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Derecho Procesal Penal y Contravencional Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA FISCAL GENERAL: Es la máxima autoridad y desempeña funciones jurisdiccionales y administrativas. FISCALES GENERALES ADJUNTOS: En la actualidad existen 4 Fiscales Generales Adjuntos que asisten al Fiscal General en distintas materias: Fiscalía General Adjunta de Gestión Fiscalía General Adjunta en lo Penal y Contravencional Fiscalía General Adjunta de Faltas Fiscalía General Adjunta en lo Contencioso Administrativo y Tributario

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA Para una mejor distribución del trabajo del MPF, se dividió la Ciudad en 4 zonas , que fueron identificadas como zonas NORTE , SUR, ESTE y OESTE. En cada una de las estas zonas funciona una Unidad Fiscal compuesta por una Fiscalía de Cámara, 3 Fiscalías especializadas e n Violencia de Género y 6 o 7 Fiscalías de primera instancia de competencia general. Las fiscalías de competencia general trabajan en turnos quincenales con las fuerzas de seguridad, sin perjuicio que a partir del segundo semestre de 2021 se incorporaron 4 Unidades de Flagrancia (una en cada zona) que concentran todas las consultas telefónicas que se efectúan por delitos o contravenciones detectados en flagrancia (que pueden derivar en una detención o aprehensión) o por situaciones de calle en las que se le debe dar inmediata intervención al Ministerio Público Fiscal de la CABA, dentro del horario de 8 a 22, ya que desde las 22 hasta las 8 el Área de Atención de Casos de Flagrancia se ocupa de atender las consultas vinculadas a delitos en flagrancia o episodios penales o contravencionales que ameritan disponer alguna medida de seguridad o cautelar urgente.

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA ZONAS, FISCALÍAS y COMUNAS ZONA NORTE: comprende las Fiscalías 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 18, la Unidad de Flagrancia Norte y las Comunas 12, 13, 14 y 15. ZONA SUR: comprende las Fiscalías 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 39 y 40, la Unidad de Flagrancia Sur y las Comunas 4, 8 y 9. ZONA ESTE: comprende las Fiscalías 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 21, la Unidad de Flagrancia Este y las Comunas 1, 2 y 3. ZONA OESTE: comprende las Fiscalías 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28, la Unidad de Flagrancia Oeste y las Comunas 5, 6, 7, 10 y 11.

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA UNIDADES Y FISCALIAS ESPECIALIZADAS La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley 1.903 (Ley Orgánica del Ministerio Público) establecen que el Ministerio Público Fiscal, tiene entre sus funciones velar por la normal prestación del servicio de justicia y promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad (conf. artículo 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y artículo 17, inciso 2, de la Ley 1.903). Que, consecuentemente con ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias como titular de uno de los ámbitos del Ministerio Público, corresponde al Fiscal General organizar la estructura interna, realizar las reasignaciones del personal de acuerdo a las necesidades del servicio y fijar normas de carácter general tendientes a regular la distribución del trabajo (artículo 22, inciso 6 y artículo 31, inciso 4, de la Ley 1.903). También es importante destacar que la creación de algunas de las unidades o fiscalías especializadas encuentran su fundamento en compromisos internacionales asumidos previamente (por ejemplo, Convención Belem do Pará –género–, Convenio de Budapest – ciberdelito –, etc ).

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA La especialización de las Fiscalías en orden a las distintas temáticas resulta útil en determinados casos, donde centralizar la investigación en un solo fiscal implica brindar un tratamiento especial y diferenciado, en función de la política criminal que pretende imprimir el Fiscal General a determinados conflictos sociales. El tratamiento específico de algunos casos exige también una adecuada organización de las Fiscalías que facilite el contacto de los fiscales con profesionales, peritos y expertos. También es importante la intervención del sector privado y su interacción con las Fiscalías especializadas. A partir de la Resolución FG N° 100/2011 el Ministerio Público Fiscal comenzó a conformar equipos especializados para la investigación de hechos ilícitos contextualizados dentro de determinadas problemáticas sociales.

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA FISCALIAS ESPECIALIZADAS EN VIOLENCIA DE GÉNERO Todo comenzó mediante Resolución FG N° 16/2010 de fecha 15 de enero del año 2010, en la que se instruyó a los Fiscales sobre la manera de abordar aquellos casos de violencia de doméstica, donde en su gran mayoría las víctimas son mujeres. Respondió a la necesidad de abordar este flagelo que atraviesa todas las clases sociales. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará), señala en su art. 1, que la violencia contra la mujer comprende: “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause su muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico de la mujer, tanto en el ámbito público como privado” . Luego llevar a cabo distintas organizaciones dentro del ámbito del Ministerio Público Fiscal y teniendo en cuenta la experiencia colectada a lo largo de los años, el 13 de junio de 2017 el Fiscal General firmó la Resolución FG N° 168/2017, que es la base de la actual organización. En total son 12 Fiscalías, repartidas 3 en cada zona: en la Norte están las Fiscalías de VG 1, 3 y 18; en la Sur las Fiscalías de VG 32, 33 y 36; en la Este las Fiscalías de VG 9, 10 y 16; y en la Oeste las Fiscalías de VG 23, 27 y 28.

