2025
Slides: 37 pages
Slide Content
DerechodePersonas
Sesión08:ElDomicilio
1
Temario
1.Domicilio.
2.Clasificación.
3.Diferencia entre domicilio, residencia
y habitación, entre otros.
El Domicilio
Logro de la Unidad N°3
Logro de la sesión N°8
Al final de la unidad, el estudiante reconoce el nombre, el domicilio y a
la capacidad jurídica de las personas como atributos reconocidos por la
Constitución Política y el Código Civil en el ejercicio de sus derechos
subjetivos.
Al finalizar la sesión, el estudiante conocerá los conceptos, del
nombre, seudónimo y apelativo conforma a lo señalado en el Código
Civil Peruano.
Utilidad de la sesión N°08
El estudiante diferenciará los conceptos entre domicilio y habitación
señalado en de la normativa del Derecho Civil.
6
Inicio
El domicilio
Observa el siguiente video:
Fuente: TV Perú. Tus derechos: https://www.youtube.com/watch?v=0-DHwDIrVP4v
Participemos
¿Cuál es la definición de domicilio en el
código Civil?
¿Qué entiende por residencia?
10 minutos
¡Compartamos nuestraopinión!
Definición de domicilio según el Código Civil
Domicilio
Artículo 33.- El domicilio se constituye por la residencia
habitual de la persona en un lugar.
Definición de domicilio según Fernández Sessarego
Fernández Sessarego (2004) muestra su desacuerdo con la pluralidad de domicilios,
entendiendo que no puede concordarse este concepto con lo estipulado en el artículo
33° del Código Civil, en tanto no es normal que la persona pueda residir habitual y
simultáneamente en varios lugares. Una persona puede desarrollar sus actividades
profesionales laborales en distintos lugares sin que todos ellos constituyan su
residencia, estos, más bien, conforman lo que el artículo 34° del Código Civil ha
denominado «domicilio especial». El domicilio se encuentra determinado por la ley,
mientras que la residencia es el lugar donde normalmente vive la persona con su
familia y puede ser que el domicilio coincida con la residencia si así es determinado
por la ley. Para ello, debe verificarse dónde habita la persona con su familia a fin de
determinar su residencia.
FERNÁNDEZ, Carlos (2004). Derecho de las Personas. (9ª ed.). Lima: Grijley.
Definición de domicilio según Carbonier
Carbonier (1960) es el medio de localización de una persona (…)
contribuye a su individualización, mediante la adscripción del sujeto a
determinada situación en el espacio.
Definición de domicilio según Carbonier
Carbonier (1960) es el medio de localización de una persona (…)
contribuye a su individualización, mediante la adscripción del sujeto a
determinada situación en el espacio.
El domicilio en la Constitución
Domicilio
Artículo 2°, inciso 9, señala que toda persona tiene
derecho: A la inviolabilidad del domicilio. Nadie puede
ingresar en él ni efectuar investigaciones o registros sin
autorización de la persona que lo habita o sin mandato
judicial, salvo flagrante delito o muy grave peligro de su
perpetración. Las excepciones por motivos de sanidad
o de grave riesgo son reguladas por la ley.
El domicilio en la Ley Electoral
Domicilio
De un lado, la legislación civil establece que el único
domicilio válido para todo tipo de actos civiles,
administrativos y judiciales es el domicilio referido en
los artículos 33° y 39° del C. C. De otro lado, la
legislación electoral exige «domicilio»1 para los
candidatos a elecciones municipales y «residencia»
para los candidatos a elecciones regionales.
Clases de domicilio
El domicilio especial en el Código Civil
"Artículo 34.- Se puede designar domicilio especial para la ejecución
de actos jurídicos. Esta designación sólo implica sometimiento a la
competencia territorial correspondiente, salvo pacto distinto.“
Ejemplo:
Una persona pacta en un contrato para la producción de efectos
jurídicos que dimanan del mismo. Es de carácter voluntario y facultativo,
y no está sujeto a formalidad alguna, conforme al principio de libertad
de formas que rige el ámbito contractual.
Personas con varios domicilios - Código Civil
Artículo35.-Alapersonaquevive
alternativamenteotieneocupaciones
habitualesenvarioslugaressele
consideradomiciliadaencualquierade
ellos.
Domicilio Tributario- Código Tributario
Ante la SUNAT
Artículo11.-lossujetosestánobligadosa
inscribirseantelaAdministraciónTributariade
acuerdoalasnormasrespectivas,tienenla
obligacióndefijarycambiarsudomicilio
fiscal,conformeloestablezca.
Diferencia entre domicilio, residencia
y habitación.
Diferencia domicilio residencia y habitación
Domicilio Residencia
Habitación o
morada
Artículo 33 Código
Civil.- El domicilio se
constituye por la
residencia habitual de
la persona en un lugar.
Lugar habitual donde de
una persona
Lugar o morada donde
se encuentra
accidentalmente la
persona, de caracter
temporal (un hotel,
hospital)
El Documento de Identidad Electrónico (DNIe)
Acredita de manera presencial y no presencial
la identidad de su titular, permite la firma
digital de documentos electrónicos.
El DNIe contribuirá a implementar la Política
Nacional de Gobierno Electrónico mediante el
uso de la identidad digital en las transacciones
electrónicas seguras utilizando certificados
digitales, y garantizando a la ciudadanía el
acceso eficiente y en cualquier momento, a los
servicios que implementarán las instituciones
públicas.
Experiencia Grupal
Desarrollar los ejercicios en equipos
Equipos de 4 estudiantes
Tiempo : 30 min
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Práctica
Aplicando lo aprendido
INDICACIONES
Engruposde4,leerelsiguientetextoydebatir:
Pleno.Sentencia589/2020-TribunalConstitucional
11.Si bien en el derecho civil el domicilio no es tanto un hecho, sino más bien una
relación de derecho permanente y constante, que consiste en una relación fija
establecida entre una persona y un lugar determinado (en otros términos, es una sede de
derecho regular, estable y permanente); en el ámbito del derecho constitucional, la
institución del domicilio debe ser entendida de manera amplia, pues ello permite la plena
realización de diversos derechos fundamentales como los relativos al descanso, a la vida
privada, al libre desarrollo de la personalidad, entre otros.
•¿Cuáles son los alcances del derecho al domicilio?
•¿Qué entiende por Residencia y por Habitación?
•¿Quéalcancesjurídicos implica la cita anterior?
●Compartensurespuestas
•Docentebrindafeedback
10 minutos
Espacio de Preguntas
¡Comparte tus dudas de la sesión o de
los ejercicios y problemas que acaban
de trabajar!
33
Conclusiones
El Domicilio es el lugar que la ley establece como asiento de una persona,
con vistas a la producción de efectos jurídicos.
La Residencia: es el lugar donde habita normalmente, es la situación de
hecho. la ley puede asignar el carácter de domicilio al lugar de residencia
de una persona.
La Habitación: es el lugar en que accidentalmente o momentáneamente se
encuentra la persona. Ej. Donde pasa la estadía de vacaciones.
Datos/Observaciones
FINALMENTE
¡Excelente participación!
PARA TI
Recuerda que tienes un foro para
consultas en la plataforma educativa.
Además, te recomiendo seguir
practicando.
35
Actividad para la
siguiente clase
Leer:
Lectura:
Pleno. Sentencia 1096/2020
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