Proceso de
Descentralización
Integrantes:
❖Jordan Samra Ramos 2021-123007
❖Piero Alexander Villamontes Churata 2021-123008
❖Alexis Valentin Ramos Vilca 2021-123006
UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
ESCUELA PROFESIONAL DE MEDICINA HUMANA
Conocimientos previos
Tipos de gobiernos
Gobierno central Gobierno local
Presidente Municipalidades Provincias
ACTIVIDADES ESTATALES Y SUS TIPOS
Todas las actividades
CENTRALIZADO DESCONCENTRADO
Delega
Acciones
administrativas
CENTRAL
Decisiones
DESCENTRALIZADO
Distribución Compartimiento
PODER
Político
Económico
Generalidades de la descentralización
DEFINICIÓN
Proceso de
distribución
Poder Administración Planificación Responsabilidad
Unidades
alejadas del
centro
Ministerios Organismos
Organismos
privadas
Voluntariados
¿Por qué es importante la descentralización?
La Descentralización
es importante porque
nos permite
Promover un modelo de desarrollo equitativo e
incluyente
Fortalecer la democracia
Construir ciudadanía
Crear nuevas oportunidades para el desarrollo
económico
Formas de descentralización
Desconcentración Delegación
Objetivo: Eficiencia
productiva
Desplazamiento de
decisiones, recursos
y responsabilidades
Tareas específicas
independientes
Objetivo: Eficiencia
productiva
Responsabilidad +
Recursos de tarea
específica
ONG u organismo
público
Ejemplo
Formas de descentralización
Devolución Coparticipación
Objetivo: Eficiencia
de asignación
El gobierno local,
prioriza servicios y
sectores
Financiamiento
menor + Impuestos
locales
Enfoque:
Comunidades
rurales pequeñas
Transferencia de
servicios a
Organizaciones
sociales civiles
Poca relevancia a
sector rural
Privatización
Venta de servicios
públicos a empresas
privadas
Principios de descentralización en el Perú
Subsidiariedad
Rendición de
cuentas
Funciones: Gobierno
+ cercano a la
población
Población identifica
responsables del
servicio público
Externalidades
Cada región maneja
su política
Asignación de
recursos
públicos
Promueve la equidad
entre regiones
Beneficios de la descentralización
Personalizado
Eficiente en los
servicios
públicos
Eficiencia en el
gasto público
Fortalecimiento
público
Aumento de la
participación
ciudadana
Riesgos de la descentralización
Posible reducción
de calidad de
servicios públicos
Endeudamiento
subnacional
Competencia
para atraer
inversores
Exceso de
gastos
Descentralización en Latinoamérica
Descentralización en Colombia
Gobierno
central
Estabilización y
distribución de
recursos
Gobierno
regional
Asignación de
recursos y provisión
de servicios de
educación y salud
Sistema de
gestión de
préstamos
Rescates
regionales
Descentralización en Chile
Limitada
Gobierno
regional
Recibe bajos
recursos
Gobierno
municipal
Ingresos propios +
equilibrio estatal
Asigna recursos y
ejecuta proyectos
Predial, patentes y
permisos de
circulación
Proceso de descentralización en el Perú
La
descentralización
Como política pública es un elemento
fundamental y principio en la reforma
del Estado
Cambio en cómo mirar el desarrollo del
país, a partir de las potencialidades
territoriales a nivel de departamentos,
provincias, distritos, centros poblados,
cuencas y mancomunidades
Tiene efectos en lo Político,
Administrativo, Social, Ambiental y
económico
La Descentralización en el Perú es la redistribución del Poder a gobiernos subnacionales
dotándolos de autonomía política, económica y administrativa, comprendiendo gobiernos elegidos
con voto popular y la transferencia de capacidades, funciones y recursos económicos.