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA UNIDAD FISCAL ESPECIALIZADA EN DELITOS Y CONTRAVENCIONES INFORMÁTICAS ( UFEDyCI ) El 15 de noviembre de 2012, mediante la Resolución FG N° 501/2012, se creó como prueba piloto el equipo fiscal especializado en delitos y contravenciones informáticas, que se convirtió en definitiva al cumplirse un año. A través de la Resolución FG N° 20/2020 se decidió concentrar el trabajo de las 3 secretarías especializadas en dicha materia que funcionaban hasta entonces, en la Unidad Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas, a la que a partir del 1° de marzo de 2020, le otorgó la competencia exclusiva para intervenir en los delitos previstos en los artículos 128 (producción, financiación, ofrecimiento, comercio, facilitación, divulgación y/o distribución de pornografía infantil), 131 (contacto por medios tecnológicos con un con una persona menor de edad con el propósito de cometer delitos contra su integridad sexual - grooming -), 153 bis (acceso sin autorización a un sistema o dato informático de acceso restringido), 183 segundo párrafo (daño informático), 184 incisos 5 y 6 (daño informático agravado) del Código Penal; y en las contravenciones previstas en los artículos 67 (suministro de material pornográfico), 75 (difusión no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas) y 78 (suplantación digital de la identidad) del Código Contravencional.

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA Por último, a partir de la Resolución FG N° 48/2021 se la instruyó para intervenir en los delitos de defraudación mediante cualquier técnica de manipulación informática (artículo 173, inciso 16, del Código Penal).

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA UNIDAD FISCAL ESPECIALIZADA EN LA INVESTIGACIÓN DE DELITOS VINCULADOS CON ESTUPEFACIENTES (UFEIDE) Con la creación del Área de Gestión de Casos de Tenencia de Estupefacientes para Consumo Personal, puesta en funciones a partir del 1º de enero de 2019 (Resolución FG N° 530/2018), se procuró instaurar una metodología de trabajo inteligente a efectos de alcanzar los objetivos político-criminales fijados en materia de conflictos vinculados al Narcomenudeo. El último hito alcanzado en dicha materia es la creación de la Unidad Fiscal Especializada en la Investigación de Delitos vinculados con Estupefacientes que empezó a funcionar a partir del 1º de enero de 2021 (de acuerdo a lo ordenado en la Resolución FG N° 109/2020), absorbiendo toda la competencia exclusiva en los delitos previstos en la Ley 23.737, que fueron transferidos de la Justicia Federal a la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (cfr. artículo 34, modificado por la Ley 26.052); a excepción de los supuestos iniciados en un contexto de flagrancia que, sólo en su etapa inicial, se encuentran a cargo de la Unidad de Flagrancia que corresponda en función de la jurisdicción en la que acontece el hecho.

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA UNIDAD FISCAL DE DELITOS, CONTRAVENCIONES Y FALTAS ESPECÍFICAS ( UFDCyFE ) Otro de los diques que se diseñó en la Resolución FG N° 530/2018, fue el de la Unidad Fiscal de Delitos, Contravenciones y Faltas Específicas -que entró en funciones el 1° de enero de 2019-, concebida con la idea de concentrar en áreas de trabajo específicas las investigaciones vinculadas a los delitos y contravenciones, originados en el escenario del conglomerado de conflictos que se desarrollan en el tránsito vehicular de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (artículos 94 y 94 bis del Código Penal y 131, 132 y 133 del Código Contravencional), en la necesidad de adoptar criterios uniformes de actuación a nivel institucional, para garantizar la implementación de una política criminal dotada de mayor coherencia y eficiencia. Con el paso del tiempo fue incorporando nuevas materias, como lo fue a partir del 1° de julio de 2019 (Resolución FG N° 276/2019) la tramitación de todos los casos tipificados como violación de clausura (artículo 83 del Código Contravencional), y a partir del 1° de agosto de 2020 (Resolución FG N° 73/2020) la competencia exclusiva para intervenir en las infracciones al régimen penal tributario (Ley 24.769).

