EL VALOR OFICIAL DE LOS BIENES INMUEBLES

EstelaVirginiaOsccoV 7 views 78 slides Oct 24, 2025
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el valor oficial o arancelario de BIENES INMUEBLES


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“VALOR OFICIAL/ARANCELARIO DE BIENES INMUEBLES” ING° OSCAR PASCUAL POMA HUANCA

BIENVENIDOS AL FASCINANTE MUNDO DE LOS BIENES y del VALOR ING° OSCAR PASCUAL POMA HUANCA

PREAMBULO: EN ESTE P.U. DE PREDIO EXCLUSIVO AL INTERIOR DEL MZCN NO APARECE BAÑOS, OTRAS INSTALACIONES COMO VALOR AREAS COMUNES, APARECE 5% QUE EL RNT YA NO LO CONSIDERA

ENTONCES VIENDO LA P.E. DE ESTE PREDIO EXCLUSIVO, SOLO INSCRIBIERON “TERRENO” CON SU AREA Y COLINDANCIAS, NO HAY VALOR DE LOS BIENES COMUNES, INSTALACIONES FIJAS Y PERMANENTES. RAZON.- ES EL PREDIO MATRIZ

ADEMAS, CONTABILIDAD ME HACE UN REQUERIMIENTO ESPECIAL

PARA VALORIZAR PREDIOS DONDE COEXISTAN BIENES DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y PROPIEDAD COMUN (caso puestos En el Mercado Zonal de Ciudad Nueva, LA FORMULA MAGICA ES: VTUI = %VT + VEUE + VAC ... R.M. N° 172-2016-VIVIENDA . DONDE: VTUI = Valor Total de la Unidad Inmobiliaria %VT = Valor de la parte alícuota del terreno matriz VEUE = Valor Edificación de Uso Exclusivo VAC = Valor de Áreas y Bienes Comunes NOTA: Aquí el propietario NO ES EL REY porque hay bienes y servicios comunes NOTA: Esta formula se aplica también a Depas . En EDIFICIOS

PARA VALORIZAR PREDIOS DONDE EXISTAN BIENES DE PROPIEDAD EXCLUSIVA CON SUS OBRAS COMPLEMENTARIAS (caso VIVIENDAS UNIFAMILIARES), LA FORMULA MAGICA ES: VTUI = VT + VE + V.OO.CC. e II.FF.PP. R.M. N° 172-2016-VIVIENDA . DONDE: VTUI = Valor Total de la Unidad Inmobiliaria VT = Valor del terreno. VE = Valor Edificación V.OO.CC. E II.FF.PP.= Valor de Obras Complementarias e Instalaciones Fijas y Permanentes existentes en el Predio NOTA: Aquí el propietario es el REY

PARA VALORIZAR QUINTAS (a =3m) , CONDOMINIOS (a =8m ) LA OTRA FORMULA MAGICA ES: VTUI = VT + VE + V.BB.CC. R.M. N° 172-2016-VIVIENDA . DONDE: VTUI = Valor Total de la Unidad Inmobiliaria VT = Valor del terreno. VE = Valor Edificación V.BB.CC.= Valor de Bienes Comunes (acceso, estacionamiento) NOTA: Aquí el propietario es casi, casi el REY

¿Qué es un BIEN? En derecho , un BIEN es todas las cosas que pueden ser de utilidad al hombre y cuyo dominio (propiedad) y aprovechamiento (uso y disfrute) esta regulado por ley. Nota: EN ESTA EXPOSICION SOLO TRATAREMOS DE BIENES INMUEBLES, incluso solo TERRENOS, EDIFICACIONES, CONSTRUCCIONES CON BIENES EXCLUSIVOS Y COMUNES, OBRAS COMPLEMENTARIAS e INSTALACIONES FIJAS Y PERMANENTES.

LOS BIENES PUEDEN SER PUBLICOS Y PRIVADOS LOS BIENES PUBLICOS DEL ESTADO, PUEDER SER: DE DOMINIO PUBLICO y DE DOMINIO PRIVADO DEL ESTADO

¿ Qué es VALOR? Un valor es una cualidad de un sujeto u objeto. Los valores son agregados a las características físicas o psicológicas, tangibles del objeto; es decir, son atribuidos al objeto por un individuo o un grupo social, modificando -a partir de esa atribución- su comportamiento y actitudes hacia el objeto en cuestión.

