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Jan 26, 2017
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responsabilidad penal
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Language: es
Added: Jan 26, 2017
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Harold nieto
Responsabilidad penal es consecuencia jurídica derivada de la comisión de un hecho tipificado en una ley penal por un sujeto imputable, y siempre que dicho hecho sea contrario al orden jurídico, es decir, sea antijurídico; además de punible. Generan responsabilidad penal todas aquellas acciones humanas (entendidas como voluntarias) que lesionen o generen un riesgo de lesión a un bien jurídicamente protegido por el ordenamiento jurídico ejemplo: vida, integridad física, libertad, honor, orden público, etc.). La comisión de un delito o falta generará responsabilidad penal.
Responsabilidad penal se concreta en la imposición de una pena , que bien puede ser de privativa de libertad (como la pena de prisión o la localización permanente), privativa de otros derechos (como el derecho a portar armas, el derecho a conducir vehículos a motor, el derecho a residir en un lugar determinado, etc.), pudiendo también consistir dicha pena en una multa pecuniaria .
Tipos de responsabilidad penal Común: cuando el delito cometido puede ser realizado por cualquier individuo, como por ejemplo: el robo , el abuso sexual o el homicidio . Especial: cuando el delito es cometido por un funcionario público aprovechándose de su condición, por ejemplo: el peculado ( malversación de caudales públicos ), la prevaricación o la concusión .
Diferencias entre la responsabilidad penal y civil Responsabilidad penal Responsabilidad civil Finalidad distinta: sanciona repara un daño. La cantidad de la cuantía a pagar se calcula con diferentes medidas: Una multa (responsabilidad penal) estará basada principalmente en la gravedad del hecho delictivo busca resarcir un daño a la víctima. Normalmente el destinatario también es distinto: se suele pagar al Estado, se suele pagar al a la víctima. no busca resarcir o compensar a la víctima del delito, sino más bien, una vez concretada en una pena que se impone al sujeto que ha delinquido, se orienta a la resocialización del mismo procurando que éste no vuelva a cometer otro hecho delictivo busca resarcir al titular del bien jurídico lesionado, ofreciéndole una compensación económica por el daño que el hecho delictivo le provocó
Proceso penal es el conjunto de normas jurídicas correspondientes al derecho público interno que regulan cualquier proceso de carácter penal desde su inicio hasta su fin entre el Estado y los particulares. Tiene un carácter primordial como un estudio de una justa e imparcial administración de justicia, la actividad de los jueces y la ley de fondo en la sentencia . Tiene como función investigar, identificar y sancionar (en caso de que así sea requerido) las conductas que constituyen delitos, evaluando las circunstancias particulares en cada caso y con el propósito de preservar el orden social. El derecho procesal penal busca objetivos claramente concernientes al orden público.
Etapas del proceso penas
El Ministerio Público recibe los antecedentes de la denuncia y puede optar por no iniciar la investigación si los hehos no constituyen delito, si la responsabilidad penal del imputado se encuentra extinguida o si no existen antecedentes suficientes. Si decide iniciarla, formalizará al imputado a través de una audiencia. En esta primera audiencia de formalización y durante todo el proceso, como imputado usted contará con defensa penal. Si no la tiene, la Defensoría Penal Pública le asignará un abogado defensor, a través del cual podrá solicitar las diligencias que crea necesarias. Si usted recibe una citación a una audiencia de formalización en tribunales, puede acudir a la Defensoría y solicitar la asesoría de un abogado defensor. 2- Defensoría Penal Pública 1) Ministerio Público abre investigación
3) Formalización En la primera audiencia se comunicará al imputado la existencia de una investigación en su contra -la que no podrá extenderse por más de dos años- y se le podrán decretar medidas cautelares -como prisión preventiva , presentación periódica (firma) o prohibición de acercarse a la víctima, entre otras- si el juez de garantía lo cree necesario . 4) Salidas alternativas Si usted - asesorado por su defensor - acepta, se puede llegar a un acuerdo y optar por salidas alternativas, que acortan el proceso y deben ser aprobadas por el juez: a) Suspensión condicional: cuando usted, asesorado por su defensor, llega a acuerdo con el fiscal. Se puede aplicar si el delito cometido es de escasa o mediana gravedad (si su pena no supera los tres años) y si usted no posee antecedentes penales, o b) Acuerdo reparatorio : cuando usted, asesorado por su abogado defensor, llega a acuerdo con la víctima. Se puede aplicar si se trata de delitos patrimoniales o lesiones menos graves (no se consideran casos de violencia intrafamiliar o delitos culposos).
5) Diligencias de la investigación Las diligencias de la investigación permiten esclarecer los hechos. El Ministerio Público las dirige y coordina la acción de las policías y otros organismos especializados. El abogado defensor coordina las diligencias necesarias para asegurar una defensa efectiva, es decir para presentar pruebas en el juicio a favor de su cliente. Usted puede orientar al defensor para que éste recabe antecedentes que aseguren su defensa y - por lo tanto- el equilibrio de la investigación. 6) Cierre de la investigación El fiscal comunica en una audiencia frente al juez de garantía que se ha cerrad o formalmente la investigación y puede optar por a)Desistir de la causa por no haberse reunido los antecedentes necesarios ( facultad de no perseverar ); b)Sobreseer la causa temporal o definitivamente o c)Acusar.
7) Procedimiento abreviado Si la fiscalía decide acusarlo y usted acepta someterse voluntariamente a que lo juzguen por los hechos que ésta indica, asesorado por su abogado defensor podrá renunciar a su derecho a un juicio oral y optar por un procedimiento abreviado , que se produce cuando el fiscal solicita una pena inferior a los 5 años, por lo que el juez de garantía no podrá aplicar una mayor. 8) Audiencia de preparación de juicio oral Si no se reúnen las condiciones requeridas para un juicio abreviado, comienza la preparación de juicio oral con la formulación de la acusación del Ministerio Público. En esta audiencia su abogado defensor y el fiscal discuten públicamente sobre las pruebas que se presentarán en el juicio (por ejemplo informes periciales y testigos), los hechos que se darán por probados y las pruebas que serán excluidas. Luego, el juez de garantía determinará los hechos y las pruebas por las cuales usted será juzgado y que -por lo tanto- se presentarán en el juicio oral .
9) Juicio oral El juicio oral se efectúa ante un tribunal oral en lo penal, integrado por tres jueces. El fiscal y el abogado defensor presentan sus pruebas y solo si usted lo desea, también puede declarar. El objetivo es comprobar la existencia del delito y su grado de responsabilidad en éste. 10) Sentencia Tras los alegatos, el tribunal delibera y dicta el veredicto de condena o absolución. Si su abogado defensor o el fiscal no quedan conformes con la sentencia , podrán recurrir ante la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema.