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PRIMERA: Las personas naturales o jurídicas sujetas a la presente ordenanza, tendrán
el plazo de '30 días para proceder al registro de los animales domésticos, a partir de la
vigencia de la presente ordenanza, en caso de que no lo hubieren hecho.
SEGUNDA: Los esta blecimientos dedicados a la venta, hospedaje temporal,
adiestramiento y crianza de animales domésticos, deberán obtener en el plazo de 30
días a partir de la vigencia de la presente ordenanza, el informe de la Dirección de Salud
e Higiene Municipal que certifique que las condiciones de sus establecimientos o locales
cumplen con las normas necesarias para el mantenimiento de los animales domésticos.
Transcurrido dicho plazo, la Municipalidad procederá a la clausura de, los mismos, y no
podrán funcionar de nuevo si previamente no tienen el informe anteriormente señalado.
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación en uno de los
diarios de mayor circulación en el cantón Guayaquil, sin perjuicio de que se publique en
el Registro Oficial
Dada y firmada en la sala de sesiones del M. I. Concejo Cantonal de Guayaquil, a los
veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil cuatro.
CERTIFICO: Que la presente "ORDENANZA QUE REGULA LA PROTECCION,
TENENCIA, CONTROL, COMERCIALIZACION Y CUIDA DO DE ANIMALES DE
COMPAÑIA, ASI COMO AQUELLOS QUE SE UTILIZAN EN ESPECTACULOS
PUBLICOS, DENTRO DEL CANTON GUAYAQUIL% fue discutida y aprobada por el M.
I. Concejo Cantonal de Guayaquil, en sesiones ordinarias de fechas veintitrés de
septiembre y veintiséis de noviembre del alío dos mil cuatro, en primero y segundo
debate, respectivamente.
Guayaquil, 26 de noviembre del 2004.
f.) Ab. Henry Cucalón Camacho, Secretario de la M. I. Municipalidad de Guayaquil (E).
32 -- Registro Oficial N°' 494 -- Viernes 31 de Diciembre del 2004
De conformidad con lo prescrito en los artículos 127; 128; 129 y 133 de la Ley Orgánica
de Régimen Municipal vigente, sanciono la presente "ORDENANZA QUE REGULA LA
PROTECCION, TENENCIA, CONTROL, COMERCIALIZACION Y CUIDADO DE
ANIMALES DE COMPAÑIA, ASI COMO AQUELLOS QUE SE UTILIZAN EN
ESPECTACULOS PUBLICOS, DENTRO DEL CANTON GUAYAQUIL", y ordeno su
promulgación a través de su publicación en el Registro Oficial y en uno de los diarios de
mayor circulación en el cantón.
Guayaquil, 26 de noviembre del 2004.
f.) Jaime Nebot Saadi, Alcalde de Guayaquil.
Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en el Registro Oficial y en
uno de los diarios de mayor circulación en el cantón, de la "ORDENANZA QUE
REGULA LA PROTECCION, TENENCIA, CONTROL, COMERCIALIZACION Y
CUIDADO DE ANIMALES DE COMPAÑIA, ASI COMO AQUELLOS QUE SE UTILIZAN
EN ESPECTACULOS PUBLICOS, DENTRO DEL CANTON GUAYAQUIL", el señor
abogado Jaime Nebot Saadi, Alcalde de Guayaquil, a los veintiséis días del mes de
noviembre del año dos mil cuatro.- Lo certifico.
Guayaquil, 26 de noviembre del 2004.
L) Ab. Henry Cucalón Camacho, Secretario de la M. I. Municipalidad de Guayaquil (E).