Valor Existe una variedad impresionante del uso del término Valor: Valor contable, Valor en libros, Valor residual, Valor de mercado, Valor de uso, Valor real, Valor de reposición, Valor de venta, Valor de tasación, Valor verdadero, Valor arancelario/reglamentario/oficial , Valor estimado, Valor comercial , Valor físico, Valor Histórico, Valor subjetivo, Valor de apetencia, Valor oficial, Valor de realización, Valor justo, Valor sentimental , etc., etc., etc., etc., etc. VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES

El valor de un BIEN se cuantifica en función de la utilidad, rendimientos, beneficios y/o satisfacciones que nos pueda brindar o de aquellos que se pueda lograr de su uso.

El Valor de los Inmuebles Como de todo bien, se debe considerar bajo el concepto de la apetencia de posesión, medido por los probables rendimientos; de utilidad, beneficios y/o satisfacciones que estos nos puedan brindar o de aquellos que podemos obtener de su uso . FUNCIÓN VALOR UTILIDAD VALORACIÓN DE INMUEBLES

LOS BIENES PUEDEN SER: 1.-TANGIBLES 2.-INTANGIBLES

LOS BIENES INTANGIBLES PUEDEN SER: ACTIVOS (BIENES) INTANGIBLES Patentes Marcas de productos Derechos Tecnología Diseños

LOS BIENES TANGIBLES PUEDEN SER: 1.-MUEBLES 2.-INMUEBLES

LOS BIENES MUEBLES PUEDEN SER: Bienes muebles: De acuerdo a lo establecido en el artículo 886 del Código Civil, son bienes muebles : 1. Los vehículos terrestres de cualquier índole . (una bicicleta.) 2. Las fuerzas naturales susceptibles de apropiación. (gas) 3. Las construcciones en terreno ajeno hechas para un fin temporal . (caseta de guardianía) 4. Los materiales de construcción o procedentes de una demolición si no están unidos al suelo . (ruma de material) 5. Los títulos valores de cualquier clase o los instrumentos en los que conste la adquisición de créditos o derechos personales (facturas, cheques).

continuación BIENES MUEBLES 6. Los derechos patrimoniales de autor, de inventor, de patentes, nombres, marcas y otros similares . (himnos, canciones, nombre de empresas, etc ) 7. Las rentas o pensiones de cualquier clase . (pensiones vitalicias de los Ex Presidentes) 8. Las acciones o participaciones que cada socio tenga en sociedades o asociaciones, aunque a éstas pertenezcan bienes inmuebles . (accionista de empresa) 9. Los demás bienes que puedan llevarse de un lugar a otro. 10. Los demás bienes no comprendidos en el artículo 885 del Código Civil.

LOS BIENES INMUEBLES PUEDEN SER: Bienes inmuebles: De acuerdo a lo establecido en el artículo 885 del Código Civil, son bienes inmuebles : 1. El suelo, el subsuelo y el sobresuelo (cada componente predial tiene su valor en %, según el CTTP: SUB SUELO 10%, SUELO =40% y SOBRESUELO = 50%). 2. El mar, los lagos, los ríos , los manantiales, las corrientes de agua y las aguas vivas o estanciales . 3. Las minas, canteras y depósitos de hidrocarburos . 5. Los diques y muelles. 7. Las concesiones para explotar servicios públicos . 8. Las concesiones mineras obtenidas por particulares . 10. Los derechos sobre inmuebles inscribibles en el registro . 11. Los demás bienes a los que la ley les confiere tal calidad .

EL CODIGO CIVIL Y LOS BIENES OTRA FORMA DE CLASIFICACION : Bienes de Consumo : Como vestidos, alimentos, que NO dan lugar a una nueva forma de riqueza. Bienes de Producción: Que se elaboran para crear nuevas mercancías, como las materias primas, semillas y maquinaria industrial . Bienes Raíces: Representados por la propiedad inmuebles urbana y rural, las tierras, los edificios, construcciones, etc. y los artefactos fijos o inamovibles . Bienes Muebles : Los que pueden trasladarse o llevarse de una parte a otra sin menoscabo de la cosa inmueble que los contiene . Servicios : Las diversas formas del trabajo del hombre . Crédito : Tanto en dinero como en especie Bienes Semovientes : Los que consisten en ganados de cualquier especie .

¿Quién DEBE VALORAR UN BIEN, CUALQUIERA SEA ESTE Sobre todo si es un BIEN INMUEBLE?

PERITO TASADOR.- Es el profesional colegiado que en razón de sus estudios y experiencia, se encuentra capacitado para efectuar la tasación/valoración de un bien; esta condición no es exigible en los campos de actividades profesionales que no son materia de colegiación. En ambos casos, el perito debe acreditar experiencia en el rubro de tasaciones o Valuaciones. (ARTICULO 3.1.2)

TASACION FORMAL y TASACION RETROSPECTIVA.- Es el procedimiento a través del cual el perito tasador inspecciona, estudia y analiza las cualidades y características de un BIEN en determinada fecha para fijar su VALOR razonable, de acuerdo a las normas del presente reglamento. En caso que la tasación sea retrospectiva se consideran los valores a la fecha solicitada . (ARTICULO 3.1.3)

1 . Definiciones y Normatividad 2. Valuación Reglamentaria 3. Valuación Comercial

¿Cuál REGLAMENTO o cuales Reglamentos? LEY 27157 REGL. DEL CUERPO TECNICO DE TASACIONES DEL PERU CTTP - REGL. UNION PANAMERICANA DE VALUACIONES -UPAV

Normatividad, Reglamentos y Dispositivos Vigentes Campo Oficial/Estatal Reglamento Nacional de Tasaciones. Código Civil Código Procesal Civil Código Procesal Penal Reglamento de Peritos Judiciales (REPEJ) Normas Complementarias Campo Particular/Privado Reglamento Nacional de Tasaciones Reglamento de Peritos Valuadores (REPEV) Resolución SBS Nº 880-97 Resolución SBS Nº 572-97 (Valuación, Tipo de Valores) VALORACIÓN DE INMUEBLES

Reglamento Nacional de Tasaciones Contiene los criterios, conceptos, definiciones y procedimientos técnicos para Valuar bienes inmuebles y muebles: V. de Predios Urbanos V. de Predios Rústicos y otros bienes Agropecuarios V. Terrenos Rústicos en Zonas de Expansión Urbana o Sub Urbanas e Islas Rústicas V. Servidumbres y Usufructos V. de Propiedades Empresariales (bienes tangibles; intangibles; empresas en marcha) V. de Aeronaves VALORACIÓN DE INMUEBLES - Terrenos - Edificaciones. Eventualmente, Bienes Comunes - Obras Compl . e Instal . Fijas y Permanentes -Terrenos -Edificaciones y servicios Factores ecológicos Maquinaria y Equipos Cultivos y prod. Agropecuarios Ganado, aves; peces y otros

CONCEPTO Y TIPOS MAS COMUNES VALUACIÓN: Proceso de estimación del Valor de un Bien TIPOS MAS COMUNES: 1.- ARANCELARIA/OFICIAL/REGLAMENTARIA 2.- COMERCIAL

TASACION REGLAMENTARIA.- Es la tasación en la que se utilizan valores correspondientes a los valores arancelarios, oficiales o reglamentarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación, aprobados de acuerdo con la normativa vigente. (ARTICULO 3.1.4)

TASACION COMERCIAL.- Es la tasación en la que se utilizan valores del libre mercado aplicando métodos directos e indirectos u otros debidamente sustentados, verificables, contrastables. (ARTICULO 3.1.5 del RNT)

OBTENCION DE VALORES UNITARIOS DE TERRENOS PARA TASACION COMERCIAL . AVISOS PUBLICITARIOS (banners, carteles en gral. ) DIARIOS EN GENERAL REVISTAS ESPECIALIZADAS BASE DE DATOS PROPIO DATOS DEL INEI . ARCHIVOS NOTARIALES INMOBILIARIAS

SOLO TRATAREMOS DE LA: VALORACION DE BIENES INMUEBLES ( principalmente EDIFICACIONES, CONSTRUCCIONES, OBRAS COMPLEMENTARIAS e Instalaciones Fijas y Permanentes )

