Tema 2 aspectos generales del subsistema de contrataciones

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About This Presentation

Aspectos generales del subsistema de contrataciones


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Tema 2
Aspectos generales del Subsistema de
Contrataciones

Introducción
¿Qué normas y procedimientos aplican las entidades del
Estado en sus contrataciones?
•Por mandato de la Ley N° 1178, todas las entidades públicas sujetas a
su ámbito de aplicación deben implementar los sistemas de
administración y control.
•Entre esos sistemas figura el de Administración de Bienes y Servicios,
que comprende al Subsistema de Contrataciones.
•Las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y
Servicios (NB-SABS) aprobadas por Decreto Supremo N° 0181 regulan
los procesos de contratación pública.

Cuál es la normativa que actualmente regula
la contratación de bienes y servicios?

Decreto Supremo N° 0181, de 28 de
junio de 2009 y sus modificaciones
Decreto Supremo N° 1497, de 20 de
febrero de 2013
Resolución Ministerial N° 274 de 9 de
mayo de 2013
Nuevo
Nuevo

Aspectos generales del Subsistema de
Contrataciones de las NB-SABS
Contrato SICOES Principios
Actores
Institucionales
Proponentes
Plazos,
términos y
horarios
Recurso
Administrativo de
Impugnación
Adjudicación,
Desierta,
Cancelación,
Suspensión,
Nulidad
Garantías
Métodos de
Selección y
Adjudicación
Márgenes de
Preferencia
Modalidades de
Contratación
Publicidad
Precio
Referencial
Subsistema de
Contrataciones
(D.S. 0181)

Principios
•Solidaridad: los recursos públicos deben favorecer a todas las
bolivianas y bolivianos
•Participación: las bolivianas y bolivianos tienen el derecho de
participar en los procesos de contratación de bienes y servicios
•Control social: las bolivianas y bolivianos tienen el derecho de velar
por la correcta ejecución de los recursos públicos, resultados, impactos y
la calidad de bienes y servicios públicos
•Buena Fe: se presume el correcto y ético actuar de los servidores
públicos y proponentes
•Economía: los procesos de contratación de bienes y servicios, manejo
y disposición de bienes, se desarrollarán con celeridad y ahorro de
recursos
•Eficacia: los procesos de contratación de bienes y servicios, manejo y
disposición de bienes, deben permitir alcanzar los objetivos y
resultados programados

Principios (continuación)
•Eficiencia: Los procesos de contratación de bienes y servicios, manejo
y disposición de bienes deben ser realizados oportunamente, en
tiempos óptimos y con los menores costos posibles
•Equidad: Los proponentes pueden participar en igualdad de
condiciones, sin restricciones y de acuerdo a su capacidad para
producir bienes y ofertar servicios
•Libre participación: Las contrataciones estatales deben permitir la
libre participación y la más amplia concurrencia de los proponentes,
a través de mecanismos de publicidad, con el objeto de obtener las
mejores condiciones en cuanto a precio y calidad
•Responsabilidad: Los servidores públicos deben cumplir con toda la
normativa vigente y asumir las consecuencias de sus actos y
omisiones en el desempeño de las funciones públicas
•Transparencia: Los actos, documentos y la información de los
procesos de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios,
son públicos

Abreviaturas
•ANPE: Apoyo Nacional a la Producción y Empleo
•CUCE: Código Único de Contrataciones Estatales
•DBC: Documento Base de Contratación
•EPNE: Empresa Pública Nacional Estratégica
•LP: Licitación Pública
•MAE: Máxima Autoridad Ejecutiva
•NB-SABS: Normas Básicas Sistema de Administración de Bienes y
Servicios
•PAC: Programa Anual de Contrataciones
•POA: Programa de Operaciones Anual
•RE – SABS: Reglamento Específico del SABS
•RPA: Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la
Producción y Empleo
•RPC: Responsable del Proceso de Contratación de Licitación Pública
•RUPE: Registro Único de Proveedores del Estado
•SICOES: Sistema de Contrataciones Estatales

Plazos, términos y horarios
•Todos los plazos días hábiles administrativos, excepto los
señalados expresamente como días calendario
•Días hábiles de lunes a viernes
•Horas hábiles administrativas las que rigen en la entidad como
horario de trabajo
Cronograma
de Plazos
Instrumento de planificación de
plazos de cada proceso de
contratación.
Forma parte del DBC
La entidad lo elabora en función a
la naturaleza y características de la
contratación
 Los plazos establecidos en el
cronograma son de cumplimiento
obligatorio.

Precio Referencial
PRECIO
REFERENCIAL
Tributos
Transporte
Costos de
instalación
Inspeccione
s
Otros que
incidan en el
costo total de
BsySS

Precio Referencial
•Responsable de su determinación Unidad Solicitante
•Debe contar con información respaldatoria
•Carácter público en todas las modalidades de contratación. Por ello,
debe estar señalado en el DBC
•En servicios discontinuos el PR será el precio unitario del
servicio determinado por la entidad
•En obras no debe tener una antigüedad mayor a 4 meses.