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA UNIDAD FISCAL ESPECIALIZADA EN MATERIA AMBIENTAL (UFEMA) Fue creada mediante Resolución FG N° 6/2016 y surgió como respuesta a una política criminal tendiente a garantizar a todos los ciudadanos un medio ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, tal como lo establece el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional. Se le asignó competencia para investigar la contravención aludida en el artículo 54 (colocar o arrojar sustancias insalubres o cosas dañinas en lugares públicos) y los delitos previstos en los artículos 55 primer párrafo, 56 primer párrafo y 57 de la Ley 24.051 (Ley de residuos peligrosos) y en la Ley 14.346 (Ley de maltrato animal). A partir del 18 de agosto de 2020, con el dictado de la Resolución FG N° 86/2020, la Fiscalía de primera instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 31 es la que se encuentra a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental, y tiene la competencia exclusiva en los casos que importan un riesgo o afectación al medio ambiente acontecidos en todas las jurisdicciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA UNIDADES DE FLAGRANCIA NORTE, SUR, ESTE Y OESTE Con el dictado de las Resoluciones FG N° 49, 79, 83, 92 y 101/2021, durante el segundo semestre del año 2021 se pusieron en marcha las cuatro Unidades de Flagrancia que funcionan en cada una de las zonas judiciales en las que se encuentra dividida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El propósito de la creación de estas unidades fue desdoblar el trabajo de las fiscalías de primera instancia, ocupándose las unidades de flagrancia de manera exclusiva y permanente de la tramitación inicial y primigenia de todos los casos que se inician en flagrancia delictiva y/o contravencional (esto es, atender las consultas a las fuerzas de seguridad, convalidar o no la detención o aprehensión realizada por personal de las fuerzas de manera autónoma, intimar los hechos a las personas detenidas y asistir a las audiencias de prisión preventiva u otras medidas cautelares iniciales) y asignarle a las fiscalías o unidades respectivas la continuidad de la investigación y la tramitación hasta su finalización de estos casos, que también se ocupan desde el inicio de aquellos otros que ingresan por denuncias en las sedes de las fuerzas de seguridad, en otros organismos receptores de denuncias autorizados o a través de los canales habilitados del Ministerio Público Fiscal de la CABA (ya sean por medio de las Unidades de Orientación y Denuncias, la página de Internet https://www.mpfciudad.gob.ar/denuncias o por llamados a la central telefónica 0800 - 33 (FISCAL).

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA COMPETENCIA ESPECIAL POR CONDUCTAS DISCRIMINATORIAS La Resolución FG N° 215/2015 dispuso el inicio de la prueba piloto que estableció la competencia especial de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 22 para intervenir de manera exclusiva en todas aquellas conductas discriminatorias previstas en el art. 3 de la Ley 23.592 y en el artículo 71 del Código Contravencional, que hayan tenido lugar en cualquier punto del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Con posterioridad, tras el dictado de la Resolución FG N° 132/2016, se profundizaron las políticas adoptadas en torno a dicha problemática y, en consecuencia, no sólo se ratificó la asignación definitiva de los casos de discriminación a la mencionada Fiscalía, sino que también se pusieron en marcha áreas destinadas a complementar el abordaje de estos casos desde una mirada integral.

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA COMPETENCIA ESPECIAL EN ESPECTÁCULOS MASIVOS ARTÍSTICOS Y/O DEPORTIVOS Esta competencia especial fue asignada a la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 35 a partir del 1° de marzo de 2020, mediante Resolución FG N° 15/2020. Su creación responde a la creciente conflictividad asociada a la realización de espectáculos masivos y tiene como finalidad promover una mayor eficacia y rigurosidad en las investigaciones que atañen a los delitos y/o contravenciones cometidos en el contexto de espectáculos artísticos y/o deportivos de carácter masivo. Si bien incluye a los delitos previstos en la Ley 24.192 (Ley de espectáculos deportivos) y a las contravenciones aludidas en los artículos 62 (derecho de admisión), 91 (trapitos en eventos masivos) y 107 a 130 (que integran el capítulo Espectáculos artísticos y deportivos), puede llegar a intervenir ante cualquier otro delito o contravención cuya realización esté vinculado a dicho universo temático. Por regla general, la Fiscalía N° 35 no atiende la gestión inicial de los hechos de esta materia detectados en flagrancia (que, salvo indicación en contrario, queda reservada a las Unidades de Flagrancia); sin perjuicio que prosigue el trámite de los casos iniciados por éstas (una vez resuelta la situación de detención o aprehensión de los imputados) y puede iniciar de oficio investigaciones en los términos del artículo 84, inciso 2°, del CPPCABA.

Estructura del Ministerio Público Fiscal de la CABA COMPETENCIA ESPECIAL DE MENORES IMPUTADOS En aras de adecuar la organización del Ministerio Público Fiscal y contribuir al desarrollo progresivo de un sistema de justicia penal diferenciado en materia penal juvenil en el ámbito del Poder Judicial de la Ciudad, el Fiscal General emitió la Resolución FG N° 129/2020, por la que le asignó a la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 4 la competencia especial exclusiva en todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires para intervenir en casos en los que resulten imputados niños, niñas y adolescentes que no hayan alcanzado los 18 años al momento de cometer el delito. El propósito perseguido con la creación de esta Fiscalía especializada es la de ajustar su desempeño a los principios consolidados del derecho internacional de los derechos humanos en esta materia y promover un uso extendido de las soluciones alternativas previstas en el Régimen Procesal Penal Juvenil, propiciando una política criminal basada en evidencia, que tome en cuenta las investigaciones más recientes en materia de justicia restaurativa, procedimental y terapéutica.
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