UN CASO ESPECIAL: VALORIZACION DE BIENES INMUEBLES BAJO EL REGIMEN DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y PROPIEDAD COMUN Caso MZCN Caso AIRES, SOTANOS, AZOTEAS NO SE TOCARA POR AHORA

OTROS CASOS ESPECIALES: 1.- QUINTAS 2.- CONDOMINIOS 3.- AIRES PUBLICOS Y PRIVADOS 4.- SOTANOS/AZOTEAS

EJEMPLOS DE VALUACION DE BB.II.- NOTA: SE VALORIZO ARANCELARIA Y COMERCIALMENTE: TERRENO, EDIFICACION, INSTALACIONES FIJAS Y PERMANENTES, ELLO PREVIO SANEAMIENTO F/L (TERRENO, FABRICA, JURISDICCION, NOMBRE DE VIAS) ISLA RUSTICA

VALUACION REGLAMENTARIA TERRENOS URBANOS (Aquel que tiene HABILITACION URBANA APROBADA E INSCRITA EN REGISTROS PUBLICOS A NIVEL DE CONFORMIDAD DE OBRA E INDEPENDIZACION)

PREDIO URBANO .- Es el inmueble ubicado dentro de un área urbana, y esta conformado por el terreno, las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que no pueden ser separados sin alterar, deteriorar o destruir la edificación. (ARTICULO 3.2.25)

TERRENO URBANO .- Es la superficie de suelo ubicada dentro de un área urbana que cuenta con obras de servicio públicos y que ha sido habilitada (O FORMALIZADA POR COFOPRI) para usos y servicios urbanos conforme a las disposiciones legales vigentes. (ARTICULO 3.2.31 ) NOTA: LOS USOS ASIGNADOS PUEDEN SER: RESIDENCIAL, COMERCIAL INDUSTRIAL, EQUIPAMIENTOS, ETC. PARQUE, EDUCACION, SALUD, SERVICIOS COMUNALES,ETC

EDIFICACION .- Obra de carácter permanente, cuyo destino es albergar al hombre en sus actividades humanas. Comprende las instalaciones fijas y obras complementarias adscritas a ella. (ARTICULO 3.2.14) NOTA:- LA EDIFICACION TIENE QUE SER URBANA, NO RUSTICA

OBRAS COMPLEMENTARIAS.- Construcciones de carácter permanente edificadas fuera de los limites del área techada, que complementan el funcionamiento de la edificación. (ARTICULO 3.2.21 ) EJEMPLOS: LOSAS DE PATIOS, CERCOS, ESCALERAS, PARAPETOS, TC/TE, PISCINAS, JARDINES, ETC.

Entonces: D=f(A, E.C.,MEP,C) Donde: D = Depreciación, degradación A = Antigüedad, edad E.C. = Estado de Conservación o de Manto. MEP= Material Estructural Predominante C = Clase (VIVIENDA, COMERCIO, INDUSTRIA,ETC)

ANTIGUEDAD, ESTADO DE CONSERVACION Y DEPRECIACION .- ANTIGUEDAD: Se asume como antigüedad de la edificación el tiempo que tiene construida la totalidad de las mismas o alguna de sus partes, de acuerdo a la información que se obtenga de cualquiera de los documentos siguientes: - Declaratoria de fabrica o de edificación. Certificado de finalización y conformidad de Obra Licencia de construcción o de edificación mas el plazo de ejecución de la obra Auto avaluó, Avalúo municipal PLACA RECORDATORIA (en obras publicas ). Casi siempre figuran mes y año de ejecución. Tomar foto Primera factura de agua, luz

A falta de la información indicada en el numeral anterior, el perito tasador fija la antigüedad o la edad de la edificación sobre la base de factores concurrentes a la edificación referidos a la época, el sistema constructivo y los materiales utilizados en la edificación, los mismos que son señalados en el Informe Técnico de Tasación.

