PUBLICÍSTICO: PENAL, ADMINISTRATIVO, FAMILIAR, CONSTITUCIONAL Derecho procesal publicista Este es el tercer sector de la parte procesal del derecho procesal, se caracteriza porque las diversas disciplinas que comprenden estudian procesos en los normalmente el Estado tiene una doble intervención, a través de órganos distintos e independientes: como parte, ya sea actora o demandada, y como juzgador. Así ocurre en el proceso penal, en el que el Estado, por un lado asume el papel de parte acusadora, por medio del al institución del Ministerio Publico y por el otro, desempeña la función de juzgador penal. También sucede en los procesos administrativo y constitucional, en los que el Estado suele ser parte demandada, a través de las autoridades cuyos actos se reclaman, y tribunal administrativo o constitucional, respectivamente. Por último, en el proceso familiar y del estado civil, si bien las partes regularmente son personas particulares, hay una evidente tendencia a dar intervención a un órgano del Estado, para que se encargue de proteger los intereses jurídicos de los menores, los incapacitados y de la familia como institución. Este sector también se caracteriza porque en él se otorgan al juzgador mayores facultades para el impulso y dirección del proceso, así como para fijar el objeto del mismo. También, por regla, se suele establecer la indisponibilidad de dicho objeto, aunque esta regla tiene sus salvedades y modalidades en los procesos penal y familiar, y no rige en los demás procesos publicísticos (inquisitorio).