11 Es la habilidad para engañar o lograr artificiosamente un fin. 12 Entendido como la falta de verdad en aquello que se dice o se hace, con el único ánimo de poder perjudicar a otro, que sería el Estado. Esta conducta es siempre positiva porque se requiere una acción. Se observa entonces que es la mentira a sabiendas de que se dice una falsedad; no constituye en sí el error, sino que es faltar a la verdad. 13 Aquella deformación mañosa de la verdad con la única finalidad de hacer incurrir en un error de apreciación, ya sea a través de, ficciones, fingimientos, tretas, trampas, dobleces, disimulos o simulaciones. 14 CUELLAR FERNÁNDEZ, José Martín. ¿Qué es el contrabando?. Publicado en el diario Correo, edición digital que puede consultarse en la siguiente página web: http://www.correoperu.com.pe/correo/columnistas.php?txtEdi_id=27&txtSecci_parent=&txtSecci_id=81&txtNota_id=24620 15 Es interesante transcribir parte de un reportaje sobre el tema titulado “Por los caminos de la culebra”, el cual fuera publicado en la revista Semana Económica Nº 1070 por Apoyo Publicaciones el 13 de mayo de 2007. Allí se menciona lo siguiente: “Según algunos, pueden ser sólo unos 30, pero la mayoría varía entre 60 y 1000. Primero mandan a las liebres, y unos 15 minutos después salen ellos, uno por uno, en línea, sin placas … se forma la culebra, explica un comerciante. Las liebres, dice, son dos o tres carros que se adelantan a la caravana de camiones para avisar por radio y celular en caso haya imprevistos en la ruta. Se juntan en una pampita donde casi no hay nada, que se llama Hanco Janco , en tierra peruana, y se ponen uno con otro con los camiones que vienen de Puerto Acosta, de Bolivia. Acto seguido, cuentan, los integrantes de la llamada “culebra” saludan a sus contrapartes bolivianas en quechua, aymara y español, intercambian rápidamente cajas y costales, fajos de dólares, soles y bolivianos, y se enrumban hacia Juliaca ”. 16 PAJUELO BELTRÁN, Carlos Alberto. “Delitos Aduaneros y Exégesis en el Perú”. Esta información puede consultarse en la siguiente página web: http://74.125.47.132/search?q=cache:UOFr5CxGHyAJ:www.monografias.com/trabajos29/contrabando/contrabando.shtml+%22contrabando+fraccionado%22&cd=3&hl=es&ct=clnk&gl=pe 17 TOCUNAGA OTIZ, Alberto. El Delito Aduanero. Instituto Peruano de Derecho Aduanero. Lima, 1991. Página, 111. 18 La receptación en sí constituye un delito que sanciona la comercialización de productos robados. La receptación aduanera en cambio es la comercialización de mercancías que han sido producto del delito de contrabando. 19 En el Derecho Penal, las circunstancias que revisten los hechos u omisiones delictivas tienen extraordinaria importancia; ya que pueden determinar el aumento de la pena (agravantes), su disminución (atenuantes) e incluso la impunidad (eximentes). CABANELLAS DE TORRES, Guillermo. Op . Cit. Página 51. 20 Información tomada de la siguiente página web: http://www.correoperu.com.pe/correo/columnistas.php?txtEdi_id=27&txtSecci_parent=&txtSecci_id=81&txtNota_id=24620 Publicado en General a la(s) 15:29 el día lunes 03 agosto por alva.jm | Visto: 223 veces | Agregar a Favoritos PUCP Etiquetas : contrabando , defraudación , delito