Acontecimientos más importantes que se llevaron a cabo en materia de descentralización, previo al inicio del
proceso de descentralización del 2002
1988 1990 1992 1993 1998
Aprobación de la
1era Ley de Bases
de la
Descentralización
Transferencia
de funciones,
personal y
bienes
Intervención de
los gobiernos
regionales y
creación de los
CTAR
Aprobación de la
Constitución del
Perú
Aprobación de la
Ley de Marco de la
Descentralización
1985 1990
Por ley, se crearon 12 regiones,
conformadas sobre la base de
un agrupamiento de dos o tres
departamentos - aunque cinco
de ellos, sin un criterio
establecido, fueron
convertidos en región-- sobre
las cuales se constituyeron
gobiernos regionales de tipo
parlamentario.
Los gobiernos regionales tenían,
según la ley, la finalidad de
lograr el desarrollo integral y
armónico de la región, con el
concurso y la participación de la
población, y con sujeción a la
Constitución, la ley y los planes
de desarrollo. Para ello, se les
atribuyó amplias facultades,
incluyendo la de legislar,
constituir empresas y crear
instituciones públicas
En este modelo de descentralización,
correspondía a los ministerios las
funciones normativas y supervisoras y a
los gobiernos regionales y locales, las
funciones ejecutivas. Según la Ley del
Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo
Nº 560, que reguló la organización y
funciones de los ministerios después
de las transferencias ordenadas por las
normas de regionalización, los
ministerios debían limitarse a ser
planificadores, programadores,
coordinadores y supervisore s, en
coordinación con los gobiernos
regionales, pero no ejecutores salvo en
los casos expresamente reservados
1990
cuando el nuevo Gobierno
Nacional asumió el cargo
y pretendió implementar
su programa de ajuste
económico, encontró en
los gobiernos regionales al
bloque opositor más
importante.
Así, los gobiernos regionales
sostenían que tenían facultades
para impedir la aplicación en su
territorio de medidas tales como
la liberalización de precios y
reducción de aranceles. Un
gobierno regional especialmente
opositor, el de la región
conformada por los
departamentos de Moquegua,
Tacna y Puno,
Francisco
Santa Cruz
“la regionalización se vio confrontada con la
encrucijada resultante del agotamiento del patrón
de crecimiento anterior, del quiebre del
paradigma de un Estado intervencionista y del
inicio de un conjunto de reformas orientadas al
establecimiento de una economía de mercado.
(…). En la propia concepción original (…) y en
la visión de las principales fuerzas sociales y
políticas impulsoras del proceso, la
regionalización aspiraba entonces a un modelo de
Estado y de economía discrepante del ajuste y las
reformas de corte liberal...”
Luego de las medidas del 5 de abril de 1992
dispuestas por el Poder Ejecutivo, el Gobierno
Central intervino los gobiernos regionales. Por
Decreto
Ley Nº 2543210, se dispuso la instalación de
consejos transitorios de administración regional
(CTAR) en cada una de ellas, a cargo de una
autoridad designada por el Ministerio de la
Presidencia
1992
Disolver
temporalmente...
La administración pública del interior del país
permaneció bajo una duplicidad de autoridades: el
ministerio del sector respectivo y el Ministerio de
la Presidencia. Además, se crearon numerosos
organismos públicos que, manejados desde el nivel
central, tenían a su cargo la ejecución de
programas sociales e inversión pública en todo el
territorio. Paralelamente, las municipalidades
provinciales y distritales mantenían nominalmente
una gran variedad de funciones a ser ejercidas en
su jurisdicción.
1993
Estableció que en el futuro, las regiones se
constituirían por iniciativa y mandato de las
poblaciones pertenecientes a uno o más
departamentos colindantes, y se dispuso que
la máxima autoridad de la región debiera ser
elegida por sufragio directo. La Constitución
también ordenó al Congreso aprobar las
normas que permitieran tener nuevas
autoridades elegidas a más tardar en 1995, lo
que no ocurrió. La transitoriedad de la
intervención coexistente con un mandato
constitucional pendiente de cumplimiento
se mantuvo por casi seis años durante los
cuales el Gobierno Central creció de manera
desordenada a través de entidades públicas y
programas dependientes directamente de
los ministerios.
1998
La Ley N° 26922, aprobada en febrero de 1998, intentó resolver el problema de la indefinición
de los consejos transitorios de administración regional (CTAR)
Las funciones relacionadas directamente a los sectores -como la prestación de los servicios de
educación y salud públicas, por ejemplo- que estaban a cargo de direcciones regionales o sub
regionales dependientes presupuestalmente de los CTAR debían volver a ser de responsabilidad
de los ministerios. De esta manera, los ministerios crecerían en importancia mientras que los
CTAR se reducirían sustancialmente en tamaño y funciones.
Hacia futuro, la norma determinó que, una vez reconstituidos los departamentos y definidas las
funciones de los consejos transitorios de administración regional y de los ministerios, debía
iniciarse un proceso gradual de conformación de regiones y transferencia de responsabilidades.
Los departamentos se convertirían en regiones con mayor autonomía administrativa
que los CTAR existentes a esa fecha para contar, posteriormente, con un
Presidente elegido por sufragio directo.
1998
Esta Ley de Descentralización se cumplió solo en la parte
referida a la creación de un Consejo Transitorio de
Administración Regional (CTAR) por cada departamento y
en su conversión en organismos dependientes del Ministerio
de la Presidencia. La transferencia completa de los órganos
sectoriales de los consejos transitorios de administración
regional a los respectivos
ministerios fue suspendida por Decreto de Urgencia
Nº 030-98 y por supuesto que nunca se realizó la
conversión de departamentos en regiones.
Este marco normativo se mantuvo vigente hasta que se
inició el proceso de
descentralización del 2002.
2002
un contexto favorecedor para el inicio de un proceso de descentralización
el discurso de los actores políticos estaba
cargado de demandas por descentralización. El
régimen anterior, se había caracterizado por su
centralismo, de manera que la ruta de la
descentralización satisfacía a un
gran espectro de la opinión pública, tanto de
provincias como de la capital.
en las elecciones del 2001 se aplicó por primera
vez la regla del distrito múltiple para el
congreso, de manera que el congreso resultante
estuvo muy sesgado hacia provinciales. Muchos
de los más notorios e influyentes congresistas
habían sido alcaldes y llegaban con ideas y
propuestas aprendidas durante su gestión
municipal.
El 5 de marzo del 2002, el Presidente de la República convocó a los grupos políticos
con representación en el Congreso de la República y a un conjunto de organizaciones
de la sociedad civil para entablar un diálogo con la finalidad de lograr un Acuerdo
Nacional que sirviese de base para la transición y consolidación de la democracia, la
afirmación de la identidad nacional y el diseño de una visión compartida del país a
futuro. Este se suscribió el 22 de julio de 2002 y aprobó 31 políticas de Estado de largo
plazo. En dicho documento se menciona como octava Política de Estado la
descentralización política económica y administrativa para propiciar el desarrollo
integral, armónico y sostenido de Perú
Este consenso político coincidía con la opinión pública, que se mostraba
mayoritariamente a favor de la descentralización
Es por todo ello que desde el inicio del gobierno recién elegido, una de las
principales prioridades del Congreso y del Ejecutivo fue la
descentralización. Esta demanda urgente, s in embargo, no tenía como
sustento estudios técnicos ni propuestas basadas en un modelo conceptual
de descentralización. Puesto que durante la década anterior el tema de la
descentralización fue abandonado, no existía un organismo público que
contara con personal técnico que hubiera formulado algún estudio sobre la
materia en sus dimensiones geográficas, demográficas, sociales, políticas y
económicas
Nelson Shack
“El presidente Toledo decidió que se
hiciera la descentralización y lo
anunció así en su discurso,sin que se
hubiera costeado o pensado bien en
cómo se iba a hacer. No hubo un
análisis previo al proceso. Recién a
partir del discurso de Toledo se
empezó a idear la descentralización
mediante reuniones de trabajo”
Es así como, al interior del Poder Ejecutivo trabajaban
sobre el tema dos equipos con distintas visiones
El primero, en el entonces
existente Ministerio de la
Presidencia, un grupo de
asesores con un enfoque que
apostaba
por la creación de regiones y
la aplicación de mecanismos
de participación
ciudadana.