Convenios de financiamiento externo
•Las contrataciones realizadas en el marco de un convenio de
financiamiento externo se regularán por la normativa y
procedimientos establecidos en las NB-SABS, salvo lo expresamente
previsto en dichos convenios.
•Si el convenio de financiamiento externo fue firmado por el Órgano
Ejecutivo y remitido al Legislativo de forma excepcional y
mediante resolución expresa la MAE podrá autorizar el inicio
del proceso con cláusula de condición suspensiva, hasta el
Informe de Recomendación y Evaluación, sin compromiso. El DBC
deberá contener mención expresa a la sujeción del proceso a la Ley que
apruebe el financiamiento.

Convenios Marco
Acuerdo

Órgano
Rector

Proveedore
s

Bienes y Servicios
Generales
Condiciones técnicas
y comerciales
Entidades adquieren
directamente a
través de:
Contratos
Órdenes de Compra
Órdenes de Servicio

Convenios Marco
El proceso de selección de los proveedores de bienes y servicios
generales que las entidades públicas contratan comúnmente formarán
parte de un Convenio Marco.
Las entidades podrán adquirir bienes y servicios generales comunes,
ofertados en los Convenios Marco que se encuentren publicados en el
SICOES.
En caso de que las entidades públicas
obtuvieran por su propia cuenta
condiciones más ventajosas que las
establecidas en los Convenios Marco,
informarán al Órgano Rector sobre la
contratación efectuada
Salvedad

Publicidad
SICOES
PAC
DBC
Cronograma
de Plazos
Acta de
Reunión de
Aclaración
Resolución de
aprobación de
DBC
Informe de
Evaluación y
Recomendación

Resolución de
Adjudicación/De
sierta/
Anulación/ etc.

El Registro Único de Proveedores del Estado
– RUPE y su finalidad
Contar con información de los potenciales proveedores que
participan o tienen interés de participar en las
contrataciones del Estado;
Centralizar información sobre los proveedores del Estado;
Simplificar y agilizar los procesos de contratación;
Facilitar la participación de los proveedores en las
contrataciones del Estado;
Brindar información a los proveedores sobre las
contrataciones estatales.

Cuál es el ámbito de aplicación del RUPE?
 Independientemente del origen de los recursos, el RUPE es de
aplicación obligatoria por:
Las entidades y empresas públicas del Estado Plurinacional de Bolivia;
Los proveedores que participen en las contrataciones públicas;
Las empresas que tengan interés de participar ejecución de proyectos de
inversión del Programa “Bolivia Cambia”.
 Las entidades públicas están prohibidas de solicitar un registro
adicional en otro sistema

Cúales son las fuentes de información del
RUPE?
SEGIP
BENEFICIARIOS
SIGMA
BANCA
FUNDEMPRESA
SIN
SICOES
RUPE

Métodos de Selección y Adjudicación
Calidad
Calidad, Propuesta Técnica y
Costo
Presupuesto Fijo
Menor Costo
Precio Evaluado Más Bajo
Se adjudica a la propuesta cuyo puntaje total sea el
mayor
Se adjudica a la propuesta con mayor calificación en la
evaluación de calidad y propuesta técnica
Se adjudica a la propuesta con mayor calificación en la
evaluación de calidad y propuesta técnica
Se adjudica a la propuesta con menor costo previa
aplicación de los márgenes de preferencia
Se adjudica la propuesta con precio evaluado más bajo
que cumpla los requisitos adm. tec. legales

Adjudicación
•La adjudicación es el acto administrativo por medio del cual la
Administración contratante exterioriza su decisión de contratar
a un determinado proponente por juzgar que su propuesta es la
más conveniente para la entidad, conforme a los términos
establecidos en el DBC, las especificaciones técnicas y/o
términos de referencia.
•La Adjudicación debe constar en acto administrativo expreso y
ser notificada al adjudicado y puesta en conocimiento de todos
los participantes del proceso de contratación.

Declaratoria desierta
Una convocatoria puede declararse desierta en los siguientes
casos:
•No se recibió ninguna propuesta
•Todas las propuestas económicas presentadas superan el Precio
Referencial
•Ninguna propuesta cumple lo especificado en el DBC
•Aspectos formales, administrativos y legales
•Aspectos técnicos
•Aspectos económicos
•El proponente adjudicado incumple en la presentación de
documentos o desiste de formalizar la contratación y no existen otras
propuestas calificadas
•Causas más frecuentes
•Efectos

Sobre la declaratoria desierta de una convocatoria
Se declara mediante
Resolución expresa
Se publica en el
SICOES, Mesa de
Partes y otro
(opcional)
Nueva convocatoria
RPC/RP
A
La entidad debe
analizar las causas de
la declaratoria desierta

Cancelación del proceso de contratación
Las causales para cancelar un proceso de contratación son
las siguientes:
•Cuando existe un hecho de fuerza mayor y/o caso fortuito
irreversible que no permite la continuidad del proceso
•Cuando se hubiera extinguido la necesidad de la contratación
•Cuando la ejecución y resultados dejen de ser oportunos o
surjan cambios sustanciales en la estructura y objetivos de la
entidad.

Cómo se cancela un proceso de contratación?
•Mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada.
•Particularidad de la cancelación cuando el proceso de
contratación se realiza por ítems, lotes, tramos o paquetes
•Cancelación total o parcial
•Efectos de la cancelación parcial
•Trámites según el momento en que se procede a la cancelación
•Antes de la fecha de recepción de propuestas: devolución de
propuestas.
•Después de la apertura de propuestas: devolución a
solicitud del proponente, excepto si el proceso se realizó en
la modalidad ANPE.

Cuándo se suspende un proceso de contratación
Cuando se presenta un hecho de fuerza
mayor o caso fortuito que no permite la
continuidad del proceso, pese a existir la
necesidad de la contratación

Cómo se declara la suspensión ?
•Mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada.
•El proceso de contratación podrá reanudarse únicamente en
la gestión fiscal
•Los plazos y actos administrativos se reanudarán mediante
resolución expresa, desde el momento en que el impedimento
se hubiera subsanado, reprogramando el cronograma y
notificando en el SICOES y en la Mesa de Partes la
reanudación del proceso de contratación.
•Si la suspensión se hubiera producido antes del cierre de
presentación de propuestas, se aceptará en la reanudación del
proceso, la participación de nuevos proponentes.

Cuándo se anula un proceso de contratación ?
Procede hasta el vicio más antiguo, en el caso en que se
desvirtúen la legalidad y validez del proceso. Procederá
cuando se determine:
•Incumplimiento o inobservancia a la normativa de
contrataciones
•Error en el DBC publicado
El Art. 28 – IV del D.S. N° 0181 prevé :
•La posibilidad de anular uno o varios ítems, lotes, tramos o
paquetes.
•La obligatoriedad de continuar el proceso con el resto de
ítems, lotes, tramos o paquetes
Únicamente cuando exista error en el DBC publicado

Cómo se declara la nulidad?
•Mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada.
•Cuando la anulación parcial se efectúe hasta antes de la
publicación de la convocatoria: el o los ítems, lotes, tramos o
paquetes anulados, deberán ser convocados como un nuevo
proceso de contratación, según la modalidad que corresponda.
•Cuando la anulación sea por error en el DBC publicado, la
entidad convocante deberá publicar nuevamente la
convocatoria en el SICOES.

Rechazo y descalificación
•La regulación está contenida en los modelos de DBC
aprobados por el Órgano Rector
•El Rechazo de una propuesta procede cuando ésta fue
presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar
diferente al establecido en el DBC
•La Descalificación procede de concurrir alguna de las
siguientes causales:
Incumplimiento u omisión en la presentación de cualquier formulario de declaración
requerido en el DBC
Incumplimiento a la Declaración Jurada de presentación de propuesta
 

Descalificación

Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con
las condiciones establecidas en el presente DBC.
Cuando la propuesta económica exceda el Precio
Referencial, excepto cuando la evaluación sea mediante el
Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo,
donde el proponente no presenta propuesta económica.
Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta
económica existiera una diferencia superior al dos por ciento
(2%), entre el monto expresado en numeral con el monto
expresado en literal.
Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste
al plazo mínimo requerido en el presente DBC.
 

Descalificación

 Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad
de Propuesta.
Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta no cumpla
con las condiciones establecidas en el presente DBC.
Cuando el proponente presente dos o más alternativas en
una misma propuesta.
Cuando el proponente presente dos o más propuestas.
Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones
y tachaduras.
Cuando la propuesta presente errores no subsanables.

Descalificación

Si para la suscripción del contrato, la documentación
presentada por el proponente adjudicado, no respalda lo
señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta
contrato la documentación solicitada no fuera presentada
dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que
el proponente adjudicado hubiese justificado
oportunamente el retraso, por causas de fuerza mayor, caso
fortuito o cuando la causa sea ajena a su voluntad.
Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa
o tácita de suscribir el contrato.
La descalificación de propuestas deberá
realizarse única y exclusivamente por las
causales señaladas en el DBC

Errores NO subsanables
La ausencia de cualquier Formulario solicitado en el DBC
La falta de firma del proponente, en el formulario de
Presentación de Propuesta
La falta de la propuesta técnica o parte de ella
La falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto
cuando la evaluación sea por el Método de Selección y
Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta
la propuesta económica
La falta de presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta
Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta fuese emitida en
forma errónea

Errores NO subsanables
La presentación de una Garantía diferente a la solicitada por la
entidad convocante, salvo que el tipo de garantía presentada sea de
mayor solvencia
Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un
monto menor al solicitado en el DBC, admitiéndose un margen
de error que no supere el cero punto uno por ciento (0.1%).
Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un
plazo menor al solicitado en el DBC, admitiéndose un margen de
error que no supere los dos (2) días calendario.
Cuando se presente en fotocopia simple el Formulario de
Presentación de Propuesta y/o la Garantía de Seriedad de
Propuesta

Criterios de Subsanabilidad
Si los requisitos, condiciones, documentos y
formularios de la propuesta cumplen sustancialmente
con lo solicitado en el DBC
Si los errores son accidentales, accesorios o de forma
que no inciden en la validez y legalidad de la
propuesta presentada
Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones
o requisitos que no estén claramente señalados en el
DBC

Criterios de Subsanabilidad
•Los criterios señalados no son limitativos. La
Comisión de Calificación puede considerar otros
criterios de subsanabilidad
•Si la propuesta contiene errores subsanables, éstos
serán señalados en el Informe de Evaluación y
Recomendación de Adjudicación o Declaratoria
Desierta
•Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de
verificación de documentos para la suscripción del
contrato.

Márgenes de Preferencia
Se han establecido para favorecer la producción nacional
Consisten en el establecimiento de preferencias con relación al
tratamiento aplicado a la importación de terceros países.
Habitualmente se expresan mediante la aplicación de una
fórmula o criterio que mejora la calificación de la producción
nacional.

Garantías contractuales - Finalidad
•La garantía contractual tiene la finalidad de respaldar el
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato
por el contratista.
•Cumple una doble función:
 Compulsiva: lo que pretende es compeler u obligar al
contratista a que cumpla sus obligaciones contractuales, pues de
lo contrario procede a la ejecución de las garantías que presentó
para garantizar su obligación.
 Resarcitoria: a través de su ejecución y aplicación, respectivamente,
se busca indemnizar, al menos en parte, a la Entidad por los
eventuales daños y perjuicios que haya sufrido debido al
incumplimiento del contratista.

Garantías según el objeto
Las NB-SABS establecen las siguientes garantías:
Garantía de Seriedad de Propuesta
Garantía de Cumplimiento de Contrato
Garantía de Correcta Inversión del Anticipo
Garantía de funcionamiento de maquinaria y/o equipo
Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de
Contrato de Obras

Tipos de Garantía
Las NB-SABS establecen los siguientes tipos de garantías:
•Boleta de Garantía.
•Garantía a primer requerimiento
Ambas emitidas por cualquier entidad de intermediación
financiera bancaria o no, regulada y autorizada por la
instancia competente
•Póliza de Seguro de Caución a primer requerimiento
Emitida por una empresa aseguradora, regulada y
autorizada por la instancia competente.

Características generales de las garantías
Característica Justificación
Renovable Debe ser posible de renovar
durante el tiempo en que sea
necesaria la cobertura
Irrevocable Una vez emitida, el
contratista no puede
revocarla en ningún caso.
De ejecución inmediata Se ejecuta a requerimiento
del beneficiario sin
necesidad de ningún trámite
o acción judicial

Características específicas de la garantía a primer
requerimiento
•Es una garantía de ejecución inmediata.
•Su ejecución no depende de otros actos jurídicos distintos a la
misma garantía.
•El documento idóneo para solicitar la ejecución es una nota de
declaración de incumplimiento suscrita por autoridad
competente.
•El pago de la garantía debe ser inmediato (24 horas – 15 días)
•La entidad financiera o compañía de seguros no puede invocar,
para abstenerse del pago, ninguna excepción o defensa derivadas de
ninguna otra relación, incluida la subyacente que se garantiza.
•El contratista no puede oponerse a la ejecución de la garantía.
•Reglamento de Garantías a Primer Requerimiento (ASFI)
•Resolución Administrativa IS Nro. 731 (SPVS)

Quién define qué tipo de garantía debe presentarse?
Hasta Bs1.000.000 El proponente
+ de Bs1.000.000 La entidad DBC
Artículo 20 numeral II NB-SABS

Cuál es la regulación para empresas extranjeras?
-Si presentan pólizas:
Están obligados a contratar la garantía en una Empresa
Aseguradora con domicilio constituido en Bolivia.
-Si presentan boletas bancarias:
Si no utilizan una entidad financiera bancaria de Bolivia
deben presentar garantías emitidas por entidades que
cuenten con corresponsalía en Bolivia.
Excepcionalmente se admitirá que una entidad financiera
actúe como avisador de una garantía emitida por una
entidad financiera extranjera.