SI NO HAY FUENTE DE INFORMACION CONFIABLE, FIDEDIGNA, INDUBITABLE, CERTIFICADA, CONTRASTABLE PARA OBTENER EL DATO DE LA ANTINGUEDAD?, Qué HACER? Rpta . USAR JUICIO DE EXPERTO

EDIFICACION : En la descripción (a nivel de Memoria) de las áreas edificadas, se indica, según corresponda, los sistemas y materiales empleados en las partidas principales (conocidas como CATEGORIAS), en el orden siguiente: - Muros/Placas de Corte, vigas y columnas. - Techos y/o coberturas. - Pisos. - Puertas y ventanas. - Revestimientos. - Baños. - Instalaciones eléctricas, sanitarias y otras. (ARTICULO 12.2)

VALOR UNITARIO DE EDIFICACION xm2 (Usando Tablas de Valores Unitarios de Edificación, que establece el MVC/S) -Materiales predominantes: - Muros y columnas . = C = 207.42 - Techos . = D = 96.93 - Pisos . = H = 22.00 - Puertas y ventanas . = F = 48.13 - Revestimientos . = F = 50.07 - Baños . = H = 18.72 - Instalaciones eléctricas , = G = 7.80 sanitarias (A/D) y otras -------------- S /. 458.47/m2 Nos genera el Valor Similar Nuevo: VSN

Determinación del Valor de la Edificación El Valor de la Edificación , se obtiene deduciendo la depreciación del Valor Similar Nuevo-VSN , aplicando la siguiente expresión: VE = VSN – D Donde: VE = Valor de la Edificación . VSN = Valor Similar Nuevo. D = Depreciación.

Cálculo del Valor Similar Nuevo -VSN El Valor Similar Nuevo-VSN para un BIEN EXCLUSIVO es la sumatoria de los productos comprendidos por el área techada, el metrado de las obras complementarias y de las instalaciones fijas y permanentes , por sus respectivos valores unitarios. VSN = Σ ( At x VUAt ) + Σ ( metr.O.C . x VUOC) + Σ ( metr.I.F.x VUIF) Donde: VSN = Valor Similar Nuevo . At = Área techada. VUAt = Valor Unitario del Área techada (sumatoria de 7 valores). metr.O.C . = Metrado de las Obras Complementarias . VUOC = Valor Unitario de las Obras Complementarias . metr.I.F . = Metrado de las Instalaciones Fijas y permanentes VUIF = Valor unitario de las instalaciones fijas y permanentes .

DEPRECIACION .- La depreciación es la disminución o perdida gradual del valor del bien en función de su uso, antigüedad y estado de conservación. En el caso de la tasación reglamentaria, la depreciación es asignada , de acuerdo a las tablas N° 01, 02, 03 y 04. En el caso de una tasación comercial, adicionalmente , se considera el criterio del perito tasador debidamente sustentado. (ARTICULO 13.4 ) NOTA: PODRA REVERTIRSE UNA DEPRECIACION?...RPTA.:SI, SIEMPRE QUE REFORCEMOS, RESTAUREMOS, REMODELEMOS UNA EDIFICACION O UNA OBRA COMPLEMENTARIA O UNA INSTALACION FIJA O PERMANENTE.

ESTADO DE CONSERVACION : El estado de conservación de la edificación es calificado considerando la condicion en el que se encuentra. Los criterios de calificación son : Muy bueno : Aquellas edificaciones que reciben mantenimiento permanente y que no presentan deterioro alguno. Bueno : Aquellas edificaciones que reciben mantenimiento permanente y solo tienen ligeros deterioros en los acabados debido al uso normal. Regular : Aquellas edificaciones que reciben mantenimiento esporádico, cuya estructura no tiene deterioro y de existir no la comprometen, pudiendo ser subsanado; o que los acabados e instalaciones sanitarias, eléctricas, de equipamiento u otras, presentan deterioro. Malo : Aquellas edificaciones que no reciben mantenimiento regular, cuya estructura presenta deterioro que la comprometen aunque sin peligro de colapsar y, en el caso de los acabados e instalaciones sanitarias, eléctricas, de equipamiento u otras, presentan visibles desperfectos. Muy malo : Aquellas edificaciones cuyas estructuras presentan severos deterioros con riesgo de colapsar. (ARTICULO 13.3)

DEPRECIACION REGLAMENTARIA USANDO TABLAS (4) TENIENDO EN CUENTA: ANTIGÜEDAD 20 AÑOS, E.C.= BUENO, USO/CLASE= VIVIENDA y M.E.P. =Ladrillo ENTONCES LA DEPRECIACION SERA DEL 17%

Depreciación de la edificación La depreciación o degradación o perdida de valor de la edificación se determina por la antigüedad y el estado de conservación, según el material constructivo o estructural predominante, empleando la expresión siguiente : D = (P / 100) x VSN Donde: D = Depreciación de la edificación . P = Porcentaje de depreciación establecido en las Tablas Nº. 01, 02 , 03 y 04 del Anexo I del presente Reglamento . VSN = Valor Similar Nuevo (Llevar a valor nuevo lo construido anteriormente).