El segundo, en la Presidencia del
Consejo de Ministros, era un
equipo técnico que veía la
descentralización como un
instrumento para mejorar la
gestión pública, con el objetivo de
que el Estado brindara mejores
servicios al ciudadano. Ellos
creían en el fortalecimiento de las
municipalidades más que en la
creación de regiones.
Entrevistado más de diez años después, el ex Congresista Luis Guerrero
explica que él y su equipo...
“plantearon la descentralización
mirando, por una parte, la experiencia
de España, que se consideraba muy
exitosa, y lo que había pasado en el
Perú en 1990, con el intento fallido de
descentralización de finales del primer
gobierno de Alan García”
En su opinión, los principales
errores de este primer intento
fueron la imposición de
fusiones de departamentos en
regiones y la excesiva velocidad del
proceso
de transferencia.
1) El proceso de
regionalización
emprendido el año 1989 se
basó en un modelo en el
que los ministerios debían
ser instancias dedicadas a la
formulación de planes, a la
coordinación y a la
supervisión, mientras que
los niveles sub nacionales se
encargaban de la ejecución.
Resumen
2) Las regiones fueron
diseñadas sin un debate
previo, sin tener en cuenta la
fuerte identidad
departamental de la
población. En consecuencia,
la nueva demarcación
territorial establecida no
contaba con la aprobación de
la población
luego del 5 de abril de 1992,
donde el Estado se
re-centralizó
desordenadamente: los CTAR
funcionaron en la práctica sin
definición legal
y se dedicaban principalmente
a la ejecución de inversiones.
La asignación de funciones en
el campo de las inversiones
coexistían con las
municipalidades y numerosos
organismos públicos
dependientes de otros
ministerios.
los CTAR mantenían la
titularidad de los recursos de
las direcciones regionales
sectoriales, pero su margen de
intervención sobre la gestión
de estas instancias era limitado
En 1998, la Ley Marco de Descentralización
pretendió ordenar estas instituciones y trazar
el camino hacia una descentralización
gradual, pero esta norma no se llegó a
implementar.
En el año 2002, una convergencia de factores
políticos y sociales generó un contexto
favorecedor para el inicio de un proceso de
descentralización. El Presidente de la República
convocó a los grupos
políticos con representación en el Congreso de
la República y a un conjunto de organizaciones
de la sociedad civil para entablar un diálogo
con la finalidad de lograr un Acuerdo Nacional
que sirviese de base para la transición y
consolidación de la democracia, la afirmación
de la identidad nacional y el diseño de un
visión compartida del país a futuro. Se aprueba
en ese contexto la octava Política de Estado que
propone la descentralización política
económica y administrativa para propiciar el
desarrollo integral, armónico y sostenido de
Perú.
UNO DE LOS PRIMEROS HITOS DEL PROCESO FUE EL DESARROLLO del marco legal que le diera
viabilidad.
2002 2003 2004 20052006
●Ley de Reforma
Constitucional
●Ley de Elecciones
Regionales
●Ley de Bases de
la
Descentralización
Ley Orgánica
del Poder
Ejecutivo
2007
●Ley de Demarcación y
Organización Territorial
●Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales
●Ley Marco de la
Modernización del Estado
●Ley Orgánica de
Municipalidades
●Ley Marco del
Presupuesto
Participativo
●Ley Marco de
Promoción de la
Inversión
Descentralizada
●D.L. Nº 955:
Descentralización
Fiscal
●Ley del Sistema
de Acreditación
de los Gobiernos
Regionales y
Locales
Ley Marco de
Promoción de la
Inversión
Descentralizada
Ley de
Incentivos para
la Integración y
Conformación de
Regiones
DISEÑO DEL
PROCESO
La sección de disposiciones transitorias de la Ley de Bases de la
Descentralización definió las etapas del proceso: