U 2 3 DIGNITAS INFINITA presentacion.pptx

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DOCUMENTO DIGNITAS INFINITA


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DECLARACIÓN DIGNITAS INFINITA Dicasterio para la Doctrina de la Fe 2024 – siendo Francisco el papa

MOTIVO DE LA DECLARACIÓN: C onmemora el 75 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos  y reafirma  «lo imprescindible del concepto de dignidad de la persona humana en el seno de la antropología cristiana»

Esta dignidad de todos los seres humanos puede entenderse como “ infinita ” (dignitas infinita), como afirmó San Juan Pablo II en un encuentro con personas que sufrían ciertas limitaciones o discapacidades, para mostrar cómo la dignidad de todos los seres humanos va más allá de todas las apariencias externas o características de la vida concreta de las personas.

FUNDAMENTO: Una dignidad infinita, significa que se fundamenta inalienablemente en su propio ser , le corresponde a cada persona humana, más allá de toda circunstancia y en cualquier estado o situación en que se encuentre. Este principio, plenamente reconocible incluso por la sola razón, fundamenta la primacía de la persona humana y la protección de sus derechos.

Una verdad universal El Papa Francisco, en la encíclica Fratelli tutti , ha querido subrayar con particular insistencia que esta dignidad existe “más allá de toda circunstancia” , invitando a todos a defenderla en cada contexto cultural, en cada momento de la existencia de una persona, independientemente de cualquier deficiencia física, psicológica, social o incluso moral. La Declaración se esfuerza por mostrar que estamos ante una verdad universal , que todos estamos llamados a reconocer, como condición fundamental para que nuestras sociedades sean verdaderamente justas, pacíficas, sanas y, en definitiva, auténticamente humanas.

Definición de Persona Definición clásica de la persona como «sustancia individual de naturaleza racional» “ sustancia individual ”, la persona goza de dignidad ontológica (es decir, en el nivel metafísico del ser mismo): es un sujeto que, habiendo recibido la existencia de Dios , “subsiste”, es decir, ejerce la existencia autónomamente. En realidad, la palabra “racional” engloba todas las capacidades del ser humano: tanto la cognitiva como la volitiva, amar, elegir, desear. El término “racional” incluye también las capacidades corporales relacionadas con las anteriores. “Naturaleza” indica las condiciones propias del ser humano que hacen posibles las diversas operaciones y experiencias: es el “principio del obrar”. El ser humano no la crea; la posee como un don recibido y puede cultivar, desarrollar y enriquecer sus capacidades. En el ejercicio de su libertad para cultivar las riquezas de su propia naturaleza, se construye a sí misma con el paso del tiempo . Debido a diversas limitaciones o condiciones, quizás no pueda utilizar estas capacidades, la persona siempre subsiste como “sustancia individual” con toda su dignidad inalienable. Por ejemplo, en un niño no nacido, en una persona inconsciente, en un anciano en agonía.

Las tres primeras partes de la Declaración recuerdan los  principios fundamentales .

Tres principios fundamentales 1. Una conciencia progresiva de la centralidad de la dignidad humana “Dignidad” viene utilizado para destacar el carácter singular de la persona humana, inconmensurable con respecto a los demás seres del universo. se habla de «la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana». (14) 2. La Iglesia anuncia, promueve y se hace garante de la dignidad humana La igual dignidad de todos los seres humanos, independiente de su condición de vida o de su calidad. (19) Este anuncio se apoya sobre una triple convicción: 1. Una imagen de Dios indeleble. 2. Cristo eleva la dignidad del hombre. 3. Una vocación a la plenitud de la dignidad, la resurrección 3. La dignidad, fundamento de los derechos y de los deberes humanos «en la cultura moderna, la referencia más cercana al principio de la dignidad inalienable de la persona es la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, que san Juan Pablo II definió “piedra miliar puesta en el largo y difícil camino del género humano”, y como “una de las más altas expresiones de la conciencia humana”».(23)

«La Iglesia, a la luz de la Revelación, reafirma y confirma absolutamente» la   «dignidad ontológica de la persona humana , creada a imagen y semejanza de Dios y redimida en Cristo Jesús» (1).

Una aclaración (7): Reconocer la posibilidad de una cuádruple distinción del concepto de dignidad: dignidad ontológica, dignidad moral, dignidad social y finalmente dignidad existencial. El sentido más importante permanece , como se ha argumentado hasta ahora, el vinculado a la dignidad ontológica que corresponde a la persona como tal por el mero hecho de existir y haber sido querida, creada y amada por Dios. Esta dignidad no puede ser nunca eliminada y permanece válida más allá de toda circunstancia en la que pueden encontrarse los individuos. Cuando se habla de la dignidad moral se refiere, al ejercicio de la libertad por parte de la criatura humana aunque dotada de conciencia, permanece siempre abierta a la posibilidad de actuar contra ella . Distintas formas de ver la dignidad:

8. Quedan otras dos posibles acepciones de dignidad: social y existencial . Cuando hablamos de dignidad social nos referimos a las condiciones en las que vive una persona. En la pobreza extrema, por ejemplo, cuando no se dan las condiciones mínimas para que una persona viva de acuerdo con su dignidad ontológica, se dice que la vida de esa persona pobre es una vida “indigna”. Esta expresión no indica en modo alguno un juicio hacia la persona, al contrario, quiere destacar el hecho de que su dignidad inalienable se contradice por la situación en la que se ve obligada a vivir. La última acepción es la de la dignidad existencial . Hoy se habla cada vez con más frecuencia de una vida “digna” y de una vida “indigna”. Y con esta expresión nos referimos a situaciones de tipo existencial: por ejemplo, al caso de una persona que, aun no faltándole, aparentemente, nada de esencial para vivir, por diversas razones, le resulta difícil vivir con paz, con alegría y con esperanza. En otras situaciones es la presencia de enfermedades graves, de contextos familiares violentos, de ciertas adicciones patológicas y de otros malestares los que llevan a alguien a experimentar su propia condición de vida como “indigna” frente a la percepción de aquella dignidad ontológica que nunca puede ser oscurecida Las distinciones aquí introducidas, en todo caso, no hacen más que recordarnos el valor inalienable de esa dignidad ontológica enraizada en el ser mismo de la persona humana y que subsiste más allá de toda circunstancia.

Una  «dignidad inalienable»   que corresponde a «la naturaleza humana más allá de cualquier cambio cultural» (6) y es  «un don recibido» , por lo que está presente «por ejemplo, en un niño no nacido, en una persona inconsciente, en un anciano en agonía» (9).

« La Iglesia proclama la igual dignidad  de todos los seres humanos, independientemente de su condición de vida o de sus cualidades» (17) y lo hace basándose en  la revelación bíblica : la mujer y el hombre han sido creados a imagen de Dios; Cristo al encarnarse «confirmó la dignidad del cuerpo y del alma» (19), y al resucitar nos reveló que «el aspecto más sublime de la dignidad del hombre consiste en  su vocación a la comunión con Dios » (20).

4. Algunas violaciones graves de la dignidad humana 33. A la luz de las reflexiones hechas hasta ahora sobre la centralidad de la dignidad humana, esta última sección de la Declaración aborda algunas violaciones concretas y graves de la misma. Lo hace con el espíritu propio del magisterio de la Iglesia, que ha encontrado su expresión plena en el magisterio de los últimos Pontífices, como ya se ha recordado. Por ejemplo el Papa Francisco, por una parte, no se cansa de pedir el respeto de la dignidad humana: «todo ser humano tiene derecho a vivir con dignidad y a desarrollarse integralmente, y ese derecho básico no puede ser negado por ningún país. Lo tiene aunque sea poco eficiente, aunque haya nacido o crecido con limitaciones. Porque eso no menoscaba su inmensa dignidad como persona humana, que no se fundamenta en las circunstancias sino en el valor de su ser. Cuando este principio elemental no queda a salvo, no hay futuro ni para la fraternidad ni para la sobrevivencia de la humanidad».

Violaciones graves de la dignidad human a Pobreza: La falta de acceso a necesidades básicas como alimento, vivienda, educación y atención médica.  Guerra: La violencia, el desplazamiento forzado y la destrucción de vidas y bienes.  Trata de personas: La explotación de personas con fines de lucro, como la esclavitud sexual o el trabajo forzado.  Abusos sexuales: La violencia sexual contra niños, niñas y adultos.  Violencia contra las mujeres: La violencia física, psicológica y sexual contra las mujeres.  Aborto: La interrupción del embarazo, considerada como una violación de la vida humana desde la concepción.  Maternidad subrogada: La práctica de utilizar el vientre de otra mujer para gestar un bebé, vista como una explotación de la mujer y una comercialización del niño.  Eutanasia y suicidio asistido: La práctica de poner fin a la vida de una persona, incluso si es a petición de la misma, vista como una negación de la dignidad inherente a la vida humana.  Descarte de personas con discapacidad: La discriminación y exclusión de personas con discapacidad, negándoles la posibilidad de participar plenamente en la sociedad.  Teoría de género: La declaración critica la "teoría de género" por cuestionar la complementariedad entre hombre y mujer, lo que a su vez puede llevar a la confusión sobre la identidad sexual y la familia, según la declaración.  Violencia digital: La proliferación de la violencia, el acoso y la desinformación en línea.