SI EL VALOR UNITARIO FUE DE - S/.458.47/m2 y la Depreciación D=17% Entonces: VALOR UNITARIO DEPRECIADO = 458.47*0.83=380.53S/m2 ……………………… 100-17=83 % =0.83 POR LO TANTO PARA UN AUTOAVALUO, SI TENEMOS UNA AREA CONSTRUIDA = 100M2, LUEGO EL VALOR DE LA EDIFICACION USO EXCLUSIVO SERA: VEUE = Valor Depreciado * Área Constr. = 380.53*100= S/38,053

BASE LEGAL PARA PLANOS ARANCELARIOS: RNT, RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL

ARANCELES URBANOS-VAU NOTA: Véase Av INTERNACIONAL MDAA/MDCN

PREDIOS CON VARIOS ARANCELES PERIMETRALES: MERCADO, MDCN, PLAZA JOSE OLAYA P32 T1 XXX NOTA: PARA T1 USAR 107 S/m2, Para P32 usar 137 S/m2, para Puestos en zona XXX, USAR EL SVU = VAU *a/3 (1.00-0.01d), donde a= ancho del acceso principal y d= distancia desde el ingreso mas cercano hasta el predio ubicado en el fondo o a los costados . SVU =Supuesto Valor Urbano

ACLARACIONES IMPORTANTES LOS VALORES ARANCELARIOS DE TERRENOS URBANOS SON SIEMPRE EN S/M2

ACLARACIONES IMPORTANTES NOTA: LOS VALORES UNITARIOS SON SIEMPRE EN S/M2

PREDIO A TASAR: COMPLEJO DEPORTIVO COMITÉ 23 AÑO 2017 Área de terreno (A.T.), según P.E. = 1600m2, Arancel (A), según Plano Arancelario= 91 S/m2 Valor de Terreno= VAU x A.T. Donde: A.T.= Área de terreno en m2 VAU= Valor Arancelario Urbano V.T. = Valor de Terreno Remplazando datos: V.T.= 91 x 1600.00 = S/ 145,600.00 NOTA: AQUÍ SOLO HAY UN ARANCEL EN SUS CUATRO LADOS

S.V.U. =SUPUESTO VALOR URBANO PARA TERRENOS INTERNOS O QUE DISTAN DE LA VIA PUBLICA NOTA: LOS PREDIOS INTERNOS NO SE VALORIZAN CON ARANCELES FRONTALES, MAS BIEN CON SUPUESTOS VALORES URBANOS S.V.U.

OTRO CASO.-Ejemplo : Un caso cualquiera de convertir Valor Reglamentario a Comercial: CCDFFGF = 600 S/m2 (Costo Directo, valor oficial/Reglamentario) F.O. = 0.68 Entonces: 600 ---------------- 68% x -- ------------- 100% x=(600x100)/68 = 882.35 S/m2 (valor comercial)

VALORACIÓN DE INMUEBLES.- TERRENOS Valuación o Tasacion Reglamentaria/Oficial Valuación de Terreno (1) Va =Valor arancelario/oficial/ Reglamentario de la via

Valuación Reglamentaria Valuación de Terreno (2) VALORACIÓN DE INMUEBLES 30m.l.…..450m2 20m.l……. X X..300m2 30m.l……450m2 10m.l……x x… 150m2 300m2 150m2 AREA..( Suma de bases) xh 2 (20+10)x30 … 450m2 2 SE TOMA EL MAYOR

VALORACIÓN DE INMUEBLES Valuación Reglamentaria Valuación de las edificaciones OsCs e Is TERRENO o PREDIO EXCLUSIVO CON EDIFICACION PRINCIPAL CON OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O INSTALACIONES FIJAS Y PP

