Tema 1 2 3 Contabilidad Pre PAE 2011.pptx

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CONTABILIDAD Tema No. 01: Concepto, importancia y objetivos. Docente: Luis Alberto Navarrete Torres ESCUELA DE NEGOCIOS JOHN VON NEUMANN – PRE PAE

LA CONTABILIDAD Punto de Vista T é cnico: Seg ú n el Instituto Latinoamericano de Contabilidad Contabilidad: Es el arte de registrar, clasificar y resumir de manera significativa en t é rminos monetarios, transacciones que son de car á cter financiero. Punto de Vista Cient í fico: Contabilidad: Es la ciencia que a trav é s del an á lisis e interpretaci ó n de los registros contables nos permite conocer la verdadera situaci ó n econ ó mica y financiera de la empresa teniendo como objetivo una mejor toma de decisiones.

La Contabilidad al coordinar y disponer en registros contables las operaciones efectuadas por una empresa, tiene como fin: Saber la situaci ó n econ ó mica y financiera ¿ C ó mo esta? Saber el resultado obtenido por la empresa ¿ Cu á nto obtuvo? Saber las causas del resultado ¿ Por qu é se obtuvo?

RESE Ñ A HISTORICA DE LA CONTABILIDAD En el Per ú la contabilidad toma importancia a partir de 1920 en que surgen empresas de gran importancia. La contabilidad se basaba en un registro tradicional sin que exista una clasificaci ó n de las cuentas. En 1972 se crea el Plan de Cuentas General que representa el esqueleto de todo el sistema contable bas á ndose ya en principios cient í ficos y t é cnicos. Para el a ñ o 1984 se revisa este Plan de Cuentas anterior, el mismo que fue modificado y aumentado en algunas cuentas, a este Plan se le conoce como El Plan Contable General Revisado. El año 2009 entra en vigencia el actual Plan Contable Empresarial.

LA CONTABILIDAD EN LA EMPRESA La contabilidad es un nombre gen é rico que se da a todas las anotaciones y c á lculos llevados a cabo en la empresa con el objeto de proporcionar al responsable una imagen num é rica de lo que en realidad sucede en la vida de todo negocio y que servir á de base para su posterior evaluaci ó n.

IMPORTANCIA DE LA CONTABILIDAD La Contabilidad moderna deja de ser un simple registro de lo que sale o entra en una empresa para convertirse en el indicador que se ñ ala el camino de la misma. Seg ú n Juan Aguirre Ormachea en su Libro Contabilidad General dice: “ Un buen sistema de contabilidad deber á constituir una red nerviosa que recorra toda la empresa, capaz de mantener a la Direcci ó n informada en todo momento de la marcha de cada elemento de aquella y del grado de cumplimento de los planes empresariales ”

OBJETIVOS En base a la contabilidad se puede conocer la eficacia o deficiencia de la administraci ó n y su funci ó n econ ó mica social que lleva a cabo. Cumple un papel ejecutivo en el sentido de propiciar las recomendaciones para corregir las diferencias que se vayan produciendo en la gesti ó n econ ó mica de la empresa. Comunica a los usuarios la informaci ó n econ ó mica y financiera ú til y oportuna para una mejor toma de decisiones.

OBJETIVOS Representa la historia de la empresa expresada en n ú meros, sus anotaciones nos permiten evaluar el futuro y utilizarlas cuando sea necesario. Se valora el patrimonio mediante las anotaciones estad í sticas manifestados en los registros contables. Todo lucro se mide a trav é s de las variaciones de su patrimonio los cuales se reflejan en la contabilidad.

LA CIENCIA CONTABLE Y LA TENEDURIA DE LIBROS Tenedur í a de Libros Es el arte que por medios de normas, de procedimientos nos ense ñ a a registrar las operaciones mercantiles en libros especiales. Sirve de medio material y auxiliar de la contabilidad, esta puede realizarse a mano o bien utilizando procedimientos mec á nicos. Contabilidad Es una ciencia que formula y analiza las operaciones registradas, interpreta las cifras que previamente ha clasificado y ordenado la tenedur í a de libros; de esta forma se configura como ciencia porque explica y califica los resultados.

