Trabajo general sobre Nociones del Derecho

MiguelangElalienDreh 8 views 23 slides Sep 01, 2025
Slide 1
Slide 1 of 23
Slide 1
1
Slide 2
2
Slide 3
3
Slide 4
4
Slide 5
5
Slide 6
6
Slide 7
7
Slide 8
8
Slide 9
9
Slide 10
10
Slide 11
11
Slide 12
12
Slide 13
13
Slide 14
14
Slide 15
15
Slide 16
16
Slide 17
17
Slide 18
18
Slide 19
19
Slide 20
20
Slide 21
21
Slide 22
22
Slide 23
23

About This Presentation

DERECHO


Slide Content

NOCIONES GENERALES DEL DERECHO INTEGRANTES : Miguel angel aliendre herbas Carol Katherine galdos pessoa rOberto Castro Avendaño Juan ruiz soruco Jaqueline ribera rivero HERNAN HEREDIA SALAZAR

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO a)  Libertad b ) Autonomía de la Voluntad; c ) Buena Fe; d ) Abuso del Derecho; e ) Favor Debitoris ; f ) El Orden Público .

DERECHOS REALES Características Relación directa e inmediata con la cosa El objeto es una cosa Exclusividad DERECHOS PERSONALES Relación con el deudor y sólo mediata con la cosa Puede haber múltiples deudores El objeto es un hecho del deudor (dar, hacer o no hacer) Oponibles sólo al deudor Creación ilimitada: autonomía de la voluntad

DERECHOS REALES Y PERSONALES RELACIÓN ENTRE AMBOS Los derechos personales son fuente de los derechos reales Los derechos reales de garantía son accesorios de derechos personales DERECHOS PERSONALES A cada derecho personal  corresponde una obligación Derecho y obligación son las caras de la misma moneda

ELEMENTOS JURÍDICOS BÁSICOS DE CONTRATACIÓN CRÉDITO OBLIGACIÓN

EFECTO DE LAS OBLIGACIONES PRINCIPIO GENERAL   Las obligaciones no producen efectos sino entre Acreedor y Deudor y sus sucesores. EXCEPCIONES   contratos  a favor de un tercero • Fideicomisos • Seguros • Comprometer el hecho de un tercero.

CLASES DE OBLIGACIONES 1. S /  prestaciones • Hacer • No Hacer 2. Puras Condicionales - Suspensiva - Resolutoria 3. A plazo: Hecho futuro que necesariamente sucederá • Cierto. • Incierto 4. Alternativos 5. Divisibles (susceptibles de cumplimiento parcial (Ej.: dar sumas de  Dinero) Indivisibles. 6. Obligaciones con cláusula penal 7. Con relación a las personas • Simplemente mancomunadas • Solidarias

INCUMPLIMIENTO CULPABLE Incumplimiento material no es suficiente. Incumplimiento con dolo o culpa. Pudiendo cumplir, no lo hace. El deudor debe probar que el incumplimiento no le es imputable Se excluye si hay caso fortuito,  fuerza  mayor o culpa de un tercero o del acreedor. En relaciones de crédito la culpa se presume. Excepción:  pacto expreso de mora automática.

EFECTOS DE LA MORA. a) Determina la  responsabilidad  del deudor por su incumplimiento; obliga al resarcimiento de pérdidas e intereses ( daño  emergente – perjuicio sufrido; lucro cesante:  utilidad  dejada de percibir. b) Pone a cargo del deudor la responsabilidad por pérdida o deterioro de la cosa objeto de la obligación (aún en caso fortuito). c) Es condición para resolver los contratos con prestaciones recíprocas.

CESACIÓN DE LA MORA •  El estado  de mora cesa, y concluyen sus efectos cuando: • El acreedor renuncia (expresa o tácitamente) a prevalerse de los efectos de la mora del deudor.

EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES Pago Novación Compensación Transacción Prescripción Confusión Renuncia Remisión Imposibilidad de pago.

NOVACIÓN •  Cambio  de una obligación por otra = modificación de alguno de los elementos sustanciales de la obligación • Sujetos (acreedor o deudor) • El Objeto  (es decir la prestación) • La Causa ( contrato  u operación que le da origen). • La novación es un acto convencional.

TRANSACCIÓN Acto bilateral por el cual las partes haciéndose concesiones recíprocas, extinguen obligaciones litigiosas o dudosas. Las diferentes cláusulas de una transacción son indivisibles y cualquiera de ellas que fuese nula, o que se anulase, deja sin efecto a todo el acto de la transacción. Las transacciones son de interpretación restrictiva. Tienen  carácter  declarativo, es decir que no constituyen derechos.

COMPENSACIÓN • Tiene lugar cuando dos personas por derecho propio, reúnen la  calidad  de acreedor y deudor recíprocamente, cualquiera sea la causa de una y otra deuda. La compensación extingue con fuerza de pago las dos deudas, hasta donde alcance la menor, desde el tiempo en que ambas comenzaron a existir. Requisitos: • Que la cosa debida por una de las partes pueda ser dada en pago de lo que es debido por la otra; • Que ambas deudas sean civilmente subsistentes • Que sean líquidas • Que ambas sean exigibles • De plazo vencido • De ser condicionales que se haya cumplido la condición • Que los  créditos  y deudas se hallen expeditos. Compensación y la quiebra.

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR • Hecho imprevisible • Inevitable • Ajeno al deudor • Actual, el hecho debe ocurrir al tiempo en que hay que cumplir la obligación • Sobreviniente a la constitución de la obligación • Torne absolutamente imposible el cumplimiento; no más gravoso • Las Partes pueden asumirlo. Riesgos de abuso de derecho

EL CONTRATO - "Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común destinada a reglar sus derechos."

CARACTERIZACIÓN COMO ACTO JURÍDICO • HECHO – NATURAL – HUMANO (ACTO) • INVOLUNTARIO • VOLUNTARIO – ILÍCITO – LÍCITO » UNILATERAL (testamento) » BILATERAL ( contrato )

MARCO LEGAL DE LOS CONTRATOS COMERCIALES Teoría General de los Contratos - Noción de Contrato - Objeto - Causa - Consentimiento - Forma - Prueba - Efectos Se rige por el  Código Civil  

FUNCIONES PRINCIPALES • Cambio (circulación de  bienes ): compraventa, permuta • Crédito (préstamos): mutuo, comodato • Garantía (personal): fianza • Custodia (de cosa ajena): depósito, warrants, garaje • Cooperación (no asociativos): agencia,  franquicia , concesión • Previsión (de riesgos): seguro • Disfrute (de bienes): locación • Liberalidades: donación • Asociativos:  sociedades , agrupaciones de colaboración

ELEMENTOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS • Consentimiento • Objeto • Causa PRESUPUESTOS DE VALIDEZ • Capacidad • Forma EL CONSENTIMIENTO

INCUMPLIMIENTO •  Presupuestos • Incumplimiento material • Factor de atribución – principio general: subjetivo – supuestos de responsabilidad objetiva •  Herramientas – Rescisión por incumplimiento (pacto comisorio) – Excepción de incumplimiento – Señal o arras
Tags