Demostración del primer artículo 1094 primera parte: Artículo 1094. (Sucesión de hijos y descendientes) La sucesión corresponde, en primer lugar, a los hijos y descendientes, salvo los derechos del cónyuge o del conviviente. II. Los hijos heredan por cabeza y los nietos y demás descendientes por estirpe. Heredar por cabeza es suceder en virtud del derecho propio, y heredar por estirpe es suceder en virtud del derecho de representación.
Heredar por cabeza significa que cada heredero recibe una parte igual de la herencia en nombre propio, sin necesidad de representar a nadie. Cada heredero entra directamente a la sucesión. La herencia se divide en partes iguales entre todos los que tengan el mismo grado de parentesco con el causante (persona que falleció). No importa cuántos herederos haya: todos del mismo grado reciben lo mismo. Ejemplo: Don Pedro fallece y deja 4 hijos vivos: Ana, Luis, Marta y José. No hay nietos ni hijos fallecidos que tengan descendencia. La herencia se divide directamente en 4 partes iguales. P A L M J
Heredar por estirpe: Heredar por estirpe significa que los descendientes de un heredero que ya falleció entran en su lugar y reciben la parte que le habría correspondido a él, dividiéndola entre ellos. En otras palabras : No heredan directamente por derecho propio, sino por representación . La herencia se reparte primero por “ramas familiares” (estirpes), y dentro de cada rama, los descendientes dividen la parte que les corresponde. Ejemplo: Don Pedro fallece y tenía 3 hijos: Ana, Luis y Marta . Ana está viva. Luis está vivo. Marta ya falleció, pero dejó 2 hijos: José y Carla (nietos de Don Pedro). Reparto de la herencia (digamos Bs. 90.000):La herencia se divide en 3 ramas (Ana, Luis y Marta).Ana recibe Bs. 30.000.Luis recibe Bs. 30.000.Los hijos de Marta (José y Carla) heredan por estirpe lo que le correspondía a su madre (Bs. 30.000) y lo dividen en partes iguales: José = Bs. 15.000 Carla = Bs. 15.000
P A L M J C M
Sucesión de los ascendentes: La sucesión de los ascendientes es la herencia que reciben los padres, abuelos u otros ascendientes del fallecido, cuando éste no deja descendientes (hijos, nietos, bisnietos). Es decir: Primero heredan los descendientes (hijos, nietos) según el art. 1094 C.C. Pero si el fallecido no tiene descendientes, entonces la herencia pasa a sus ascendientes, que son los padres y, en su defecto, los abuelos, bisabuelos, etc. Reglas principales (según el Código Civil boliviano, arts. 1097 ): Los padres heredan primero a falta de hijos o nietos. Si ambos padres viven, heredan por partes iguales. Si solo uno vive, recibe toda la herencia. 2. Si los padres han fallecido, heredan los abuelos. La herencia se divide en dos líneas: línea paterna y línea materna. Dentro de cada línea, los abuelos heredan por cabeza o por estirpe. 3. Si no hay ascendientes de una línea, la otra línea recibe toda la herencia.
Ejemplo: María fallece soltera y sin hijos . Su padre ya había fallecido, pero su madre vive. La madre hereda toda la herencia. Si tanto el padre como la madre han fallecido, pero viven los abuelos: Los abuelos paternos reciben una mitad. Los abuelos maternos reciben la otra mitad. H M P H A.M A.M A.P A.P P M
Sucesión Colateral: La sucesión colateral es aquella en la que heredan los parientes colaterales del fallecido, es decir, los que no descienden de él ni lo engendraron, sino que tienen un ascendiente común (por ejemplo, hermanos, sobrinos, tíos, primos). En otras palabras: Si el causante (persona fallecida) no tiene descendientes (hijos, nietos) ni ascendientes (padres, abuelos), la herencia pasa a los parientes colaterales. Orden de la sucesión colateral en el Código Civil boliviano: Hermanos (colaterales de 2° grado) heredan en primer lugar. Si todos viven → heredan por cabeza en partes iguales. Si alguno falleció dejando hijos (sobrinos del causante) → esos sobrinos heredan por estirpe lo que le habría correspondido a su padre o madre. 2. Si no hay hermanos ni sobrinos, heredan los tíos (colaterales de 3° grado).3. En ausencia de ellos, heredan los primos y demás parientes hasta el 4° grado.
Ejemplo: J uan muere sin hijos, sin padres ni abuelos. Le sobreviven 2 hermanos (Ana y Pedro) y 2 sobrinos (Luis y Carla), hijos de otro hermano ( Simon ) ya fallecido. La herencia se divide en 3 partes (porque Juan tenía 3 hermanos en total): Ana = 1/3Pedro = 1/3Luis y Carla comparten el 1/3 que le correspondía a su padre → 1/6 cada uno J P A S L C
Artículo 9. Grados de parentesco “La proximidad de parentesco se establece por el número de generaciones. Cada generación constituye un grado y el orden seguido de los grados, forma la línea.” Explicación: Este artículo define cómo se mide la cercanía familiar. Cada generación, desde el tronco familiar, representa un grado. La secuencia de estos grados forma lo que se conoce como una "línea" de parentesco. Artículo 10. Líneas de parentesco “Las líneas de parentesco son :a) La línea directa, que se divide en descendente y ascendiente; la primera es la que relaciona al tronco con las personas que descienden de él y la segunda la que vincula a una persona con aquellas de quienes desciende. La línea directa puede ser también materna o paterna, según se determine el vínculo familiar por parte de la madre o del padre; b) La línea transversal o colateral, que vincula a personas que no descienden las unas de las otras, pero que tienen un tronco común.”