Obligación Jurídica Romana

VictorDominguez37 540 views 15 slides Nov 22, 2016
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Obligaciones y los elementos que la componen


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Tema 1. Derecho Romano II: El Origen de las Obligaciones Ing. Víctor Julio Domínguez Ochoa CI – V10858141 SAIA Sección D

Las Obligaciones Se puede definir como El vinculo jurídico entre dos o más personas, por lo cual Una de las Partes (acreedor), puede compeler a la otra (deudor) a llevar a cabo Una prestación. Las obligaciones hacen presencia en el Derecho Civil, Derecho Comercial, Derecho Privado. Derecho Romano la obligación era considerada como un vínculo estrictamente personal que acordaba al acreedor poderes efectivos sobre la persona del deudor. El derecho del acreedor tenía bastante parecido con el derecho de propiedad, solo que no se ejercía sobre una cosa, sino sobre la persona del deudor, que más que sujeto pasivo de la relación jurídica era conceptuado objeto de ella. Tomado: http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/obligaci%C3%B3n/obligaci%C3%B3n.htm

Obligación "ex lege ” De una manera muy general, pueden clasificarse las obligaciones en dos grandes categorías; aquellas que tienen su origen en la voluntad de las partes (contratos y voluntad unilateral) y las que nacen de la ley. Dentro de estas últimas, cabe distinguir las que surgen de hechos ilícitos (y, según nosotros lo pensamos, de hechos no ilícitos que ocasionan daños a terceros) y las que nacen directa y meramente de la ley sin ningún hecho o daño imputable al obligado; son estas las obligaciones llamadas ex lege . Como ejemplo, podemos citar la obligación de pasar alimentos a los parientes indigentes.

Institutas de Justiniano Por tal podemos entender el derecho codificado por el emperador Justiniano a comienzos de siglo VI de nuestra era, contenido principalmente en las Diversas partes de la compilación ordenada por ese emperador, y en especial en el código, el digesto, las institutas y las novelas. En ese caso, corresponde hablar, más bien, del derecho romano Justiniano. Tomado: http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/derecho-romano/derecho-romano.htm

Paulo La obligación consiste fundamentalmente en que nos constriña a dar, prestar o hacer algo. La obligación supone que un deudor debe realizar una determinada prestación en favor de un acreedor, siendo dicha prestación exigible judicialmente por el acreedor.

Orígenes de las Obligaciones 1ª Etapa. Venganza Privada: Esta es la forma más antigua en impulsar un ataque, originando un delito, donde no existía ningún orden jurídico. 2ª Etapa: Ley del Talión: Referente a esta ley se puede afirmar que es el mismo accionar contra quien cometió una falta la cual va directamente proporcional con los daños que causara 3ª Etapa: Composición Voluntaria: Era resarcir los daños causados con una cuota satisfactoria según lo acordado y así se renunciaba a la venganza 4ª Etapa: Composición Legal: Es el pago de una porción o de una cosa por una sanción o pago de una multa. Posteriormente en caso en que el deudor no cumpla su obligación, el acreedor a través de manus injectio puede ir sobre la persona física del deudor, se apoderaba de él o será vendido ante un mercado público. Ley Poetelia Papiria : Ley que prohíbe la encarcelación, muerte, venta, Encadenamiento, logrando así saldar la deuda con especie o trabajo. Bonorun Venditio : Consistía en el embargo de los bienes del deudor Beneficium de Competencia: Una vez que los acreedores atacaban el patrimonio del deudor, éste solicitaba un minimun vital para subsistir él y su familia

Elementos Esenciales de las Obligaciones Clasificación de las Obligaciones

Según Paulo Se resumen en:

¿Cuál es la diferencia entre el dar y prestar? Dar Hacer pasar a poder de otra persona algo propio.   Prestar Dejar  una cosa a una persona para que la use durante un tiempo y  después  la devuelva

Por el Sujeto Clasificación partiendo de diversos criterios:

Por el Objeto Se resumen en:

Por el Derecho Se resumen en:

Por el Formalismo Se resumen en:

¿ Las Obligaciones Naturales por el hecho d e carecer de acción, pueden ser consideradas como inexistentes? Producen ciertos efectos jurídicos. Estos efectos son: · Si el deudor paga, el acreedor tiene derecho a retener lo recibido. Esto es la retención de lo pagado (“ solutio retentio ”).

Bibliografía http://derecho2fill.blogspot.com/2013/07/clasificacion-de-las-obligaciones.html. http:// www.enciclopedia-juridica.biz14.com/ http://saia.uft.edu.ve/ead/course/view.php?id=11932 Da Cunha Lopes, T. y Chavira , R. (2009). Introducción Historia del Derecho Romano. Transformaciones Sociales y Juridicas del siglo XXI.
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