Integrantes:
Karen Martinez
Lesly Rivera
Alexis Herrera
Emiliano Ortega
Ivan Guzman
Arturo Ramirez
TRATADO DE
LIBRE
COMERCIO
MEXICO-ISRAEL
Introducción
Aspectos Generales
Trato Nacional y Acceso
de Bienes al Mercado
Reglas de Origen
Procedimientos
Aduaneros
Barreras Tecnicas al
Comercio
Propiedad Intelectual
Principales Productos de
Intercambio
Resultados del TLC
Certificado de Origen
Conclusion
CONTENIDO
El Tratado de Libre Comercio entre México
e Israel (TLC México-Israel) es un acuerdo
económico bilateral que busca promover y
consolidar las relaciones comerciales y de
inversión entre ambos países. Firmado el 10
de abril de 2000 y entro en vigor el 1 de
julio del mismo año, este tratado fue
pionero en su tipo para México, pues marcó
la primera vez que el país firmaba un
acuerdo comercial con una nación fuera
del continente americano.
INTRODUCCION
ASPECTOS
GENERALES
Además de los bienes, el
tratado cubre el comercio de
servicios, lo que permite que
empresas de ambos países
accedan a sectores como
telecomunicaciones, servicios
financieros, turismo,
educación y consultoría de
manera más abierta y
competitiva.
Eliminacion de
Aranceles:
Inversiones:
Comercio de
Servicios:
Una de las principales
disposiciones del TLC es la
eliminación progresiva de
aranceles para la mayoría de
los bienes comerciales entre
ambos países. Esto ha
permitido que productos
mexicanos entren al mercado
israelí sin las barreras
arancelarias tradicionales y
viceversa.
El tratado establece un marco
jurídico claro y predecible
para la inversión extranjera
directa. Esto incluye garantías
de trato justo y equitativo, asi
como acceso a mecanismos
de solución de controversias
entre inversores y Estados.
Uno de los pilares fundamentales del TLC es el
principio de Trato Nacional, que garantiza que los
productos importados reciban un trato no menos
favorable que el concedido a productos similares de
producción nacional. Esto implica que una vez que
los bienes de una de las partes entran en el territorio
de la otra, se les otorgan los mismos derechos y
condiciones que a los bienes nacionales en términos
de impuestos, regulaciones y estándares.
TRATO NACIONAL
En cuanto al Acceso de Bienes al Mercado, el TLC
prevé la eliminación o reducción gradual de
aranceles para una amplia gama de productos. Los
sectores que se beneficiaron más rápidamente de la
apertura de mercados fueron principalmente el
Industrial y el Agropecuario.
Productos industriales: Ambos países acordaron
una desgravación inmediata para la mayoría de
los productos industriales, lo que facilitó la
entrada de maquinaria, equipos electrónicos,
productos químicos y textiles.
Productos agropecuarios: Se establecieron
plazos para la desgravación arancelaria en
productos agrícolas sensibles, permitiendo a los
productores adaptarse a la competencia
extranjera.
ACCESO DE BIENES AL
MERCADO
REGLAS DE ORIGEN
Transformación sustancial: Los productos manufacturados
deben haber sufrido un proceso de transformación significativo
en México o Israel para calificar como originarios. Esto se mide
usualmente mediante un cambio en la Clasificación
Arancelaria, un porcentaje de Valor de Contenido Regional, o
ambos.
Bienes totalmente obtenidos o producidos: Esto aplica
principalmente a productos agrícolas y mineros que son
completamente extraídos o cosechados en el territorio de
una de las partes.
Las reglas de origen son fundamentales en los tratados de
libre comercio, ya que determinan qué productos califican
para recibir los beneficios arancelarios del acuerdo. En el
caso del TLC entre México e Israel, se establecieron
criterios específicos para determinar el origen de un bien.
Los productos deben cumplir con uno de los siguientes
criterios para ser considerados originarios:
Valor de Contenido Regional (VCR):
En el caso del TLC Mexico-Israel , el porcentaje para
determinar el Origen de un producto puede variar, pero
suele estar entre 50% y el 60%, dependiendo del sector o
el producto especifico.
REGLAS DE ORIGEN
EL TLC ESTABLECE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS SIMPLIFICADOS PARA
FACILITAR EL COMERCIO ENTRE MÉXICO E ISRAEL. ESTOS
PROCEDIMIENTOS INCLUYEN:
1.CERTIFICACIÓN DE ORIGEN: PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS
ARANCELARIOS DEL TRATADO, LOS EXPORTADORES DEBEN CERTIFICAR
QUE LOS BIENES CUMPLEN CON LAS REGLAS DE ORIGEN ESTABLECIDAS.
ESTA CERTIFICACIÓN PUEDE SER EMITIDA POR EL PROPIO EXPORTADOR O
POR UN ORGANISMO AUTORIZADO.
2.FACILITACIÓN DEL COMERCIO: AMBOS PAÍSES SE COMPROMETEN A
AGILIZAR LOS PROCEDIMIENTOS ADUANEROS, REDUCIR LA BUROCRACIA
Y GARANTIZAR LA TRANSPARENCIA EN LA ADMINISTRACIÓN DE LAS
NORMATIVAS ADUANERAS.
3.INSPECCIONES Y VERIFICACIONES: LAS AUTORIDADES ADUANERAS DE
AMBAS PARTES TIENEN EL DERECHO DE LLEVAR A CABO INSPECCIONES Y
VERIFICACIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS PRODUCTOS CUMPLAN
CON LAS REGLAS DE ORIGEN. EN CASO DE DISPUTAS, EL TRATADO PREVÉ
MECANISMOS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
L
PROCEDIMIENTOS
ADUANEROS
Las barreras técnicas al comercio se refieren a normativas, regulaciones o estándares
que, aunque no son explícitamente proteccionistas, pueden obstaculizar el libre
comercio. En el TLC entre México e Israel, se reconoce la importancia de armonizar las
regulaciones técnicas para evitar que se conviertan en obstáculos injustificados.
El tratado promueve:
1.Reconocimiento mutuo de normas y estándares: México e Israel acordaron trabajar
en el reconocimiento mutuo de sus regulaciones técnicas, lo que facilita la entrada
de productos en sus respectivos mercados.
2.Transparencia en las regulaciones: Las partes se comprometen a notificar
cualquier cambio en sus normativas técnicas y a ofrecer periodos de consulta
pública antes de implementar nuevas regulaciones que puedan afectar el comercio.
3.Cooperación en estándares: Se fomenta la cooperación entre las autoridades
reguladoras de ambos países para desarrollar estándares compatibles y promover la
adopción de normativas internacionales.
BARRERAS
TÉCNICAS AL
COMERCIO:
PROPIEDAD
INTELECTUAL
EL TLC ENTRE MÉXICO E ISRAEL INCLUYE UN
CAPÍTULO ENTERO EN EL QUE AMBAS PARTES
RECONOCEN LA IMPORTANCIA DE PROTEGER LOS
DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL PARA
FOMENTAR LA INNOVACIÓN Y LA
COMPETITIVIDAD. ESTE CAPÍTULO ABARCA
DIVERSAS ÁREAS, INCLUYENDO:
PROPIEDAD
INTELECTUAL
1.PATENTES: AMBOS PAÍSES SE COMPROMETEN A OTORGAR PROTECCIÓN
ADECUADA Y EFECTIVA A LAS INVENCIONES, RESPETANDO LOS
PRINCIPIOS DE NOVEDAD, ACTIVIDAD INVENTIVA Y APLICABILIDAD
INDUSTRIAL.
2.DERECHOS DE AUTOR: EL TRATADO GARANTIZA LA PROTECCIÓN DE
OBRAS LITERARIAS, ARTÍSTICAS Y CIENTÍFICAS, INCLUYENDO SOFTWARE
Y BASES DE DATOS.
3.MARCAS: SE PROTEGE EL DERECHO EXCLUSIVO DE LOS TITULARES DE
MARCAS REGISTRADAS, Y SE ESTABLECE UN MECANISMO PARA LA
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS SOBRE EL USO INDEBIDO DE MARCAS.
PRINCIPALES
PRODUCTOS DE
INTERCAMBIO
EL TLC ENTRE MÉXICO E ISRAEL IMPULSÓ EL COMERCIO
BILATERAL QUE ENTRE 1999 (AÑO PREVIO A LA ENTRADA EN
VIGOR DE DICHO INSTRUMENTO) Y HASTA EL 2020 CRECIÓ
304.2%.
RESULTADOS DEL
TLC
CERTIFICADO DE
ORIGEN
CERTIFICADO DE
ORIGEN
A pesar de que el comercio entre ambos
países todavía tiene un amplio potencial de
crecimiento, el tratado ha sentado las
bases para una colaboración económica
más estrecha. Con la evolución continua
del comercio global, el TLC México-Israel
sigue siendo un acuerdo fundamental para
ambos países en su búsqueda de
diversificar sus mercados y expandir sus
oportunidades de crecimiento económico.
CONCLUSION