ACUERDO 30-09-2024 (2).pptx por una alimentacion mas saludable.
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Acuerdo numero 30-09-2024, por una alimentacion mas saludadble para las niñas y niños.
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Language: es
Added: Oct 28, 2025
Slides: 19 pages
Slide Content
DOF: 30/09/2024 ACUERDO mediante el cual se establecen los lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, la distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludable en alimentación, dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional.
Fundamentación Secretaría de Educación Pública Secretaria de Salud Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ley General de Educación Ley General de Educación Superior Ley General de Salud Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible Reglamento Interior de SEP Reglamento Interior de Salud
Consideraciones
ARTÍCULO ÚNICO Se establecen los lineamientos generales a los deberán sujetarse la preparación, distribución y expendio de alimentos. (articulo único y anexo único) Educación básica, Educación media superior y Educación Superior Docentes, padres de familia, tutores, estudiantes Una vez implementado el presente acuerdo queda sin efectos el acuerdo 16-05-2014
CAPITULO ÚNICO disposiciones generales PRIMERO establecer las disposiciones a los deben sujetarse la preparación de alimentos. SEGUNDO aplicables a todas las escuelas del sistema educativo nacional. TERCEROS principios que regulan los lineamientos son: sostenibilidad, progresividad, ausencia de conflicto de intereses, respeto y pertinencia cultural, enseñanza, participación activa de la comunidad educativa, promoción de consumo de productos locales, determinantes sociales de salud, equidad e inclusión, enfoque integral.
CAPITULO ÚNICO CUARTO en el anexo único brinda una orientación efectiva alimentaria. QUINTO glosario de conceptos ( aditivo alimentario, agua potable, alimento) siglas ( NOM-251-SSA1-2009) Principios para una alimentación adecuada SEXTO en las escuelas se fomentará el consumo de alimentos y bebidas que favorezcan la salud (gozar de buena salud, proteger el medio ambiente, economizar, evitar enfermedades, acorde a las culturas de las personas).
CAPITULO ÚNICO disposiciones generales SEPTIMO principios de una alimentación adecuada (adoptar estilos de vida saludable, énfasis en el consumo de verduras, evitar alimentos procesados, promover el consumo de agua, buenas condiciones en los espacios para la preparación de los alimentos, ofrecer alimentación adecuada en términos de criterios nutricionales, personal capacitado para la preparación de los alimentos, prohibido alimentos con sellos y etiquetas. OCTAVO principios de una alimentación adecuada SEN
CAPITULO PRIMERO Establecimientos de consumo escolar NOVENO las escuelas a través de establecimientos de consumo escolar. DECIMO deberán atender con base a los principios: difusión y promoción de hábitos alimentarios saludables. DECIMMO PRIMERO solo se podrán preparar bebidas y alimentos permitidos por los criterios nutrimentales.
CAPITULO SEGUNDO De los proveedores DECIMO SEGUNDO a) conocer y dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en los presentes lineamientos. b) personal capacitado, c) recibir orientación y asesoría de como ofrecer bebidas y alimentos preparados, d) ofrecer únicamente alimentos permitidos,
CAPITULO PRIMERO De la corresponsabilidad institucional DE LAS AUTORIDADES ESCOLARES DECIMO TERCERO difundir, aplicar y vigilar el cumplimiento de los presentes lineamientos. a) verificar los establecimientos de consumo escolar capacitación y cumplimiento. b) atender inquietudes de la comunidad educativa, c) cumplir con los criterios nutrimentales establecidos ANEXO UNICO, d) remitir quejas a la COFREPRIS, e) dar aviso a las autoridades si advierten ventas de alimentos con bajo valor nutricional.
CAPITULO SEGUNDO Autoridades educativas DECIMO CUARTO –difundir los lineamientos, -promover y fomentar infraestructura y equipamientos necesarios para la higiene y seguridad, -promover que se brinden alimentos y bebidas con una alimentación adecuada, -prohibición de la venta y publicidad de alimentos con bajo valor nutricional, -atender las quejas de la comunidad educativa, -mecanismo de vigilancia periódica para el cumplimiento de los presentes lineamientos, -aplicar, vigilar y sancionar conforme a las disposiciones legales.
CAPITULO UNICO De las prohibiciones y sanciones VIGESIMO PRIMERO la autoridad que permita la venta de alimentos no permitidos incurrirá en las infracciones previstas en el articulo 170, fracciones VIII, y IX de la LGE y se harán acreedores a las sanciones establecidas en los artículos 171, fracciones I, inciso a y II de la LGE.
CAPITULO UNICO Importancia del fomento de estilos de vida saludables VIGÉSIMO TERCERO competencia de CEPS, promoción de establecimientos de consumo escolar como medios de vida saludables. Colaborar con las autoridades escolares con orientación alimentaria. Cumplir con las condiciones de higiene y seguridad para la preparación de los alimentos. VIGESIMO CUARTO fomentar estilos de vida saludable, determinar y formular contenidos para promover estilos de vida saludable, capacitar al personal docente, campañas informativas, encuentros deportivos, mecanismos de vinculación con personal capacitado.
ANEXO UNICO 1.- Objetivos (general y especifico) 2.- Criterios técnicos nutrimentales (recomendaciones de energía, calorías) 3.- Criterios técnicos nutrimentales para la preparación, distribución y expendio de alimentos y bebidas. (desayuno, refrigerio y comida, salud e higiene del personal, higiene en la preparación de los alimentos, criterios operativos para los establecimientos de consumo escolar.
OBJETIVO GENERAL Establecer los criterios técnicos nutrimentales y de higiene, para regular la preparación, la distribución y el expendio de alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel que integren una alimentación adecuada al interior de las escuelas de los tipos de educación básica, media superior y superior, en todos sus niveles y servicios educativos, así como de formación para el trabajo, públicas y particulares del Sistema Educativo Nacional.
OBJETIVO GENERAL Establecer los criterios técnicos nutrimentales y de higiene, para regular la preparación, la distribución y el expendio de alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel que integren una alimentación adecuada al interior de las escuelas de los tipos de educación básica, media superior y superior, en todos sus niveles y servicios educativos, así como de formación para el trabajo, públicas y particulares del Sistema Educativo Nacional.
OBJETIVOS ESPECIFICOS Establecer los criterios técnicos nutrimentales para la preparación, distribución y expendio, de los desayunos, refrigerios y comidas escolares. · Determinar las medidas higiénicas al preparar, servir y consumir los alimentos y bebidas que conforman los desayunos, refrigerios y comidas escolares. · Establecer los criterios técnicos nutrimentales que deberán cumplir los alimentos y las bebidas distribuidos al interior de las escuelas y los mecanismos para promover acciones encaminadas a exhortar al comercio ambulante al expendio de alimentos y bebidas saludables en las inmediaciones a las escuelas. · Asegurar el fomento para la disponibilidad y la accesibilidad de agua para uso y consumo humano como principal fuente de hidratación al interior de las escuelas .
GUIAS ALIMENTARIAS Y SOSTENIBLES PARA LA ALIMENTACION MEXICANA Ingredientes naturales Evitar productos con sellos o etiquetas negras Consumo diario de verduras y frutas regionales No verduras o frutas enlatadas Evitar azucares y grasas saturadas Cereales sin azucares (maíz, trigo, avena, amaranto, arroz) No cereales de caja Ingerir tubérculos (papa, camote, yuca) Leguminosas (chícharos, lentejas , garbanzos, variedad de frijoles) Alimentos de origen animal pescado, aves, pollo, pavo. Ingerir agua simple, no cafeína, no refrescos.