PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL
lilianaasencioa
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Oct 09, 2025
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En este PPT explicaremos sobre la participación ciudadana.
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Language: es
Added: Oct 09, 2025
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HUARAL - 2025 LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL DOCENTE: FÉLIX VALERIO HARO ASIGNATURA: REALIDAD NACIONAL Y MUNDIAL INTEGRANTES: MARYORY ZUHAIL FLORES VILLANUEVA DAIANA MELANIE PRINCIPE ESPINOZA LILIANA YASMIN ASENCIO ABREGO
La participación ciudadana en la función jurisdiccional peruana es escasa en la justicia ordinaria, pero se manifiesta de forma directa e indirecta en diversas situaciones. Mecanismos de PC: Existen mecanismos limitados de participación directa (como integrar jurados) e indirecta (como los amici curiae). Justicia Comunal: La participación más evidente y directa se da en la justicia comunal, a través de la elección de jueces de paz o la justicia impartida por las Rondas Campesinas, amparada en el Artículo 149 de la Constitución Política. INTRODUCCIÓN
LA FIGURA DEL JURADO Existencia Histórica: existió en el Perú desde los inicios de su historia republicana. Falta de Impulso: Nunca fue impulsada ni alcanzó el consenso necesario para su implementación efectiva. Ausencia Legal: Dejó de estar contemplada en los textos constitucionales posteriores a 1856, con la excepción de los jurados de imprenta. Argumentos en Contra: Su ausencia se justificó argumentando la falta de una tradición jurídica que amparara a los jurados, el alto costo de implementación y el riesgo de que privilegiara una participación "aristocrática" debido a las desigualdades sociales
El Debate Pro-Jurado: Quienes están a favor argumentan que el jurado contribuye al fortalecimiento del sistema democrático y a la paz social, al involucrar a ciudadanos en la administración de justicia. Modelos Comparados: El jurado está asociado históricamente a los modelos de justicia de Estados Unidos y otros países de Europa, operando como un sistema de enjuiciamiento penal y civil. Función del Jurado: El jurado busca la participación del ciudadano, que emite un voto sobre la responsabilidad o culpabilidad del acusado, para evitar depender únicamente de los conocimientos jurídicos de los jueces. LA FIGURA DEL JURADO 01 02 03
Carácter No Vinculante: Sus apreciaciones no son vinculantes para el juez. Propósito: Su inclusión se justifica para resolver casos complejos o aquellos donde están comprometidos los derechos fundamentales o el interés público. Es un "sujeto procesal sui generis", calificado y colaborador de la función jurisdiccional que interviene para expresar un punto de vista sobre el asunto. EL AMICUS CURIAE (Amigo de la Corte) Fundamento Legal: La figura está justificada en principios constitucionales como la participación ciudadana y el debido proceso. También se regula en el Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
ELECCIÓN DE JUECES DE PAZ Mecanismo Indirecto: La elección de Jueces de Paz es un mecanismo de participación indirecta en la justicia ordinaria, basada en la Ley N° 29824. Función: El juez de paz cumple sus funciones con el apoyo del Ministerio Público, la Policía, y las autoridades de las comunidades campesinas y nativas. Criterio de Decisión: Para resolver casos, el juez debe motivar sus decisiones según su "leal saber y entender", respetando siempre la Constitución y las normas. Duración del Cargo: El cargo es por cuatro años y pueden ser reelegidos.
RONDAS CAMPESINAS, COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS Las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas pueden ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, conforme al derecho consuetudinario. Las rondas campesinas ejercen la función jurisdiccional con el apoyo de las comunidades y se consideran un mecanismo de participación directa en la justicia comunal. Marco Constitucional: Rol de las Rondas: Límites Rigurosos: Su ejercicio jurisdiccional está limitado y no debe ir contra el contenido esencial de los derechos fundamentales. No pueden imponer penas extremas (mutilaciones, lesiones) ni privaciones de libertad sin causa y sin un límite razonable. Elementos Identificadores: La justicia ronderil se identifica por tener un elemento humano (grupo diferenciable), orgánico (autoridades de control social), normativo (derecho consuetudinario) y geográfico (ámbito territorial).