PARENTESCO Y SUCESION HEREDITARIA INTEGRANTES: YHENNY TAPIA OCAÑA DIEGO A. CONDORI ISIDRO SHIRLEY CHUMACERO DAYANA MERCADO CASTRO
DEFINICION DE PARENTESCO Cuando las parsonas estan unidas por lazos de sangre (padre e hijos , hermanos , primos , etc.). Cuando la relacion surge por efecto del matrimonio ( suegros , cuñados , etc.). CONSANgUINIDAD AFINIDAD Cuando la ley crea un vinculo familiar entre adoptante y adoptado . ADOPCION Es el vinculo o relación de familia que existe entre dos o mas personas.
Art. 7 del c. de familia “ Parentesco es la relacion de familia que existe entre dos o mas personas. Es de consaguinidad y civil o de adopcion .” También se menciona un parentesco espiritual , que surge del bautismo, confirmación o matrimonio (padrinos y ahijados), pero este no genera derechos sucesorios , solo puede tener efectos en casos específicos (por ejemplo, como excusa o recusación en un juicio). - La excusa es una acción proactiva del juez que identifica y se aparta voluntariamente del caso. La recusación es una acción de las partes para cuestionar la actuación del juez y forzar su apartamiento del proceso.
Nace del hecho natural del Nacimiento. Es el vinculo de sangre que une a los miembros de una familia . Se da entre ascendientes y descendientes (padre e hijos , abuelos y nietos ) o entre colaterales ( hermanos , primos , sobrinos ). Ejemplo : padre – hijos ( linea recta, ascendiente y descendiente ). Hermanos – primos ( colateral , porque descienden de un mismo tronco comun ). Clases de parentesco Parentesco por consanguinidad
Clases de parentesco Es el que se origina por el matrimonio , entre un conyuge y los parientes consaguineos del otro . Ejemplo : suegro , yerno , nuera , cuñados . La ley cuenta este parentesco por el mismo numero de grado que tendria el conyuge en sus propios parientes . Asi , si yo soy hijo de mi madre , mi esposa tendra el mismo grado de afinidad con mi madre ( suegra ). Los cuñados estan en el mismo grado que los hermanos . Importante : en sucesiones , este parentesco no da derechos hereditarios . Tambien llamado parentesco civil. Esta regulado por el articulo 12 del codigo de familia . La adopcion crea el mismo vinculo que si fuera consaguinidad : Entre adoptante – adoptado . Y entre el adoptado – descendientes del adoptante . Ejemplo : si un hombre adopta a un niño , ese niño se convierte legalmente en hijo suyo y tendra los mismos derechos que un hijo biologico , incluyendo derechos sucesorios . afinidad adopcion
Importancia en derecho sucesorio Solo se toman en cuenta el parentesco por consaguinidad y el de adopcion . El parentesco por afinidad ni el spiritual generan derechos sucesorios . El parentesco es el vinculo familiar que une a las personas. Puede ser por sangre ( consaguinidad ), por matrimonio (afinidad), por adopción (civil) o espiritual (sacramentos religiosos, pero sin efectos sucesorios).