LA MONEDA, COMUN DENOMINADOR O MEDIO DE CAMBIO Antiguamente el hombre para su intercambio recurr í a al trueque. Hoy en d í a ha evolucionado y este intercambio se realiza en base a la moneda cuya funci ó n fundamental es que sirve de medida de valor, de circulaci ó n, de acumulaci ó n y de pago; es decir que el dinero aparece como la materializaci ó n general del valor. Por lo tanto todas las operaciones mercantiles que realiza una empresa deben ser registradas y expresadas en t é rminos monetarios.

CLASES DE CONTABILIDAD CONTABILIDAD ESPECULATIVA Esta orientada a registrar y analizar las operaciones mercantiles realizadas por las empresas que tienen como objetivo principal el lucro o ganancia en un determinado ejercicio econ ó mico. CONTABILIDAD ADMINISTRATIVA O PRESUPUESTARIA P ú blica: es la que se lleva en los organismos p ú blicos orientadas a prestar servicios sin un fin lucrativo. (Ministerios, beneficencias, municipalidades, universidades, etc.) Social: son las que llevan las instituciones in fines de lucro como los clubes sociales, deportivos, culturales, etc.

Tema No. 02: Libros de Contabilidad: concepto, importancia y objetivos. Docente: Luis Alberto Navarrete Torres ESCUELA DE NEGOCIOS JOHN VON NEUMANN – PRE PAE

LIBROS DE CONTABILIDAD CONCEPTO Son libros especiales donde se anotan o registran en forma ordenada, analítica y justificada, las diversas operaciones mercantiles que realiza la empresa, a fin de conocer la situación económica financiera de la misma, en un determinado periodo de tiempo.

LIBROS DE CONTABILIDAD Una buena contabilidad te ayuda a llevar en orden tu empresa. En ese sentido, los libros contables son registros importantes que contienen el detalle de tus operaciones y sus resultados. La obligación de llevarlos dependerá del régimen tributario en el que te encuentres.

Ley del Impuesto a la Renta Decreto Legislativo No.774 Recurso que se obtiene de gravar las rentas de capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos, así como de las ganancias y de los beneficios obtenidos por los sujetos señalados por la Ley La ley del impuesto a la renta contempla cinco categorías de ingresos o rentas sujetas a los impuestos. La clasificación está en función de la naturaleza o la procedencia de las rentas.

Categorías: Primera.- Rentas provenientes de los predios (arrendamiento o alquileres de inmuebles y predios) Segunda.- Rentas provenientes de otros capitales (intereses producidos por títulos, bonos y otros similares). Tercera.- Rentas provenientes de la industria, comercio y similares (son las que corresponden pagar a las empresas). Cuarta.- Rentas provenientes del trabajo independiente (profesionales como abogados, médicos, contadores, directores de empresas, síndico, mandatario y otros como los conferencistas) Quinta.- Rentas provenientes del trabajo dependiente (los empleados públicos, por ejemplo).

Persona natural con negocio Persona jurídica Puedes crear un negocio como persona natural en cualquier actividad, de acuerdo a las normas vigentes. Serás el único dueño de tu negocio y, en tal sentido, tu responsabilidad será ilimitada: ante una deuda responderás con el patrimonio de tu negocio y tus bienes personales. Aunque puedes reaccionar rápido a los cambios del mercado, el crecimiento de tu negocio estará limitado a tu capital. Requerirás contar con un Registro Único de Contribuyentes (RUC) proporcionado por la Sunat , y, eventualmente, realizar algún trámite ante la municipalidad (dependiendo de la actividad económica). Tu negocio podrá estar conformado por una o más personas naturales o varias personas jurídicas. La persona jurídica tiene responsabilidad limitada, es decir, la empresa responde solo con el patrimonio de la misma, no con los bienes personales de cada socio. Puedes acceder a más oportunidades de mercado y a mejores condiciones de financiamiento. Es necesario realizar trámites en los Registros Públicos, Sunat , la municipalidad (dependiendo de la actividad económica), y, en algunos casos, otras instituciones. PERSONAS OBLIGADAS DE LLEVAR LIBROS CONTABLES

Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL) Sociedad Anónima Cerrada (SAC) Lo constituye una sola persona. Si tu empresa asume una deuda, respondes con el patrimonio de la misma sin poner en riesgo tus bienes personales, salvo casos previstos en la Ley Nº 21621. Debes nombrar a un gerente. Requieres capital para crearla. Debes llevar libros contables según el régimen tributario que elijas. Requiere un mínimo de dos socios y no puede tener más de 20. El capital social está integrado por las aportaciones de los socios, quienes deberán aportar no menos del 25% de cada participación para constituir la empresa. Los socios no responden con su patrimonio por las deudas de la empresa. Requiere un mínimo de dos accionistas, y como máximo tendrá 20. El capital social está representado por acciones nominativas y se conforma con los aportes (en bienes y/o en efectivo) de los accionistas. Los accionistas no responden con su patrimonio personal por las deudas. PERSONERÍA JURÍDICA

Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS) Si te has constituido como persona natural y vas a poner en marcha algún negocio o a realizar algún oficio en el que vas a desarrollar actividades empresariales y no necesitas emitir facturas, te puedes acoger a este régimen si cumples con los siguientes requisitos: Tu ingreso bruto anual y el monto anual de tus compras no será mayor a S/.360,000, en cada caso. Tu negocio lo realizarás en no más de un establecimiento o sede productiva, y si es un oficio lo vas a brindar en forma personal. El valor de tus activos, con excepción de predios y vehículos, no será mayor a S/.70,000. REGIMEN TRIBUTARIO

Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS) Obligaciones Tributarias

Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS) Tabla de categorías de pago Con estos pagos cumples con tus obligaciones referidas al Impuesto a la Renta, al Impuesto General a las Ventas (IGV) y al Impuesto de Promoción Municipal (IPM). Existe una lista detallada de los tipos de negocio que no pueden acogerse al Nuevo RUS. También existe una categoría especial para aquellos que se dediquen a la producción y a la comercialización de productos agrícolas en mercados de abastos, según el listado del Apéndice I de la Ley del IGV e ISC.

Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) Si te has constituido como persona natural o persona jurídica y vas a realizar actividades de comercio y/o industria, es decir, si vas a dedicarte a la venta de los bienes que adquieras, produzcas o manufactures, o de recursos naturales que se extraigan (incluidos la cría y el cultivo), y necesitas emitir factura, entonces puedes acogerte a este régimen tributario. También, pueden acogerse las personas o empresas que se vayan a dedicar a actividades de servicio.

Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) En cualquiera de los casos, podrás acogerte al RER si estás seguro que cumplirás con los siguientes requisitos: Si tus ingresos netos anuales o de adquisiciones no serán mayores a S/.525,000. Si tus activos, con excepción de predios y vehículos, no superarán los S/.126,000. Y si tendrás no más de 10 trabajadores (en forma directa o indirecta) por turno de trabajo.

Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) Obligaciones Tributarias

Régimen General del Impuesto a la Renta Si eres una persona natural o jurídica también puedes acogerte al Régimen General del Impuesto a la Renta. Debes tener en cuenta que este régimen te beneficia con la depreciación acelerada (3 años - MYPEs) y con la posibilidad de arrastrar pérdidas de años anteriores, lo cual te permite reducir el monto a pagar por impuestos.

Régimen General del Impuesto a la Renta Obligaciones Tributarias

OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS Llevar los libros de contabilidad u otros libros y registros exigidos por las leyes y reglamentos. Dichos registros contables deben ser registrados en castellano y expresados en moneda nacional. Conservar los libros y registros, sean llevados en sistema manual o mecanizado. El plazo de conservación es de 4 años.

LEGALIZACIÓN DE LOS LIBROS DE CONTABILIDAD Los libros de contabilidad deben estar legalizados antes de su uso, incluso cuando se utilicen horas sueltas, continuas o computarizadas, ante un Notario Público o Juez de Paz letrado.

PERDIDA, DESTRUCCION O ROBO Se deberán comunicar los hechos a la Sunat, dentro de los 15 días hábiles siguientes de sucedidos los hechos. Esta comunicación deberá contener el detalle de los libros, registros o documentos contables y tributarios así como al periodo al que corresponden. Se deberá adjuntar copia de la constancia expedida por la autoridad competente. (Denuncia policial).

Plazo para rehacer lo libros y registros: 60 días calendario computado a partir del siguiente día de ocurridos los hechos; solo en el caso que, por razones debidamente justificadas, se requiera de un plazo mayor, la Sunat otorgará una prorroga previa evaluación. PERDIDA, DESTRUCCION O ROBO

Tema No. 03: Proceso Contable. Docente: Luis Alberto Navarrete Torres ESCUELA DE NEGOCIOS JOHN VON NEUMANN – PRE PAE
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