TASACION DE INMUEBLES Valuación Reglamentaria Valuación de Edificaciones CÁLCULOS A.T. 150M2 A.L. 150M2 El 3f2 da 300m2 Valor terreno Valor edificación Valor Obras e Instalaciones Complementarias CASO DE PREDIO EXCLUSIVO O PRIVADO

EJE 3 NOTA : EL COSTO DIRECTO ES EL QUE APARECE EN LOS CUADROS DE VALORES UNITARIOS DE CONSTRUCCION Y EL TOTAL GENERAL EL VALOR COMERCIAL

VALOR DE LA EDIFICACION (no incluye valor terreno) Se determina el Valor de la Edificación a través de la sumatoria de los productos comprendidos por el área techada , el metrado de las obras complementarias y de las instalaciones fijas y permanentes, por sus respectivos valores unitarios y los factores de depreciación , según la siguiente expresión : VE = Σ ( At x VUAt x fd ) + Σ ( metr.OC x VUOC x Fd ) + Σ ( metr.If x VUIF x Fd ) Donde : VE = Valor de la Edificación principal. At = Área techada. metr.oc = Metrado de las obras complementarias. metr.if = Metrado de las instalaciones fijas y permanentes . VUAt = Valor Unitario del área techada. VUOC = Valor Unitario de las Obras Complementarias . VUIF = Valor Unitario de las Instalaciones fijas y permanentes. Fd = Factor de depreciación es igual a: [ 1- ( P/100)].

EJEMPLO DE TASACION DE UN PREDIO BAJO EL REGIMEN DE PREPIEDAES EXCLUSIVAS Y PROPIEDAD COMUN VTUI = %VT + VEUE + VAC Caso real = Propietario LEON F.M. TERRENO = 7.142M2, Frente a Av INTERNACIONAL VAU= 176.00 S/m2 CATEGORIAS (asumidas) = CCDFFGG = 550.00 S/m2. A.C. = 7.142m2 (Área Construida para efectos tributarios) DEPRECIACION (asumida, según MEP, EC, Antig . y Clase) = 20% DESARROLLO: Veamos la condicion del terreno en la P.E.: NO dice %, entonces 1.- %VT = VT = VAU x AT = 176 * 7.142 = S/ 1,256.99 2.- VEUE = VSN*(0.80)*A.C. = 550*0.80*A.C. = S/ 440.00*7.142= S/. 3,142.48 3.- VAC= 15% (VEUE) = S/.471.37 (ello porque no aparece en la P.E., aunque falta Revisar el R.I. Por lo tanto: VTUI = %VT + VEUE + VAC = 1,256.99+3,142.48+471.37 = S/. 4870.84

CONCLUSION: .. HAY HERMANOS MUCHO QUE HACER Cesar Vallejo

El Placer de Servir ( Lucia de Maria del Perpetuo Socorro Godoy Alcayaga ) Toda naturaleza es un anhelo de servicio.   Sirve la nube, sirve el viento, sirve el surco.   Donde haya un árbol que plantar, plántalo tú;   Donde haya un error que enmendar, enmiéndalo tú;   Donde haya un esfuerzo que todos esquivan, acéptalo tú.   Sé el que aparta la piedra del camino, el odio entre los   corazones y las dificultades del problema.    Hay la alegría de ser sano y de ser justo, pero hay,    sobre todo, la hermosa, la inmensa alegría de servir.    Qué triste sería el mundo si todo estuviera hecho,    si no hubiera un rosal que plantar, una empresa que emprender      

Continuación: Que no te llamen solamente los trabajos fáciles   Es tan bello hacer lo que otros esquivan!   Pero no caigas en el error de que sólo se hace mérito   con los grandes trabajos; hay pequeños servicios   que son buenos servicios: ordenar una mesa, ordenar   unos libros, peinar una niña, plantar un árbol.   Aquel que critica, éste el que destruye, tu sé el que sirve   El servir no es faena de seres inferiores.   Dios que da el fruto, el amor, la luz y la vida, sirve. Pudiera   llamarse así: "El que Sirve".   Y tiene sus ojos fijos en nuestras manos y nos   pregunta cada día: ¿Serviste hoy? ¿A quién?   ¿ Al árbol, a tu amigo, a tu madre? AUTORA: LUCIA DE MARIA DEL PERPETUO SOCORRO GODOY ALCAYAGA

GRACIAS MUCHAS GRACIAS